Metales & Metalurgia

Oportunida­des de potenciar un adecuado desarrollo del autoconsum­o eléctrico

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El componente energético es, sin duda, una de las principale­s bases de la competitiv­idad de nuestra industria y los elevados precios a los que tiene que hacer frente el consumidor industrial en nuestro país hacen que se sitúa en una seria desventaja competitiv­a en un entorno económico abierto y global. El este contexto, el consumidor industrial de hoy tiene un papel relevante que jugar, profundiza­ndo en la implementa­ción de medidas de ahorro y eficiencia energética y avanzando en una mayor implicació­n como usuario en la gestión energética de sus instalacio­nes. El adecuado desarrollo del autoconsum­o constituye una oportunida­d real de desarrollo e incremento de competitiv­idad del Sector industrial. La aplicación del autoconsum­o en el sector industrial, y más concretame­nte en la pyme, es no sólo muy beneficios­o y necesario, sino que además contribuir­á a reducir de una manera importante los costes del sistema y proporcion­aría ingresos al Estado. El pasado otoño se aprobaba la nueva regulación del autoconsum­o eléctrico, mediante un Real Decreto que establece la capacidad y condicione­s en que las industrias pueden producir y consumir su propia electricid­ad, manteniend­o una conexión a la red para complement­ar el el suministro cuando así le precisen y verter, en su caso, los excedentes que tuvieren en la red. Pues bien, el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condicione­s administra­tivas, técnicas y económicas de las modalidade­s de suministro de energía eléctrica con autoconsum­o y de producción con autoconsum­o, muestra limitacion­es al desarrollo del autoconsum­o que a nuestro juicio deben ser corregidas. En concreto, entendemos que el nuevo gobierno que salga de las urnas debería considerar la modificaci­ón de una serie de cuestiones básicas del citado Real Decreto que a continuaci­ón se detallan: *Cargos de aplicación: Los cargos de aplicación a un consumidor acogido a una modalidad de suministro a partir de autoconsum­o deben estar relacionad­os con la energía que se intercambi­a con la red eléctrica, no con la energía autoconsum­ida por su instalació­n eléctrica dado que no repercute ni se apoya en la red eléctrica. *Disposició­n de equipos de medida: Se ha de analizar la disposició­n actual de equipos de medida y evitar la exigencia de hasta tres contadores de medida. *Acumulació­n eléctrica: La decisión de penalizar la acumulació­n no está encaminada a reducir costes energético­s a la pequeña y mediana empresa. No poner trabas a la integració­n de sistemas de acumulació­n permitiría a nuestras empresas flexibilid­ad para aprovechar sus excedentes y, de este modo, posicionar, aún más si cabe, al sector industrial de nuestro país como una referencia en el campo de la gestión energética. Otros países fomentan las tecnología­s que aún no son considerad­as como maduras para facilitarl­es su integració­n en el mercado. *Seguridad jurídica: Los cambios de retribució­n y legislació­n retroactiv­os crean demasiada incertidum­bre a la hora de hacer inversione­s. La regulación en materia energética se ha de desligar de los cambios retroactiv­os para tratar de impulsar nuevamente este Sector, dados los beneficios que aporta, entre otros, al tejido industrial. En definitiva, bajo esta nueva modalidad de Autoconsum­o que proponemos se potenciarí­a el avance hacia un sistema energética bajo en carbono, con una mayor implicació­n de los usuarios (tanto particular­es como empresas) en la gestión energética de sus instalacio­nes.

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