La reforma estatutaria, a debate en la Asamblea
Habrá cambios sobre los días hábiles del voto de censura y la petición de créditos
El portavoz del FC Barcelona Josep Vives anunció la aprobación por parte de la Junta Directiva del club de la propuesta de modificación de una serie de artículos de los estatutos del club azulgrana. En particular, las modificaciones apuntadas se resumen a tres áreas: marca, social y económica.
En cuanto al área de marca la modificación se remite al artículo 2 relativo al escudo de la entidad. En este apartado se presentará el nuevo escudo para que sea ratificado por los socios compromisarios, tal como hemos explicado en páginas anteriores.
Días hábiles del voto de censura
En el apartado social, los artículos propuestos para ser modificados son el 9, 16 y 23, además de la precisión del día hábil en cuanto a efectos en el voto de censura o elecciones a la presidencia. En este sentido, en relación a la precisión de día hábil se entenderá como días hábiles todos los días naturales, exceptuando los domingos y festivos en Catalunya. Este apartado generó mucha polémica en el último proceso de censura iniciado sin éxito por el excandidato Agustí Benedito.
En el apartado noveno se propone añadir el siguiente párrafo: “Los socios del FC Barcelona, que solo pueden ser personas físicas, tienen las denominaciones siguientes: Senadores, a partir del momento en que se goce de un numero de socio o socia igual o inferior a 1.000”. En el artículo 16 se introduce el reconocimiento de la Confederación Mundial de Penyes como órgano vertebrador del movimiento penyistico en el territorio a través de sus federaciones respectivas. El último artículo a modificar es el 23, en el que se propone añadir el siguiente texto: “La totalidad de senadores y senadoras del club, de conformidad con lo que dispone el artículo 9 de los estatutos”.
Precisión sobre los créditos
Por último en el apartado financiero se propone modificar el artículo 66 relativo a la capacidad del club para formalizar operaciones de crédito, y la propuesta es añadir el apartado ‘c’ en el que se articulará de la siguiente forma: “La Junta Directiva puede emitir títulos transmisibles de deuda o aceptar dinero en forma de crédito o préstamo, el valor de los cuales no supere el 10% del presupuesto anual de ingresos”. En todo caso, esta modificación no afecta a la limitación del endeudamiento del club fijada en los estatutos