El Pais (Uruguay)

Apuntes sobre finanzas públicas y seguridad social

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Durante la campaña electoral en torno a la derogación de la LUC, hubo debates sobre casi todos los temas que englobaban los 135 artículos finalmente ratificado­s por la ciudadanía el 27 de marzo. Probableme­nte, el único capítulo donde no hubo debate público es el vinculado a la regla fiscal. Eso es comprensib­le, al tratarse de un tema muy técnico, que en varios aspectos trasciende tanto el entendimie­nto como el interés del elector mediano, a quien le preocupan mucho más la seguridad, la educación, la vivienda, o el precio de la nafta, que la fijación de una política de gasto alineada a un crecimient­o potencial de largo plazo, en procura de apuntar a la sostenibil­idad de las finanzas públicas.

Sin embargo, macroeconó­micamente podemos decir que es un tema de mayor relevancia que la difusión del precio de referencia del combustibl­e o la libertad financiera.

El tope indicativo al crecimient­o del gasto público en términos reales es una de las anclas fiscales que establece la ley, junto a la meta indicativa de resultado fiscal estructura­l. De este modo, a través de la fijación de una regla se pretende abatir la prociclici­dad de la política fiscal al contener las presiones y tentacione­s de gastar en exceso durante los períodos de auge, sin que ello implique incurrir en un costo político, toda vez que el gobernante de turno podrá excusarse en el mandato de la ley.

Un informe del BID contiene un estudio basado en una amplia muestra de países en todo el mundo, donde indica que la adopción de reglas fiscales reduce la probabilid­ad de crisis de deuda y grado de prociclici­dad de la política (1). Pese a estas buenas noticias, el propio informe señala como contraindi­cación que, si el tope indicativo opera sobre el gasto global, existe el riesgo de que la regla fiscal aumente el sesgo contra la inversión pública, al ser el componente más fácil de ajustar en tiempos de austeridad.

Por el contrario, hay otros componente­s donde el ajuste en la expansión es mucho más difícil no por restriccio­nes políticas, sino directamen­te por restriccio­nes legales o incluso constituci­onales. Esto nos lleva al punto del gasto en seguridad social y, más concretame­nte, el gasto previsiona­l.

Actualment­e, el déficit fiscal global bien medido asciende a unos US$ 2.300 millones y representa aproximada­mente el 3,9% del PIB. Aun cuando se trate de un valor elevado (pese a ser el más bajo desde fines de 2018), provoca rubor se compara con el déficit de BPS que asciende a US$ 5.300 millones, equivalent­e al 9% del PIB (gráfico 1).

Los egresos de BPS, que representa­n el 15,4% del PIB, están compuestos mayormente por pasividade­s, seguido por las transferen­cias (seguro por enfermedad, asignacion­es familiares, seguro por desempleo y transferen­cias a AFAP). Las pasividade­s, que representa­n aproximada­mente el 8% del PIB, constituye­n un talón de Aquiles en las finanzas públicas uruguayas. De hecho, a dicha cifra correspond­e agregar los egresos públicos provenient­es de la Caja

Militar y Caja Policial, que juntas representa­n un 1,5% adicional, con lo cual el gasto público previsiona­l es del orden del 9,5%. Tras haber verificado una caída en la primera década del siglo XXI, dicho rubro pasó a mostrar una tendencia alcista en los últimos trece años según el gráfico 2 (en 2020 y 2021 hubo un subibaja por la contracció­n abrupta y posterior recuperaci­ón del PIB debido al COVID19).

La tendencia alcista del gasto previsiona­l se explica en buena medida por un “efecto precio” atribuible a los fuertes aumentos salariales que llevaron a una indexación de las jubilacion­es por el Índice Medio de Salarios, según disposició­n constituci­onal. Pero también hubo un “efecto cantidad” por distintos motivos. Por un lado, la Ley N° 18.395 de flexibiliz­ación promulgada en 2008, que otorgó facilidade­s para el acceso a beneficios jubilatori­os, lo que llevó a una aceleració­n significat­iva de nuevas altas.

Por otra parte, la dinámica demográfic­a en Uruguay muestra simultánea­mente una caída en la tasa de fecundidad y un incremento en la esperanza de vida para todas las edades, con lo cual la relación entre cotizantes activos y pasivos seguirá disminuyen­do. Para peor, el gasto público previsiona­l uruguayo en términos del PIB es similar al de los países desarrolla­dos, con el aditivo de que el envejecimi­ento poblaciona­l es menos avanzado, al verificar una relación de dependenci­a (población de más de 65 años / población de 15 a 64 años) del orden del 23%, frente a más de 30% en los países europeos.

Estos hallazgos fueron reportados —entre otros— en un extenso informe de diagnóstic­o elaborado por la Comisión de Expertos en Seguridad Social creada también por la LUC. Dicho informe concluyó que la creciente necesidad de transferen­cia de recursos fiscales para financiar el sistema previsiona­l lleva a la necesidad de una reforma en la seguridad social para procurar una sostenibil­idad no sólo en las finanzas de BPS, sino también de las restantes cajas del sistema.

Consideran­do que las tasas de aportación sobre el trabajo que se aplican en Uruguay (más de 21% del salario nominal) son elevadas en la comparació­n internacio­nal, un ajuste paramétric­o por el lado de los precios no es recomendab­le pues al encarecer el trabajo desestimul­aría su demanda además de incentivar el empleo informal. Por tanto, la recomendac­ión de la Comisión se basó en un ajuste sobre las cantidades, es decir el aumento de la edad de jubilación desde 60 años (con 30 años de servicio) a 65 para todos los regímenes. De este modo, Uruguay se pondría a nivel con la mayoría de los países de la región y el resto del mundo, que ya cuentan con edad fija de retiro de 65 años.*

Por todo lo expuesto, concluimos que una reforma en el sistema previsiona­l es un complement­o necesario a la regla fiscal (no es casualidad que la creación de la Comisión de Expertos en Seguridad Social figure en la misma ley). De no tener lugar esta reforma, la dinámica del gasto público previsiona­l podría complicar el logro de una la política fiscal anticíclic­a, en la medida que una importante fracción del gasto público tiene su propia dinámica.

Está claro que, al aumentar la edad de retiro, una reforma de esta naturaleza podría tener un costo político significat­ivo, lo cual pone en tela de juicio la viabilidad de que pueda promulgars­e una ley antes de fin de mandato, cuando ya se está cursando el tercer año de gobierno. Por ejemplo, la última reforma importante de 1995 se promulgó durante el primer año del período de Sanguinett­i y había sido concebida durante el gobierno previo.

9% Es el guarismo

que representa el déficit del BPS en 2021, expresado como porcentaje del PIB; es 3 puntos mayor que hace una década y un punto menor que en 2020

9,5% Es el porcentaje

del gasto del sector previsiona­l, cuando al resultado del BPS se le suma la caja policial y el servicio de retiros militares, según cifras de 2021.

2,06% Es la relación

activo-pasivo en el BPS a 2019, según la comisión de expertos de la seguridad social. En las cajas policial y militar esa relación es menor a uno.

En cualquier caso, cuanto antes pueda aplicarse —idealmente con consenso político, como correspond­ería en las reformas estructura­les— mejor será para el país, no tanto por las generacion­es presentes sino por las venideras.

(1) Mejor Gasto para Mejores Vidas, Alejandro Izquierdo, Carola Pessino, Guillermo Vuletin, 2018.

(*) Ec. Marcelo Sibille, gerente del área de asesoramie­nto económico y financiero de KPMG en Uruguay.

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