La rehabilitación de viviendas tendrá una deducción en el IRPF de hasta el 60%
● El plan de recuperación que se enviará a Bruselas prevé que estos beneficios fiscales le cuesten al Estado unos 450 millones
La rehabilitación de viviendas contará con una deducción de hasta el 60% en el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) si se contribuye a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual, según se desprende del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia.
Estas deducciones tendrán un impacto de 450 millones de euros, que se financiarán con los 6.820 millones de euros provenientes de los fondos europeos y que se destinarán a la rehabilitación de vivienda y regeneración urbana. Según el Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana, esta cantidad es una reserva que se irá utilizando para aplicar las deducciones y puede ser que se utilice todo o parte, ya que irá en función de la evolución de la aplicación de la deducción.
El Departamento de José Luis Ábalos explicó que se van a articular medidas fiscales con el fin de crear un entorno favorable para la realización de actuaciones de rehabilitación por parte de empresas y particulares, a través de una mejora del marco fiscal de la actividad de rehabilitación orientada a alcanzar los retos marcados por el plan.
Esta deducción será aplicable a personas físicas que realicen determinadas obras en su vivienda habitual o en una vivienda de su titularidad, en arrendamiento como vivienda habitual, que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética. Así, se propone una deducción del 20% para quienes, al realizar determinadas obras, reduzcan, al menos, un 7% de la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda (asimilable a una sustitución de ventanas por unas de altas prestaciones).
Por otro lado, dará una deducción del 40% a quienes rebajen en un 30% el consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética.
Asimismo, el Gobierno establece una deducción del 60% por obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de edificios de uso predominantemente residencial, aplicable a cantidades satisfechas por personas físicas propietarias de vivienda, condicionadas a una reducción del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética, de un 30% como mínimo, o bien, la mejora de la calificación hasta A o B.