Las empresas deberán presentar el informe periódico de seguimiento del suelo
Las empresas que entregaron entre 2005 y 2007 el informe preliminar de situación por establecimiento de actividad potencialmente contaminante del suelo, tal y como establecía el Real Decreto 9/2005, y que no hayan tenido desde entonces un cambio sustancial de su actividad, deben presentar ahora el informe de situación periódico, tal y como ha informado Litoclean. La compañía explica que los informes de situación periódicos deben proporcionarse a la administración autonómica con el mismo contenido que el informe preliminar de situación actualizado y con una periodicidad de diez años, a no ser que la licencia ambiental de la actividad no establezca un plazo inferior. El Real Decreto 9/2005 dispone que las comunidades autónomas son las encargadas de realizar el seguimiento y control de las actividades potencialmente contaminantes. Por otra parte, será obligatorio entregar un informe de situación siempre que se produzca un cambio de uso de la superficie ocupada o la clausura de la actividad, coincidiendo con el inicio de los trámites de cese. Como consultora ambiental experta en el desarrollo de proyectos de investigación y descontaminación de suelos, Litoclean ofrece sus servicios para la realización de los informes de situación periódicos y por cese o cambio de actividad.