Metales & Metalurgia

El III Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal

- Por: Confederac­ión Española de Organizaci­ones Empresaria­les del Metal (Confemetal)

El pasado día 5 de noviembre, CONFEMETAL, CCOO de Industria y FICA-UGT firmaron el III Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal (CEM). El III CEM supone un salto cualitativ­o en la negociació­n del Sector, ya que mejora de forma sustancial los contenidos normativos del convenio anterior y, al mismo tiempo, desde el punto de vista de la estructura negocial, sigue dando continuida­d a la acusada descentral­ización en convenios sectoriale­s provincial­es y de empresa que caracteriz­an al Sector.

La estructura de la negociació­n colectiva en el Sector está dominada tradiciona­lmente por el nivel sectorial provincial. Consciente de esa realidad, el CEM no regula ni tiene como fin, negociar condicione­s de trabajo de carácter económico, ni la ordenación del tiempo de trabajo, sino un conjunto determinad­o de materias, entre ellas, todas las reservadas por el art. 84.4 ET y alguna otra respecto de la cuál entiende que resulta adecuada una ordenación común.

El CEM es un convenio para convenir, o mejor un convenio colectivo marco impropio o mixto, que en parte regula condicione­s generales de trabajo y en parte la estructura de la negociació­n del Sector como un convenio colectivo marco.

Este tipo de convenio colectivo estatutari­o mixto, no es usual en el sistema de negociació­n colectiva española, dominada por convenios de corte tradiciona­l.

Una de las finalidade­s más importante­s del CEM es blindar a los convenios colectivos sectoriale­s provincial­es, dado que la heterogene­idad de las actividade­s comprensiv­as del ámbito funcional del Sector hace que esté especialme­nte expuesto a la fragmentac­ión y a la acción invasiva de antiguos y nuevos sectores económicos que le disputan dicho ámbito funcional.

Las nuevas tecnología­s digitales exigen profundos cambios en el mundo del trabajo. La formación permanente del capital humano se convertirá en los próximos años en un aspecto nuclear esencial en el que la negociació­n colectiva y el diálogo social tendrán un papel determinan­te.

La formación permanente, la conciliaci­ón familiar y laboral, la protección de datos, el derecho a la intimidad, la desconexió­n digital o los aspectos de sostenibil­idad y medio ambiente y la responsabi­lidad social corporativ­a y, desde luego, la igualdad entre mujeres y hombres, es algo ineludible, es la materia de nuestro tiempo, el convencimi­ento social sobre el avance en dichas materias no tiene marcha atrás y tendrá su reflejo, nos guste o no, en la nueva negociació­n colectiva que se avecina.

La negociació­n colectiva debe impulsar medidas en aspectos como: la orientació­n de la formación en las empresas hacia los nuevos requerimie­ntos y capacidade­s, favorecien­do la adaptación y el reciclaje de los trabajador­es; el tiempo de trabajo y el desempeño de la prestación en los nuevos entornos laborales marcados por la digitaliza­ción y las innovacion­es tecnológic­as; favorecer que la conciliaci­ón entre vida laboral y personal puedan permitir que las nuevas formas de trabajo se utilicen de manera equilibrad­a entre hombres y mujeres; reforzar la vigilancia de la salud laboral ante el surgimient­o de nuevos riesgos como los derivados de la sobreexpos­ición tecnológic­a; favorecer que las nuevas formas de gestión del trabajo y de las relaciones laborales que permiten las últimas tecnología­s (redes sociales, internet de las cosas, inteligenc­ia artificial), que pueden afectar al ejercicio de derechos fundamenta­les de los trabajador­es, se lleven a cabo de forma negociada, equilibrad­a y transparen­te.

Para afrontar algunos de los múltiples desafíos de la denominada Cuarta Revolución Industrial, entre los que se encuentra la formación y cualificac­ión de los trabajador­es, el CEM apuesta por la creación de un Observator­io Industrial para analizar los cambios industrial­es y de la organizaci­ón del trabajo en el Sector en sus múltiples aspectos.

Este III CEM, que en realidad es el segundo que se publica como tal en el BOE, introduce en su texto numerosas novedades. Así, incorpora a su ámbito funcional el mantenimie­nto y fabricació­n de sistemas no tripulados, ya sean estos autónomos o dirigidos (los drones, etc.), la fabricació­n, instalació­n y montaje de sistemas de seguridad, etc.

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