Uruguay y el precio del crédito
Un informe sobre las tasas de usura en “Finanzas de bolsillo”.
Según detalla el Portal del Usuario Financiero del Banco Central (BCU) “las empresas que otorgan créditos están obligadas a informar a quienes solicitan préstamos o tarjetas de crédito, las condiciones de dichos productos, incluida la tasa de interés que se cobra, cargos, gastos, comisiones, tarifas, seguros, multas, tributos o cualquier otro importe que será de cargo de quien toma el crédito o préstamo”. Además, se obliga a las empresas financieras a dar esta información “en forma previa a la contratación” del crédito.
A su vez, la información sobre las tasas de interés de los préstamos “deben expresarse en términos efectivos anuales, en porcentaje, con al menos dos decimales”.
En el caso de las tarjetas de crédito, “las instituciones deberán entregar una cartilla a cada cliente, antes de suscribir un contrato, en la que, en relación a tasas y otros gastos, se señalen aspectos tales como la responsabilidad de las partes en caso de robo, extravío o falsificación de la tarjeta y la forma en que el cliente deberá realizar la denuncia de estos hechos”. También allí se tendrá que indicar “las tasas de interés compensatorio y de mora vigentes, los cargos, gastos, comisiones, tarifas, seguros, multas, tributos y otros importes aplicables, indicando las características de cada cargo, así como el límite de crédito”.