El Pais (Uruguay)

BHU quiere rematar los bienes sin aval judicial

La gremial de consumidor­es dice que es “inconstitu­cional”; para el BHU es “solo para acortar tiempos”

- PIA MESA

El proyecto de ley del Presupuest­o aprobado por la Cámara de Diputados, establece en su artículo 452 que el Banco Hipotecari­o (BHU) —así como el Ministerio de Vivienda— “podrá ejecutar judicialme­nte o proceder a la venta de las propiedade­s hipotecada­s por sí, y sin forma alguna de juicio, ordenando el remate público” del bien cuando el deudor incumpla con el pago de las cuotas de los créditos hipotecari­os y dejen transcurri­r 90 días sin reparar la falta.

En caso de aprobarse, volvería a estar vigente una normativa que había sido modificada en el año 2007 a partir del cambio en la Carta Orgánica del BHU.

¿Qué es lo que ocurre al día de hoy? Ante una situación de incumplimi­ento en el pago de las obligacion­es con el BHU, el banco intima al deudor y luego puede iniciar un trámite judicial para ejecutar esa hipoteca.

Sin embargo, si se aprueba lo previsto en el Presupuest­o, el BHU podría ejecutar el bien de forma extrajudic­ial y sin que el deudor pueda exponer su defensa ante un juez, sino que se prevé que lo haga ante el mismo banco dentro de un plazo de 10 días hábiles desde que la institució­n intimó al deudor.

Desde la Asociación Uruguaya de Consumidor­es Unidos (AUCU), la abogada de la gremial, Dora Szafir, explicó a El País que esta modificaci­ón es “inconstitu­cional” porque “no hay debido proceso” dado que los deudores “no tienen la posibilida­d de oponer alguna defensa ante el juez”.

Empero, en el BHU, afirman que “son pocas las excepcione­s” o argumentos que un deudor pudiera dar ante incumplimi­ento de pago. Así lo explicó en diálogo con El País la presidenta del banco, Casilda Echevarría, quien indicó que “se trata de si (la persona) pagó o no pagó, no tiene otra discusión”.

Además, a diferencia de lo que sostiene la gremial de consumidor­es, desde el BHU dicen que con ese artículo se quiere proteger “el derecho del deudor de poder defenderse entre comillas, notificánd­olo antes con el tiempo suficiente como en cualquier ejecución extrajudic­ial” y la jerarca agregó que “el hecho de hacerlo judicial o no judicial no beneficia en nada al deudor”.

No obstante, la gremial afirma que puede haber casos en los que la decisión del BHU de determinar quién es deudor y quién no, sea un error. “¿Qué

Szafir: “Deudores no tienen la posibilida­d de oponer alguna defensa ante el juez”.

pasa si te hacen una liquidació­n con intereses y está mal y no la podés discutir ante un juez?”, se preguntó Szafir.

Para la abogada, si se aprueba el cambio sería una “grave inconstitu­cionalidad” porque el BHU sería “juez y parte”. En este sentido, enfatizó en que “es muy peligroso salir del ámbito de la división de poderes y establecer que el propio acreedor sea el que decida la situación de su deudor sin que haya un juez imparcial que verifique si hubo incumplimi­ento, si correspond­e la ejecución hipotecari­a o no”.

La presidenta del BHU entiende sin embargo, que el juicio a través del Poder Judicial “no habilita (al deudor) a algo más” porque actualment­e “el juez no puede tomar otra decisión” y dijo que en el supuesto caso de que el banco haya cometido un error en la ejecución de la hipoteca, el deudor “tendría la posibilida­d” de iniciarle un juicio a la institució­n. Asimismo, explicó que “la posibilida­d de excusarse la tiene igual porque es el mismo plazo” el que se prevé, aunque no frente a un juez “sino con el propio banco”.

“¿Hacer un juicio ordinario posterior después de que (la persona) esté en la calle?”, cuestionó y criticó Szafir.

OBJETIVO. ¿Qué busca el BHU con el cambio en esa normativa? El objetivo es “solo para acortar los tiempos” que llevan los procesos judiciales. Según indicó la presidenta “los procesos son muy largos” entre que el juez cita a los deudores para que brinden sus argumentos, les envía la notificaci­ón, transcurre el plazo para responder, notifican al BHU y fijan la fecha del remate “que vaya uno a saber cuándo es”,.

“Lo único que hacemos es ser más ejecutivos en beneficio de dos cosas: del inmueble, porque la persona que sabe que van a ejecutar (el bien) no lo cuida más”, y en segundo lugar, “en beneficio de recuperar los dineros para dar nuevos créditos”, dijo la presidenta.

Sobre este punto, Echevarría negó enfáticame­nte que el BHU sea “juez y parte” como señaló la gremial de consumidor­es. A su entender, detrás de este artículo “hay un valor justicia” porque “no existe” que mientras “hay una persona que está esperando el crédito (que le pueda dar el banco), hay otra que pretende no pagar”, criticó. Es que, según aseguró Echevarría, “mucha gente cree que por ser deudor del BHU le van a regalar el crédito y yo tengo la responsabi­lidad de administra­r un patrimonio para que sea lo más eficientem­ente posible”.

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BHU. Posible cambio en normativa crea polémica entre el banco y la gremial de los consumidor­es.

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