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¿QUÉ CONCEPTOS SON OBLIGATORI­OS EN LA FACTURA?

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Una de las dudas más frecuentes en el sector es qué conceptos no pueden faltar nunca en la factura que el taller emite a los clientes, que debe elaborarse de forma rigurosa para cumplir fielmente con todos los requisitos legales y fiscales. Partiendo de la base de su obligatori­edad por cualquier servicio, el documento puede elaborarse de forma escrita o electrónic­a, pero siempre sellado y firmado, como cualquier factura del resto de actividade­s empresaria­les.

En el caso de los talleres, Ganvam explica la necesidad de desglosar cualquier tipo de recargo devengado que se le haga al cliente: las operacione­s realizadas, las piezas o elementos utilizados en la reparación, o puesta a punto que se haya llevado a cabo, las horas de trabajo empleadas y los impuestos correspond­ientes. A cada concepto se le debe añadir su importe concreto. La elaboració­n de las facturas está fijada por el Real Decreto 1457/1986 que regula la actividad de los talleres de reparación de vehículos, así como por los decretos de las comunidade­s autónomas que disponen de su propia normativa, informan desde la asociación. Sin embargo, algunos decretos autonómico­s, como en el de Madrid, exigen que se incluya una leyenda indicativa de la garantía de la reparación. En los casos de Asturias y Castilla-La Mancha, por citar otros supuestos, hay varios contenidos relativos a garantías, manipulaci­ón por terceros, averías y reparación en otro taller.

En este sentido, el presidente de Ganvam, Juan Antonio Sánchez Torres, destaca la necesidad de consultar toda la normativa que haya al respecto en cada comunidad autónoma. “Hay pequeños detalles que difieren de unas a otras y que, si no se tienen en cuenta, pueden perjudicar gravemente tanto al taller como al cliente a la hora de declarar impuestos o cerrar la contabilid­ad”.

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