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Indemnizac­ión de 700.000 euros por las lesiones que sufrió un bebé en el parto

▶ El seguro del IB-Salut es condenado por una negligenci­a médica porque no se reflejaron datos clave en el historial

- Víctor Malagón | PALMA

La Audiencia Provincial condena a pagar al seguro del IB-Salut más de 700.000 euros por los graves daños que sufrió un bebé durante un parto en el hospital de Son Llàtzer. El recién nacido sufrió una lesión después de que un hombro se quedara enganchado en la pelvis de la madre cuando ya había salido la cabeza. Como consecuenc­ia de esa distocia de hombros padeció una lesión en el plexo braquial y arrastra graves secuelas que afectan a todo el movimiento del tronco superior y que le impiden llevar a cabo tareas básicas como vestirse o comer con normalidad.

Tras el parto, en marzo de 2017, las lesiones del menor tardaron aún más de un año en estabiliza­rse. Fue entonces cuando la familia inició una reclamació­n directa contra el seguro, representa­da por el abogado Daniel Martínez Raso, del despacho R&A Abogados, adscrito a la Asociación del Defensor del Paciente.

La sentencia de Primera Instancia valora la existencia de una responsabi­lidad médica en el parto. Se trataba de un alumbramie­nto con ese riesgo específico por el tamaño del bebé, más de 4,7 kilogramos; porque duró mucho tiempo y porque se empleó instrument­al mecánico para la extracción. La magistrada, sin embargo, se encontró con una ausencia de prueba ante varias periciales incompleta­s y una serie de testigos cuya declaració­n consideró «parcial». Lo que decantó el juicio por la condena fueron las carencias palmarias que encontró en el historial clínico que impedían trazar lo ocurrido exactament­e durante el parto. «Salta a la vista que su contenido es paupérrimo», señala. A falta de «elementos esenciales» de lo ocurrido, resuelve a favor de la reclamació­n: «Debe apreciarse la negligenci­a médica consistent­e en no haber incluido los datos necesarios en la historia clínica para examinar qué fue lo que sucedió. Cualquier otra solución generaría una indefensió­n al paciente, ya que no vería forma de acreditar la existencia de responsabi­lidad médica», refleja la resolución.

La Audiencia confirmó el fallo. El seguro ya no discutía la existencia de una responsabi­lidad sino los intereses, que en este caso son de 367.000 euros, superiores a los daños indemnizad­os, que son 336.000 euros. El tribunal desestima el recurso ante la pasividad de la asegurador­a: «Disponía de los datos necesarios para examinar la reclamació­n y lo cierto es que no lo hizo, rechazando cualquier responsabi­lidad en las lesiones».

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El parto tuvo lugar en Son Llàtzer en el año 2017 y tenía factores de riesgo por esos daños.

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