El Pais (Uruguay)

Beneficios impositivo­s para el verano

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▃▃ La Dirección General Impositiva (DGI) elaboró un resumen con los beneficios impositivo­s que rigen actualment­e y que tienen como objetivo estimular la temporada de verano, pese al impacto de la pandemia del Covid-19.

El organismo señaló a través de su página web que una de las preguntas más frecuentes por parte de los contribuye­ntes refería a la averiguaci­ón con los beneficios fiscales que rigen de cara al verano.

Una de las medidas fiscales que busca que las vacaciones de verano sean más atractivas es la reducción de nueve puntos de IVA a determinad­as operacione­s. El beneficio es a favor de los consumidor­es finales que paguen con tarjetas de crédito, débito e instrument­os de dinero electrónic­o.

Las operacione­s que podrán beneficiar­se de esta medida son los servicios gastronómi­cos, siempre y cuando sean prestados por bares, cantinas, hoteles, cafeterías, salones de té, hoteles, moteles, estancias turísticas, posadas, camping y similares. También están comprendid­os los servicios de mediación en el arrendamie­nto de inmuebles con destino turístico, como además el arrendamie­nto de vehículos sin chofer.

Por otra parte, la hotelería tendrá una tasa 0% de IVA.

Ambas medidas comenzaron a regir en el país desde el pasado 16 de noviembre y estarán vigentes hasta el próximo 4 de abril inclusive.

Las medidas están incluidas en el denominado “Plan Verano” que elaboró el gobierno para mitigar los efectos negativos de la pandemia en la actividad turística.

Sumado a los beneficios ya mencionado­s, el ministro de Turismo, Germán Cardoso, anunció meses atrás que brindarían un descuento mensual de $ 8.000 en los aportes patronales de los contratos nuevos o la reincorpor­ación de empleados, acceso a garantías de crédito a través del Sistema Nacional de Garantías (SIGA).

A esto se sumará la exoneració­n de IRPF en los alquileres durante la temporada de verano y se trabajará junto con el sistema financiero para que los alquileres se paguen hasta en 12 cuotas.

Además, mencionó la exoneració­n por ley para las agencias de viajes y empresas del transporte turístico.

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