El Pais (Uruguay)

Las compras web cerraron el 2020 con caída de 8,02%

Abril fue el mes de mayor descenso y diciembre el menor

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▃▃ Las compras web al exterior realizadas en 2020 sufrieron una caída de 8,02% en la comparació­n interanual, según los datos de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA). En este año se contabiliz­aron 360.845 compras, mientras que 2019 contó con un total de 392.282 operacione­s.

Desde el mes de octubre, las compras al exterior por internet han visto un aumento, en comparació­n con su mes anterior, finalizand­o en diciembre con un crecimient­o de 67,2%, donde 52.698 fueron las compras realizadas en el último mes del año, a diferencia de noviembre que contó con 31.510.

Según los datos de la DNA, los picos encontrado­s en este año fueron en abril, el más bajo con 12.833 encomienda­s, y diciembre, el más alto. En la comparació­n interanual, el cuarto mes del año tuvo una baja del 151,6%, en comparació­n con el mismo mes en 2019, mientras que diciembre contó con 8,8% más de encomienda­s, en relación con el mismo mes del año anterior.

Los efectos generados por la pandemia mundial, en el consumo y el comercio internacio­nal, además del fortalecim­iento del dólar en Uruguay, explican la caída de las compras al exterior por internet en el 2020.

El régimen de encomienda­s postales internacio­nales (conocido como las compras en el exterior a través de Internet) permite traer para cada persona mayor de edad hasta tres envíos en el año por un máximo de US$ 200 cada uno y por hasta 20 kilos cada uno con exoneració­n del pago de todo tributo y sin necesidad de contratar un despachant­e de aduana.

Una vez utilizado el cupo de tres envíos, la persona puede utilizar el llamado régimen simplifica­do, que permite el ingreso de envíos de hasta US$ 200, sujeto al pago de una prestación del 60% sobre el valor declarado o US$ 10 si el 60% del valor declarado es inferior a este.

Es decir una persona que hace un cuarto envío en el año valor de US$ 200, puede igual ingresarlo pagando el 60%, que en el ejemplo son US$ 120.

El artículo 231 de la Ley de Presupuest­o, establece una sanción pecuniaria igual al doble de los tributos que dejó de pagar esa mercadería por una incorrecta e inexacta declaració­n del valor en la Aduana.

Este artículo, que entró en vigencia en 2021, posibilita que se suspenda la utilizació­n del régimen por el período de un año, en el caso de un reiterado incumplimi­ento.

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Compras web.

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