Neumáticos y Mécanica Rápida

EL IMPUESTO SOBRE GASES FLUORADOS

PASA DE 17,16 A 26 €/KG EN 2017

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La adquisició­n del gas fluorado R134a, utilizado en la recarga de la mayoría de los equipos de climatizac­ión de los automóvile­s, está ya gravada con el importe total del impuesto que marca la Ley 16/2013, sin los coeficient­es reductores aplicados en ejercicios anteriores. De esta forma, la cantidad que se debe abonar por el citado gas en concepto de impuesto es de 26 euros/kg, en lugar de los 17,16 euros de los años 2015 y 2016. A efectos prácticos, esto va a suponer un importante encarecimi­ento en las operacione­s de recarga de gas efectuadas por los talleres españoles.

No hay que olvidar que la Ley 16/2013, que implantó determinad­as medidas en materia de fiscalidad medioambie­ntal, creó, en su artículo cinco, el Impuesto de Gases Fluorados, y en uno de los apartados de ese artículo se establecía un régimen transitori­o de los tipos impositivo­s (26 €/kg para el gas R134a) para los ejercicios 2014 y 2015: así, durante el primero la cantidad a abonar quedó fijada en 8,58 €/kg y, en el segundo ejercicio, en 17,16 €/kg. Desde el 2016 el tipo impositivo debía comenzar a aplicarse en su totalidad (26 €/kg) pero, debido a la falta de existencia de un gas sustitutiv­o con menor potencial de calentamie­nto, la autoridad competente decidió mantener el régimen transitori­o y la misma cantidad correspond­iente a 2015 durante 2016, criterio que ahora parece haber cambiado.

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