Exigen vacuna a empleados
Institución de DD. HH. recibe consultas y estudio jurídico presenta amparo
Institución de Derechos Humanos recibe consultas sobre casos.
Una estudiante de Enfermería dice que en el prestador de salud en el que cursa la práctica laboral, en Rivera, le piden que esté vacunada contra el nuevo coronavirus. ¿Pueden exigirle eso? Un trabajador rural se queja de que no le dejaron ingresar a una exposición ganadera a la que iba a trabajar por no estar vacunado. ¿Pueden prohibirle la entrada? La maestra de un jardín de infantes aduce que la directora le impidió el contacto con los niños hasta que se dé las dos dosis. ¿Es legal?
La Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) recibió, en los últimos dos meses, al menos seis consultas de ciudadanos uruguayos que se quejan porque sus empleadores les exigen que estén vacunados contra el COVID-19. Casi en simultáneo, el estudio jurídico del abogado Hoenir Sarthou —quien no ha querido vacunarse contra esta enfermedad— empezó a recepcionar denuncias de particulares a los que también se les prohibía el “derecho al trabajo” por no haber completado el esquema de inmunización. Y según el propio
Sarthou “en los últimos días” vienen recibiendo “entre tres y cinco reclamos por día”.
Por eso el estudio jurídico de Sarthou está recopilando la evidencia a los efectos de presentar, “en el correr de este mes”, una acción de amparo que “unifique la mayor parte de estas demandas”. Mediante este recurso, en que la Justicia tiene que fallar en un plazo breve porque se supone que hay derechos fundamentales de las personas en juego, los demandantes pretender que “una resolución obligue al Poder Ejecutivo y otras entidades demandadas a cesar la discriminación a quienes no se han vacunado con una vacuna que no es obligatoria”.
La Inddhh, en cambio, avanza a otro ritmo. Según uno de los integrantes del consejo directivo, la Institución primero tiene que asegurarse que las consultas o denuncias tengan fundamento. “A veces la persona dice que en su trabajo le exigieron tal cosa, pero en realidad solo le preguntaron, de manera voluntaria y sin que eso implique ninguna restricción de sus libertades, si estaba vacunada o no”, explicó la fuente. Luego se le solicita al empleador que explique qué solicitó. Y, en paralelo, la Institución les está cursando oficios a los ministerios de Trabajo y Salud para que argumenten qué dice la normativa vigente.
El ministro de Trabajo, Pablo Mieres, había dejado en claro que “no puede exigírsele a un trabajador que esté vacunado”.
Según explicó a El País, “esto corre para el ámbito público y el privado, porque no hay una ley que obligue al trabajador a vacunarse”.
Un Tribunal Laboral regional de Tel Aviv, en Israel, falló esta semana a favor de la empresa estatal de agua (Mekorot) que había sido demandada por un trabajador que negaba a vacunarse. Según publicó Jerusalem Post, los jueces consideraron que el exigirle al empleado las vacunas o dos test negativos por semana es una medida “mesurada a la luz de la creciente tasa de infecciones por COVID-19”.
Mieres aclaró que, para el caso uruguayo, la “postura oficial es que la vacuna no es obligatoria y, por tanto, no puede exigirse. Y en la medida que la vacuna no es obligatoria, ¿para qué se le exigiría un test negativo al empleado? Es como pedirle la vacuna”.
La obligatoriedad de la vacunación, explicó el ministro, “en la mayoría de países es más teórico que práctico”. ¿Por qué? “Un requisito para establecer la obligatoriedad es la universalidad para el acceso y que el Estado cuente con las dosis suficientes. Eso, en la región, solo lo podrían discutir países con los niveles de vacunación de Chile y Uruguay”.
Según el abogado Sarthou, pese a que no exista tal obligatoriedad de la vacunación “hay empresas y espacios que lo están incumpliendo”. Contó: “Hoy se comunicó con nosotros una vendedora a la que en su empresa no le permiten el ingreso a la oficina porque no está vacunada y le exigen vacunarse para compartir el espacio con sus compañeros… eso va contra el principio de igualdad y no discriminación”.
Lo mismo, siguió el abogado, correría “para la prohibición del uso del transporte público por parte de los no vacunados o la prohibición de jugar en la liga de baby fútbol entre los niños de 12 años no vacunados”. —¿En una liga deportiva como en un baile, no rige el derecho de admisión?
—El derecho de admisión tiene que tener una base racional. —Los estudios científicos demuestran que las vacunas previenen muerte, hospitalizaciones e incluso, en algunos casos, contagios. ¿Esa no es base racional suficiente?
—Eso dice una parte de literatura. Pero también hay dudas…
Las vacunas contra el COVID-19 han sido autorizadas, por ahora, para su uso de emergencia. Ese rótulo que les asignó la Organización Mundial de la Salud hace que países como Estados Unidos entiendan que es inviable la exigencia de una obligatoriedad vacunal.
Para el caso israelí, el sindicato de trabajadores de la empresa de agua se posicionó a favor de la compañía en un comunicado: “Los trabajadores que no se hayan vacunado aumentan el potencial de contagio (la posibilidad de la persona de enfermarse y contagiar a otros), y visto la virulencia de la variante Delta que ataca hoy a la sociedad, creemos que la decisión del directorio muestra el justo equilibrio entre el derecho privado y el derecho colectivo”.
Martín Pereira, presidente de COFE, dijo que la postura de los sindicatos en Uruguay es que “mientras la vacuna no sea obligatoria, no se puede exigir... tampoco test”.
Ministro de Trabajo dice que al no ser obligatoria, la vacuna no se puede exigir.