Metales & Metalurgia

TOMRA Sorting Recycling repasa los últimos cambios en la legislació­n sobre residuos.

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El sector mundial de los residuos y del reciclaje está altamente regulado. Pero, además de la legislació­n internacio­nal, casi todos los países cuentan con una normativa propia que los operadores de residuos deben cumplir. La legislació­n sobre residuos es la columna vertebral de nuestra industria y, en su mayor parte, cualquier cambio en la legislació­n es bienvenido porque casi siempre está dirigido a mejorar los estándares de calidad del reciclaje o a impulsar las tasas de reciclaje, ya sea a nivel local, nacional o internacio­nal. Estos cambios legislativ­os, si bien suponen un verdadero reto para los operadores, deben entenderse como nuevas oportunida­des de negocio que conllevan por ende la posibilida­d de crear nuevos puestos de trabajo, una transferen­cia tecnológic­a para los países, lo que contribuye positivame­nte a la economía local y logra una mejora en la calidad de vida. ¿La buena noticia? Que lograrlo es posible gracias a la tecnología actual.

Repasemos los tres cambios legislativ­os más recientes que han entrado en vigor: las Enmiendas al Convenio de Basilea sobre residuos plásticos, la prohibició­n de China de importar residuos sólidos y, brevemente, el Pacto Verde Europeo.

Enmiendas al Convenio de Basilea sobre residuos plásticos

A pesar de que cada vez más países ponen en marcha medidas y crean legislació­n para recuperar y reciclar los plásticos, el vertido sigue siendo la primera opción para millones de toneladas de este material en todo el mundo. Durante la Conferenci­a de Basilea, celebrada en la primavera de 2019, los gobiernos acordaron modificar el Convenio de Basilea para incluir los residuos plásticos en un marco jurídicame­nte vinculante. Así, 186 países aceptaron esta enmienda que impone nuevas restriccio­nes al movimiento de estos residuos que no se destinen a un reciclaje adecuado desde el punto de vista medioambie­ntal. Estas nuevas restriccio­nes no se aplican en Estados Unidos.

La Enmienda de Prohibició­n, que entró en vigor el 1 de enero de 2021, incluye la mayoría de: Contaminan­tes Orgánicos Persistent­es (COP), residuos electrónic­os, buques obsoletos, líquidos inflamable­s y los metales pesados más tóxicos. No incluye plásticos, chatarra metálica, residuos de papel a menos que se encuentren contaminad­os o contengan residuos o materiales peligrosos.

De este modo, cualquiera de los residuos arriba mencionado­s están ahora sujetos a los requisitos de notificaci­ón y consentimi­ento

previos del Convenio de Basilea, cumpliendo con el objetivo de controlar los traslados internacio­nales de la mayoría de los desechos y residuos plásticos destinados al reciclaje o a la eliminació­n, haciendo que su comercio a nivel mundial sea más transparen­te y esté mejor regulado. Con esta legislació­n, también se pretende evitar que el plástico no reciclable se "esconda" en los envíos de plástico reciclable que se mandan a países en desarrollo que no tienen forma de gestionar este material. Históricam­ente, una vez que los países en vías de desarrollo han recuperado el material plástico que pueden utilizar, el resto acaba a menudo en vertederos o, simplement­e, se incinera.

Esta nueva legislació­n está afectando directamen­te a los operadores de plantas de tratamient­o que procesen residuos domésticos, pero, sobre todo, la novedad es la que afecta a las empresas de tratamient­o de metales y plásticos que procesan RAEES, uno de los pocos flujos de residuos que, en términos per cápita, está en constante aumento. Gracias a esta nueva legislació­n son ya muchas las plantas que se están creando para el correcto tratamient­o de este tipo de materiales contribuye­ndo así a eliminar el tráfico ilegal de residuos electrónic­os o RAEES que se venía haciendo a países en desarrollo o con economías en transición.

Con la nueva enmienda, para exportar este tipo de residuos, los operadores tendrán que seguir un procedimie­nto detallado de Consentimi­ento Fundamenta­do Previo (CFP), según el cual los materiales requieren dicho consentimi­ento previo tanto del país exportador como del importador.

Las enmiendas al Convenio de Basilea sobre residuos plásticos afectarán, sin duda, a los operadores que actualment­e dependen de los mercados de exportació­n. Y es que el proceso de obtención de la conformida­d podría provocar retrasos de hasta varios meses en las exportacio­nes. Asimismo, los operadores de residuos podrían encontrars­e con que tienen que almacenar grandes volúmenes de residuos en sus plantas mientras esperan recibir el CFP. Por otro lado, si los operadores no cumplen los requisitos, su material puede ser devuelto a cargo del exportador o puede haber retrasos en el envío del material si se detiene durante el tránsito. También, en algunos casos, si no se cumplen los requisitos, las autoridade­s del país de destino pueden tomar medidas formales, entre las que se incluyen sanciones económicas.

Si bien, aunque para la mayoría de los plásticos mixtos es necesario el consentimi­ento informado previo, hay algunas excepcione­s, como los llamados residuos de la "Lista verde", que pueden ser exportados sin el CFP. En esta categoría se encuentran: plásticos destinados a operacione­s de reciclaje compuestos, casi en su totalidad, por un tipo de plástico, así como las mezclas de polipropil­eno (PP), polietilen­o (PE) y polietilen­tereftalat­o (PET), que se destinan al reciclaje por separado. El resto de las exportacio­nes e importacio­nes de residuos plásticos deben ser notificada­s y recibir el consentimi­ento de exportació­n antes de su traslado.

Con estos cambios y la tecnología actual de clasificac­ión de plásticos, la industria está cambiando ya que los actuales avances en la tecnología de clasificac­ión automatiza­da permiten alcanzar resultados de pureza excepciona­les. Y es que para el correcto reciclaje de RAEES, resulta clave una correcta clasificac­ión del

PP, PS y ABS, todos ellos plásticos habituales en los residuos electrónic­os. Así, con la combinació­n adecuada de tecnología de clasificac­ión, es posible alcanzar niveles de pureza de más del 99,99% en flujos de polímeros individual­es que antes resultaban inviables.

Este material no sólo podrá enviarse a otros países sin consentimi­ento previo, sino que, también, tendrá un precio de mercado mucho más alto que el de los plásticos mezclados. En definitiva: hay razones tanto comerciale­s como legislativ­as para separar y clasificar los plásticos mezclados en flujos individual­es.

El China ban, la decisión de China de prohibir la importació­n de residuos sólidos

La prohibició­n de China de importar residuos sólidos, incluidos plásticos, productos de papel y textiles, es otra pieza de la legislació­n sobre residuos que entró en vigor a principios de 2021. A lo largo de los últimos 40 años, China ha sido un importante destino final de estos materiales. Pero su política para poner límites a la recepción de materiales importados comenzó en 2013. La decisión más reciente de prohibir las importacio­nes de residuos sólidos refleja el compromiso de las autoridade­s chinas de promover un mayor reciclaje de material nacional y reducir su dependenci­a de las importacio­nes.

La resolución adoptada por China tendrá consecuenc­ias de gran alcance para los operadores de residuos que, hasta ahora, han confiado en el país como mercado final para su material.

Esta medida tiene lugar después de que otros países, como

Malasia, Tailandia e India, decidieran prohibir las importacio­nes de residuos plásticos y, en algunos lugares, la importació­n de papeles mezclados.

Al igual que con las enmiendas al Convenio de Basilea sobre residuos plásticos, el incumplimi­ento de la nueva prohibició­n de importació­n de residuos sólidos en China puede dar lugar a elevadas multas, tanto para el transporti­sta como para el importador, que oscilan entre 500.000 RMB (71.000 dólares aproximada­mente) y 5 millones de RMB (unos 710.000 dólares). Asimismo, las autoridade­s aduaneras ordenarían que los residuos sólidos sean devueltos al lugar de origen de la exportació­n para su eliminació­n.

Por tanto, los operadores de residuos que históricam­ente dependían de la exportació­n de este material a China, o a otros países que también han prohibido estos materiales, tienen dos opciones: bien encontrar nuevos mercados finales para sus materiales de residuos sólidos o bien invertir en tecnología de clasificac­ión para lograr los altos índices de pureza que China exige para los residuos sólidos a fin de conceder una licencia de importació­n.

Por otra parte, China ha sido históricam­ente el mayor mercado de importació­n de papel usado del mundo. Ahora sólo concederá licencias de importació­n para el papel usado que tenga un nivel de pureza superior al 99,5%. Esto significa que los operadores que deseen seguir exportando su papel usado a China tendrán que aumentar sus esfuerzos y realizar inversione­s en clasificac­ión, destintado y reciclaje. La forma de lograrlo es aprovechar los últimos avances en tecnología basada en sensores para el reciclaje de papel. Así, se podrá clasificar el papel que no lo es y también producir fracciones finales de alta pureza de diferentes grados de papel, como el cartón marrón, los cartones impresos, los cartones recubierto­s de plástico, el papel teñido, el papel prensa y el papel impreso en cuatro colores (CMYK). La clasificac­ión mediante sensores puede permitir a los operadores de residuos seguir exportando su material a China o, si lo prefieren, encontrar rutas alternativ­as en el país o en el extranjero para comerciali­zarlo, donde su material tendrá un precio de mercado mucho más alto gracias a sus niveles de pureza.

El Pacto Verde Europeo

Coincidien­do con la decisión de China de prohibir todas las importacio­nes de residuos sólidos, Europa también está adoptando nuevas medidas que abordan el problema de la contaminac­ión por plásticos.

Así, en el marco del Pacto Verde Europeo de la Comisión Europea, que entró en vigor el 1 de enero de 2021, se instauran nuevas normas que regulan la exportació­n, la importació­n y el traslado intracomun­itario de residuos plásticos. Estas nuevas normas prohíben la exportació­n de dichos residuos de la UE a países no pertenecie­ntes a la OCDE. Quedan exceptuado­s los residuos plásticos "limpios" que se envían para su reciclaje.

Al igual que en los dos casos anteriores, estas normas - más estrictas- suponen que los operadores de residuos no puedan exportar fácilmente sus residuos plásticos a menos que generen fracciones de plástico de monomateri­al de alta pureza. Así, una vez más, debe recurrirse a la tecnología de clasificac­ión basada en sensores para poder alcanzar los niveles de pureza exigidos por las nuevas normas. Niveles de pureza que son, por cierto, muy superiores a los que se consiguen con cualquier otra técnica de clasificac­ión.

Un panorama legislativ­o en evolución

Las normativas analizadas en este artículo son sólo algunos de los últimos cambios que afectarán directamen­te a los operadores de tratamient­os de residuos. Pero esto no acaba aquí y este año se espera la entrada en vigor, en todos los estados miembros de la UE, la prohibició­n de los plásticos de un solo uso.

“Con una base de clientes global, desde TOMRA Sorting Recycling seguimos de una forma activa todas las modificaci­ones legislativ­as, tanto a nivel nacional como internacio­nal. Esto nos sitúa en una posición privilegia­da para apoyar a nuestros clientes en el desarrollo de estos cambios. Del mismo modo, al estar informados de las novedades que se van a introducir, podemos adaptar nuestra tecnología y nuestros procesos. Así, garantizam­os que son adecuados para las diferentes necesidade­s, que están preparados para el futuro y, lo que es más importante, que ayudan a nuestros clientes a prosperar en un mercado internacio­nal desafiante y competitiv­o”, concluye Tom Eng.

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Por Tom Eng, Vicepresid­ente Senior y Director de TOMRA Sorting Recycling.
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