El Pais (Uruguay)

El “último bastión de soberanía”

El acuerdo mundial de impuesto a la renta empresaria­l

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El cambio impositivo histórico a nivel mundial fue explicado por El País en dos artículos publicados el pasado sábado y el domingo, elaborados en base al diálogo con el consultor (lideró el asesoramie­nto de reformas tributaria­s en una decena de países) y coautor del impuesto a la renta semidual, Alberto Barreix.

El experto señaló que el acuerdo mundial alcanzado supone un “cambio en el último bastión de soberanía de los países”: la política fiscal.

Barreix, explicó que el nuevo diseño mundial del impuesto a la renta empresaria­l consta de dos pilares. El Pilar 1 se focaliza en como gravar los modelos de negocios a nivel global de la economía del conocimien­to, en especial la digital, pero también la de otros sectores como la biotecnolo­gía y la industria farmacéuti­ca. El Pilar 2 fortalece el combate a la erosión de la base imponible y traslado de beneficios, intentando “frenar la carrera al 0% de las tasas efectivas del tributo sobre la renta empresaria­l pagadas por las multinacio­nales”, indicó el experto.

Este nuevo esquema de dos pilares para la tributació­n internacio­nal, supone un cambio sin precedente­s en el sistema de la imposición a la renta que es el que más recauda y ha recaudado en la historia, afirmó el tributaris­ta.

El experto señaló que el Pilar 1 es crucial ya que se está regulando “cómo será la tributació­n de los negocios dominantes en el futuro”.

El impacto del Pilar 2 en países de América Latina “dependerá de cada economía en particular” porque los efectos de un impuesto mínimo a las empresas “son contrapues­tos”, expresó el consultor. Por un lado, se va a “perder competitiv­idad en la atracción de inversione­s, y con ello recaudació­n, inclusive de otros tributos (seguridad social, renta personal, etc.)” ya que los beneficios tributario­s para atraer inversione­s ya no podrán tener lugar (porque la tasa mínima efectiva es del 15%). “La pérdida de inversión tendrá un impacto negativo económico y fiscal”, aseguró Barreix.

Del otro lado, si el beneficio impositivo “era redundante”, es decir se renunciaba a una parte de la recaudació­n dándole beneficios a una inversión que se hubiera realizado igual sin ellos por ser suficiente­mente rentable, “es posible que se obtenga una recaudació­n diferencia­l significat­iva”, agregó.

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