Legal. 10 dudas sobre los pisos turísticos.
La polémica está que arde, pues a los derechos de los propietarios se enfrenta el debate de la burbuja del precio de alquiler, la gentrificación o los intereses del lobby hotelero.
5 dudas si lo tienes en propiedad 1 El alquiler de uso turístico queda fuera de la Ley de Arrendamientos Urbanos (que sí incluye el alquiler a largo plazo y de temporada): lo regula cada Comunidad Autónoma. Este está definido como la “cesión temporal”de una vivienda amueblada y que se publicita “a través de canales de oferta turística”, explica Mª Jesús Serrano Conde, socia de Serrano Alberca & Conde. Como las de Airbnb. 2
En la mayoría de Comunidades Autónomas “no está permitido el alquiler por habitaciones”, dice Serrano. La vivienda debe alquilarse en su totalidad. 3
Aunque en cada Comunidad el procedimiento puede ser diferente, en todas se solicita que se comunique la actividad a través de una declaración responsable (con su correspondiente documentación) y se inscriba en un Registro Público. Además, en algunos casos se requiere el consentimiento de la comunidad de vecinos. 4
¿Cómo saber los requisitos que se solicitan? Busca en la web de tu ayuntamiento o llama preguntando por las licencias de actividad en torno al alquiler turístico. 5
“No está oficialmente perseguido, pero está claro que se ha creado un clima de opinión contrario al uso turístico de viviendas particulares”, comenta. Las autonomías están empezando a limitar la concesión de licencias y a realizar inspecciones para comprobar si se tienen. La abogada anima a reclamar porque, a fin de cuentas, si cumples los requisitos, este uso de tu vivienda “no es ilegal”.
5 dudas si eres el turista 1 Al arrendador pueden sancionarle (por ejemplo, no declarar que se lleva a cabo esta actividad puede suponer una sanción grave o muy grave; pudiendo perder el piso) pero “el arrendatario no tiene responsabilidad”. 2
Eso sí, “la consecuencia de que el arrendatario no tenga los permisos necesarios puede ser que el piso sea objeto de una inspección”, con la correspondiente incomodidad para el que se encuentre allí en ese momento habitando el inmueble. 3
Puedes comprobar si tiene licencia porque “en la mayoría de las Comunidades, el número de Registro Público tiene que incluirse en toda la publicidad que se haga del piso”, informa Serrano. Según el despacho, excepto en Andalucía, Cataluña y La Rioja también se obliga a tener una placa distintiva en la vivienda. Además, puedes preguntarle a la plataforma donde lo arrendaste. 4
No hay mínimos comunes a exigir en un piso. Cada Comunidad Autónoma regula las condiciones necesarias para alquilarlo (metros cuadrados, estancia mínima y máxima, etc.). Canarias, Cantabria y Navarra son de las más estrictas, pues son las únicas que, además, hacen indicaciones en el mobiliario y el menaje requerido. 5
Siempre se debe firmar un contrato “en el que se especifiquen todas las circunstancias, tanto de una parte como de otra, como del objeto del arrendamiento, y se especifiquen los derechos y obligaciones de cada parte, independientemente de que el contrato sea de corta duración”, indica Serano Conde.
Madrid, Barcelona, Bilbao y San Sebastián han optado por limitar los pisos turísticos en la ciudad o en algunas zonas de estas. Palma de Mallorca, a partir de julio, será la primera en prohibirlos.