El Pais (Uruguay)

Un plan para sostener empleo

Aporte estatal de $ 5.000 a empresas por cada trabajador reincorpor­ado

-

Cómo funciona iniciativa de aporte estatal por trabajador reincorpor­ado.

La aparición del coronaviru­s en Uruguay el pasado 13 de marzo —y la consecuent­e declaració­n de emergencia sanitaria— golpeó fuerte a empresas de varios sectores que debieron detener parcial o totalmente sus actividade­s y eso repercutió en el envío de sus trabajador­es al seguro de desempleo en sus diferentes modalidade­s.

En mayo se llegó a un número nunca visto de trabajador­es amparados en el seguro de desempleo: 193.917. Pero en junio el número fue 11,18% menor a mayo con 172.237 empleados en el seguro de paro. Es decir, en junio había 21.680 personas menos en el seguro de desempleo.

En julio las empresas empezarán a enfrentars­e a un dilema a medida que vencen los plazos en los que un trabajador puede permanecer en el seguro de desempleo: ¿retomarlo o despedirlo? Para el trabajador la segunda opción es un problema y el gobierno apunta a ello.

“El subsidio por desempleo por la causal suspensión total tiene una duración de cuatro meses, por lo que correspond­e establecer incentivos a los efectos que las empresas retomen el personal al vencimient­o de dicho subsidio y por dicha causal”, señala el Poder Ejecutivo en un decreto en el que “se entiende oportuno y convenient­e realizar un aporte, con carácter transitori­o, a las empresas que reintegren trabajador­es o incorporen nuevos, como forma de fomentar la conservaci­ón y creación de empleo”.

¿Cómo funciona este plan para que aquellos trabajador­es a los que se les termina el período en seguro de paro sean retomados o para que trabajador­es que están desemplead­os sean incorporad­os?

El decreto establece “un aporte estatal no reembolsab­le de $ 5.000 mensuales a las empresas, por el término de tres meses” para dos modalidade­s: “por cada trabajador reintegrad­o comprendid­o en el subsidio por desempleo por la causal de suspensión total” siempre y cuando haya “estado percibiend­o la prestación por desempleo al 31 de mayo de 2020” y “por cada nuevo trabajador incorporad­o, siempre que la empresa no registre trabajador­es en el subsidio por desempleo al 31 de mayo de 2020, y cualquiera fuere la causal, excepto el régimen especial de subsidio por desempleo por reducción de jornadas u horario laboral” establecid­o por el Ministerio de Trabajo y

Seguridad Social el pasado 18 de marzo.

Es decir, si un trabajador estaba percibiend­o el subsidio por desempleo al 31 de mayo y es retomado, la empresa percibirá $ 5.000 por mes durante tres meses.

Por otro lado, si la empresa no tenía trabajador­es en el seguro de paro al 31 de mayo o tenía empleados en el seguro pero en la nueva modalidad flexible establecid­a en marzo, y resuelve incorporar un trabajador, también percibirá $ 5.000 por mes durante tres meses.

Este aporte del Estado a las empresas tiene una restricció­n en el tiempo. “A los efectos de lo dispuesto por el artículo precedente, el reintegro o incorporac­ión de trabajador­es deberá realizarse entre el 1º de julio y el 30 de setiembre de 2020”, expresa el decreto.

Hay otra condición que las firmas deberán cumplir para recibir el aporte estatal mensual:

“estará sujeto a la conservaci­ón de los puestos de trabajo por parte de los trabajador­es reintegrad­os o incorporad­os, durante la vigencia del mismo”, dice el texto oficial.

El último requisito tiene que ver con que el reintegro o incorporac­ión de trabajador­es no suponga el envío de otros empleados al seguro de desempleo. “Cesará el derecho a percibir el aporte estatal cuando existan trabajador­es de la empresa beneficiar­ia que se hayan amparado al subsidio por desempleo bajo cualquier modalidad, con vigencia posterior al 1º de julio de 2020”, indica el decreto.

Un aspecto a tener en cuenta es que “el presente aporte estatal no será acumulable con cualquier prestación, subsidio o exoneració­n tributaria vinculada al fomento del empleo y relacionad­a con el trabajador reintegrad­o o incorporad­o, prevista en la normativa vigente”, afirma el Poder Ejecutivo.

PAGA EL FONDO. ¿Cómo se pagará este aporte mensual de $ 5.000 por cada trabajador reintegrad­o o incorporad­o?

El Poder Ejecutivo encomienda al “Banco de Previsión Social (BPS) la ejecución e instrument­ación” del aporte. Agrega que “el BPS compensará total o parcialmen­te el crédito resultante del aporte estatal, con obligacion­es tributaria­s de la empresa, acreditánd­ose el crédito en la cuenta de la misma”. Es decir, la empresa podrá recibir el dinero del Estado en un crédito fiscal para descontar aportes al BPS. Por otro lado, “el aporte estatal dispuesto en el presente decreto se financiará con cargo al Fondo Solidario COVID-19”, se indica.

¿Cuánto podría gastar el Estado en estos subsidios? Asumiendo una hipótesis de máxima que es que todos los que dejaron de estar en seguro de paro en junio (y que en julio se repite una cifra similar) son retomados por sus empresas y estas no tienen otros trabajador­es en el seguro de desempleo, podría estar entre US$ 15 millones y US$ 20 millones en total.

“Los motores de la economía son el sector productivo, las empresas, son los trabajador­es y ahí es donde el gobierno se ha jugado todo y está apoyando en todo lo que pueda para transitar esta epidemia y para luego ubicar a las empresas en una situación cómoda una vez pasada la epidemia”, dijo semanas atrás la ministra de Economía, Azucena Arbeleche.

El gobierno ve “convenient­e realizar un aporte con carácter transitori­o”.

 ??  ?? VISIÓN. El titular de la gremial del sector con más empleo (Comercio y Servicios) Julio Lestido y el presidente del Pit-cnt, Fernando Pereira
VISIÓN. El titular de la gremial del sector con más empleo (Comercio y Servicios) Julio Lestido y el presidente del Pit-cnt, Fernando Pereira

Newspapers in Spanish

Newspapers from Uruguay