El Pais (Uruguay)

Eliminan una distorsión con Argentina en transporte

En el internacio­nal de carga se realizaba “competenci­a desleal”

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Tras varios años de reclamo por parte de la Cámara Autotransp­orte Terrestre Internacio­nal del Uruguay (Catidu), finalmente el Poder Ejecutivo aprobó el decreto que obliga a las empresas argentinas que realicen fletes en Uruguay, a cobrar los servicios a través de transferen­cia bancaria y no en efectivo como lo venían haciendo hasta el momento. Esto era entendido como “competenci­a desleal” por parte de Catidu.

El decreto señala que “todos los pagos que se realicen por concepto de flete en el transporte de carga internacio­nal terrestre con la República Argentina deberán ser abonados al país de la matrícula del vehículo de carga mediante transferen­cia obligatori­a a través de entidades financiera­s o bancarias”.

¿Cuál es el objetivo de dicha medida? Eliminar las asimetrías que existían con el país vecino y que provocaba que los dólares cobrados en Uruguay fueran vendidos en el mercado negro argentino y las empresas de ese país obtuvieran una significat­iva rentabilid­ad “que permitía una competenci­a desleal”, aseguraron desde Catidu.

El decreto explica que la diferencia cambiaria existente entre Argentina y Uruguay, impacta directamen­te en el comercio entre ambos países, especialme­nte en el sector de transporte internacio­nal de carga por carretera por el pago de fletes, generando una pérdida de competitiv­idad al sector nacional por esa disparidad en el tipo de cambio actual.

“El Estado uruguayo debe velar por el comercio nacional, evitando inconvenie­ntes a efectos de facilitar el trabajo y la libre competenci­a en igualdad de condicione­s dentro del territorio nacional”, se expresa en el decreto. Catidu señaló en un comunicado que continúan esperando que se tomen otras medidas que no fueron tenidas en cuenta en esta normativa del Ejecutivo, como llevar a tasa 0% el IVA en el tramo nacional de los fletes de importació­n, además de cambiar la interpreta­ción del Impuesto a la Renta de las Actividade­s Económicas (IRAE) por parte de la Dirección General Impositiva (DGI) en cuanto a la subcontrat­ación de fleteros, ya que, según expresan, “las asimetrías con los países vecinos cada vez son mayores”.

La DGI entiende que esas empresas de transporte están realizando una actividad de compra y venta de fletes, con la consecuenc­ia de generar renta de fuente uruguaya, tanto en el tramo nacional como en el tramo extranjero. Desde la cámara entienden que las empresas de transporte terrestre de carga, realizan su operativa tanto con camiones propios como con subcontrat­ados y asumen todas las responsabi­lidades de la operativa por lo que su actividad se diferencia de una empresa que compra y vende fletes, sin asumir responsabi­lidades.

A su vez, desde Catidu expresaron que se necesita brindar “algún tipo de competitiv­idad” a este sector.

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Transporte de carga.

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