EL IMPUESTO SOBRE GASES FLUORADOS
PASA DE 17,16 A 26 €/KG EN 2017
La adquisición del gas fluorado R134a, utilizado en la recarga de la mayoría de los equipos de climatización de los automóviles, está ya gravada con el importe total del impuesto que marca la Ley 16/2013, sin los coeficientes reductores aplicados en ejercicios anteriores. De esta forma, la cantidad que se debe abonar por el citado gas en concepto de impuesto es de 26 euros/kg, en lugar de los 17,16 euros de los años 2015 y 2016. A efectos prácticos, esto va a suponer un importante encarecimiento en las operaciones de recarga de gas efectuadas por los talleres españoles.
No hay que olvidar que la Ley 16/2013, que implantó determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental, creó, en su artículo cinco, el Impuesto de Gases Fluorados, y en uno de los apartados de ese artículo se establecía un régimen transitorio de los tipos impositivos (26 €/kg para el gas R134a) para los ejercicios 2014 y 2015: así, durante el primero la cantidad a abonar quedó fijada en 8,58 €/kg y, en el segundo ejercicio, en 17,16 €/kg. Desde el 2016 el tipo impositivo debía comenzar a aplicarse en su totalidad (26 €/kg) pero, debido a la falta de existencia de un gas sustitutivo con menor potencial de calentamiento, la autoridad competente decidió mantener el régimen transitorio y la misma cantidad correspondiente a 2015 durante 2016, criterio que ahora parece haber cambiado.