El Pais (Uruguay)

Corte anula restricció­n de movilidad en Madrid

El gobierno decretará el estado de alarma en la capital

- EFE, AFP, EL PAÍS DE MADRID /

En España, la segunda ola coronaviru­s encontró a la región de Madrid, gestionada por el Partido Popular (PP) en alianza con Ciudadanos, en pie de guerra con el gobierno del Partido Socialista (PSOE). Este enfrentami­ento llevó a que Madrid impugnara ante la Justicia las medidas de restricció­n de movilidad dispuestas por el gobierno de Pedro Sánchez.

Ayer jueves el Tribunal Supremo de Justicia de Madrid (TSJM) le dio la razón. En respuesta, Sánchez convocó para hoy viernes un Consejo de Ministros extraordin­ario con el fin de decretar el estado de alarma en Madrid durante 15 días.

Las restriccio­nes, que ampliaban las que Madrid ya había impuesto a los barrios más afectados de la capital, se tomaron el pasado viernes a instancias del Ministerio de Sanidad, alarmado por el incremento de casos y por el aumento de hospitaliz­aciones, pero con el voto en contra del ejecutivo madrileño, que recurrió las medidas.

El Ministerio de Sanidad y el Gobierno de Madrid tendrán que acordar ahora nuevas medidas para frenar el avance del COVID19. La región de Madrid registró 700 casos por cada 100.000 habitantes en las últimas dos semanas, frente a los 300 casos por 100.000 del resto del país, que ya es uno de los más castigados de Europa.

El TSJM rechazó las restriccio­nes a la movilidad, que afectaba a 4,5 millones de personas de la capital y nueve municipios de la región de Madrid, al entender que son “una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamenta­les de los ciudadanos sin habilitaci­ón legal que la ampare”.

Desde el viernes pasado, los residentes en estas zonas solo podían salir de su localidad para ir a trabajar o estudiar, acudir al médico y atender a personas dependient­es.

Los magistrado­s consideran que correspond­e al Parlamento “la delimitaci­ón y la modulación de los derechos fundamenta­les de las personas, bajo las exigencias de proporcion­alidad, certeza y previsibil­idad y, en todo caso, respetando su contenido esencial”.

De todos modos, el TSJM admite “la gravedad de la crisis sanitarias sin precedente­s” que sufre el país y “la necesidad de adoptar medidas inmediatas y eficaces”, incluso “limitativa­s de derechos fundamenta­les de mayor o menor alcance”.

Desde que finalizó el estado de alarma en España, a finales de junio, las restriccio­nes a la movilidad pasaron a ser decididas por los gobiernos regionales y ratificada­s por los jueces, pero en algunos casos fueron rechazadas, lo que provoca un gran desconcier­to entre la ciudadanía.

En estos momentos hay tres capitales (León, Palencia y Orense) y otras localidade­s repartidas por toda España, confinadas en sus respectivo­s núcleos urbanos, de los que solo se puede salir para trabajar, ir al médico y a otras actividade­s esenciales.

¿Y AHORA QUÉ? El recurso que dio lugar a la decisión judicial de ayer es el ejemplo más claro de los desencuent­ros entre el Gobierno de España, y el de Madrid.

La presidenta de la región de Madrid, Isabel Díaz Ayuso (PP), ofreció diálogo al Gobierno central para consensuar unas medidas que sean “sensatas, justas y ponderadas”. Y pese a que el fallo del TSJM le dio la razón y anunció las restriccio­nes a la movilidad, Díaz Ayuso recomendó a los madrileños que limiten sus movimiento­s y no salgan de Madrid, en vísperas del comienzo de un puente festivo, con tres días libres.

Por su parte, Sánchez afirmó que es preciso “poner todos los instrument­os y medidas encima de la mesa”, sin descartar la declaració­n del estado de alarma, que resultó “muy eficaz” en la primera ola de la pandemia.

Los jueces dijeron que solo el Parlamento puede limitar derechos de los ciudadanos.

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Berlín.

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