Ponen coto a las faltas de respeto
La RFEF aumenta la presión contra la intolerancia
La RFEF dio un paso más en la lucha contra los actos y conductas contrarias a la tolerancia y el respeto con la modificación del Código Disciplinario vigente. Una modificación ya en vigor, por lo que desde este próximo fin de semana cualquier actitud que pueda encuadrarse en este marco puede ser sancionada por el Comité de Competición.
Los cambios en el citado Código contemplan la adición del artículo 69 bis, que tipifica los actos y conductas contrarias a la tolerancia y el respeto.
“Se entienden por actos o conductas contrarias a la tolerancia y el respeto”, especifica el citado artículo, “aquellas que sin llegar a ser calificadas como violentas, racistas, xenófobas o intolerantes, supongan un mensaje degradante, vejatorio, irreverente, malsonante o insultante hacía el club rival y sus integrantes, aficiones, árbitros y asistentes y en general contra cualquier persona o colectivo que participe directa o indirectamente en el partido o competición de que se trate y contra cualesquiera de los miembros de la organización federativa”.
Las sanciones por este tipo de actitudes están recogidas en el artículo 107 y son las siguientes: -Inhabilitación para ocupar cargos en la organización deportiva de un mes a dos años o de cuatro o más encuentros.
-Privación de licencia deportiva con carácter temporal de un mes a dos años o de cuatro o más encuentros.
-Multas de 6.001 a 18.000 euros en profesionales y de 500 a 6.000 en no profesionales.
-Cierre total de campo de uno a tres partidos o de dos meses. -Cierre parcial de gradas. -Pérdida de puntos o puestos en la clasificación.
Para el inicio de procedimientos disciplinarios la Federación se basará en los informes de los Oficiales Especializados cuyas actas son dotadas, en la remodelación del Código, de presunción de veracidad