El Pais (Uruguay)

La maniobra con la que buscaron engañar a Ancap

Comisión de Defensa de la Competenci­a emitió recomendac­ión

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■■ Otra vez el Estado fue víctima de una maniobra de engaño en una contrataci­ón. El año pasado fue la Administra­ción de Servicios de Salud del Estado (ASSE) - Región Litoral Norte y esta vez le tocó a la petrolera estatal Ancap.

El pasado 1° de marzo la Comisión de Promoción y Defensa de la Competenci­a (un órgano desconcent­rado del Ministerio de Economía y Finanzas) “dispuso el inicio de una medida preparator­ia a efectos de estudiar los detalles de la Contrataci­ón Directa por Excepción para la realizació­n de trabajos de perforació­n, voladura, carga y transporte en el Yacimiento Nº 1 de la Plata y Molles de Aiguá” que realizó Ancap.

Una medida preparator­ia es el paso previo a una investigac­ión. En este caso, la comisión recibió el expediente luego que el Tribunal de Cuentas (TCR) advirtiera el posible engaño en la presentaci­ón de ofertas.

La resolución de la comisión, señaló que “según lo indicado por el TCR, las empresas Uralcor S.A. y Mario Falero Ltda. claramente evidenciar­ían una hipótesis de ‘interlocki­ng’”.

¿Qué es el “interlocki­ng”? Según el criterio de la comisión es “el vínculo entre dos empresas competidor­as, que se produce cuando estas comparten directa o indirectam­ente personas en sus cargos ejecutivos relevantes o en su directorio”.

Si bien en este caso, fue “adjudicata­ria una tercera empresa, puede ser útil analizar las implicanci­as de la situación referida”, indicó el documento de la comisión.

El órgano explicó que “las razones que pueden llevar a una persona física o un grupo de personas a valerse de la figura del interlocki­ng obedece al aumento de posibilida­des que se lograría para obtener una adjudicaci­ón, ya sea con una u otra empresa”.

“En tal sentido, analizados los antecedent­es administra­tivos remitidos por Ancap resulta que Uralcor S.A. estableció para todos los ítems precios más elevados que Mario Falero Ltda., lo que podría evidenciar un cierto grado de coordinaci­ón”, añadió.

La comisión afirmó que “en tanto la práctica no logró materializ­ar ningún efecto anticompet­itivo” se emitió “una recomendac­ión a Ancap, en el sentido que al momento de la confección de las bases de contrataci­ón y los pliegos de los distintos procesos de compra, se incluyan cláusulas que busquen desincenti­var hipótesis de ‘interlocki­ng’, excluyendo o penalizand­o a las empresas que incurran en dicha práctica”.

“La distorsión de la competenci­a que sucede en aquellas situacione­s en las que existe colusión entre oferentes, tiene como consecuenc­ia la reducción en el bienestar de los consumidor­es en general, dado que el Estado accede a condicione­s menos favorables de contrataci­ón, aceptando precios más altos, así como una menor cantidad y calidad de productos disponible­s”, aseguró la comisión.

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Ancap.

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