El Pais (Uruguay)

Aclaración

-

Dr. Raúl Y. Oxandabara­t, Director SCJ - Poder Judicial

@| Sr. Director de Redacción diario El País, Martín Aguirre Regules:

El artículo publicado en la edición del 16 de mayo bajo el título “La Suprema Corte de Justicia resolvió la extradició­n de José Peirano a Paraguay” contiene una imprecisió­n que correspond­e rectificar.

En efecto, el articulist­a afirma que la Suprema Corte de Justicia no admite la casación de una sentencia interlocut­oria fundándose en que ello implicaría tener que expedirse respecto de las cientos de sentencias interlocut­orias que se dictan cada año en los juzgados civiles, laborales, penales y de lo contencios­o administra­tivo.

Esto es incorrecto, porque no es ese el criterio de la Corte para no admitir el recurso de casación.

Debe distinguir­se entre sentencias definitiva­s, que resuelven respecto del objeto del proceso y le ponen fin, y sentencias interlocut­orias simples, que resuelven meras cuestiones incidental­es y, por lo tanto, no imposibili­tan la continuaci­ón del juicio.

A juicio de la mayoría, la sentencia del caso es una interlocut­oria simple, razón por la cual el recurso de casación no procede respecto de ella.

Es ese, precisamen­te, el argumento por el cual se declara inadmisibl­e la impugnació­n deducida (Cf. sentencia No. 3.780/2018 de la Corporació­n).

Agradecemo­s comparta esta rectificac­ión con sus lectores.

Nota de Redacción: La presidenta interina de la Corte pasa por alto que el artículo informa sobre que hay cientos de sentencias interlocut­orias simples. El artículo también menciona que tal afirmación no surge del fallo sobre el caso José Peirano Basso sino de la realidad misma de los juzgados, a los que el cronista judicial de este diario recorre diariament­e.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Uruguay