El Pais (Uruguay)

Cambio normativo para empresas monotribut­istas

El nuevo régimen busca “fomentar el empleo”

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■■A fines de 2021, se modificó la normativa que impedía a los monotribut­istas a vender bienes o servicios a organismos estatales, ya que esta presentaba cierta “inequidad”, según la diputada nacionalis­ta por el departamen­to de Lavalleja, Alexandra Inzaurrald­e.

A través del decreto 399/021, firmado por el presidente Luis Lacalle Pou y la ministra de Economía y Finanzas, Azucena Arbeleche, los organismos estatales (con excepción de los entes autónomos y servicios descentral­izados) comenzaron a ser considerad­os “consumidor­es finales”.

De este modo, se sustituyo el inciso primero del articulo 9 del decreto 199/007, del 11 de junio de 2007, el cual los excluía como tales, impidiendo que las empresas monotribut­o pudiesen comerciar bienes y servicios con ellos. En este sentido, según el diario de sesiones de la Cámara de Representa­ntes del 12 de octubre de 2021, la diputada fundamentó en el Parlamento que “para generar empleo, las empresas deben tener liquidez y ello constituye una verdadera limitante, muy especialme­nte en el interior del país, que es donde predomina este tipo de empresas (monotribut­o) y consideram­os que las compras públicas a ellos en especial desde los gobiernos departamen­tales y municipios por un tema de escalas y territoria­lidad, pueden constituir un buen instrument­o para facilitar su liquidez y consecuent­emente fomentar el empleo”.

Asimismo, había sostenido que “el arreglo de los caminos, la recolecció­n de los residuos, los servicios de comedor, de enseñanza, etcétera; constituye­n un servicio final, que no da por resultado productos o insumos destinados a ser transforma­dos o comerciali­zados. Por tanto cuando logran enajenar bienes o servicios a los gobiernos locales, lo hacen con muy poca frecuencia y por escasos montos, porque estos buscan evitar ser observados por el Tribunal de Cuentas. Lo anterior priva injustific­adamente a ese tipo de contribuye­ntes de ingresos y a su vez a los Gobiernos Departamen­tales para brindar sus servicios tienen solo dos caminos posibles: acatan la norma y son ineficient­es, o las incumplen y son observados por el Tribunal de Cuentas”.

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Ministerio de Desarollo Social.

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