Cambios en trámites para anotar matrimonios
■■El Ministerio de Educación y Cultura (MEC) informó sobre cambios que comenzaron a regir este mes de enero para los trámites de inscripción de nacimientos y de matrimonio civil.
Hasta el año pasado, los recién nacidos debían ser inscritos en el lugar donde nacían, dentro de un plazo de 10 días. Sin embargo, en base a la nueva normativa, según explicó el MEC, los nacimientos también se pueden anotar en la Oficina de Registro Civil correspondiente al lugar en el que viva la madre.
En cuanto al trámite de matrimonio civil, el ministerio indicó que hasta que entraron en vigencia las modificaciones, los interesados debían casarse en el lugar de residencia de uno de los miembros de la pareja. Ahora, los matrimonios civiles se pueden hacer en cualquier lugar del país.
“Estas medidas de carácter descentralizador se suman a las adoptadas el año pasado, que por primera vez incorporaron los servicios de Registro Civil de todo el interior a un sistema informático de alcance
nacional, accesible en tiempo real”, señaló el ministerio.
Las modificaciones a las normativas entraron en vigor el 1° de enero de este año y fueron aprobadas en la Ley de Rendición de Cuentas que contenía tres artículos incorporados a propuesta del MEC (271 a 273), que introducen cambios en los trámites de inscripción de nacimientos y de matrimonio civil.
Desde la secretaría de Estado se destacó en el comunicado que “estas medidas se suman a las adoptadas en 2021, que por primera vez incorporaron los servicios del Registro Civil de todo el interior a un sistema informático de alcance nacional, accesible en tiempo real”.
Y agregó que las modificaciones incorporadas por la Ley de Rendición de Cuentas “abren nuevas perspectivas y oportunidades para gobiernos departamentales, municipios y uruguayos en el interior”.