Se pagarán US$ 500.000 de interés por cada mes de atraso
Al día de hoy, la deuda es US$ 56,2 millones. El fallo del tribunal no es apelable
■■ Un fallo de un tribunal internacional dependiente del Banco Mundial condenó a Uruguay por el cierre de Pluna a pagar una indemnización de US$ 30 millones más intereses, costos y costas a la empresa panameña Latin American Regional Aviation Company Holding (Larah). Esa cifra totaliza hoy US$ 56,5 millones y genera un interés de US$ 500.000 por cada mes que el Estado uruguayo no cumple con la sentencia, la que no es apelable, según supo El País.
El dictamen contra Uruguay fue emitido por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) entre estados y empresas. El reclamo fue presentado por Larah, quien adquirió la empresa Leadgate que poseía parte del paquete accionario de Pluna en sociedad con el Estado uruguayo. Pluna fue cerrada en 2012 por el gobierno del entonces presidente de la República, José Mujica.
Larah solicitó el arbitraje de un tribunal internacional el 20 de diciembre de 2019, cuando exigió el pago por parte de Uruguay de una indemnización de más de US$ 860 millones por el cierre de la aerolínea de bandera uruguaya.
La defensa de Uruguay logró abatir hasta un 6% el reclamo siendo condenada al pago de US$ 30 millones más intereses por el costo de la inversión en aviones esencialmente. Esa condena generó ayer coletazos políticos. (Ver nota aparte).
Por el momento el fallo del Ciadi no es público hasta que ambas partes no otorguen su consentimiento para ello. La publicación o no del dictamen será discutida entre los abogados del Estado uruguayo y los de la empresa Larah.
Si las partes no acordaran, el tribunal igualmente podrá publicar algunos aspectos legales del fallo.
Uruguay es representado por el estudio Foley Hoag, con sede en Washington, que ya lo defendió en las demandas planteadas por la tabacalera Philip Morris
y la minera Aratirí, en las que el país resultó ganador.
Por su parte, Larah contrató al bufete neoyorquino Freshfields Bruckhaus Deringer, a Dechamps International Law, con sede en Londres y Buenos Aires, y al estudio local Ferrere Abogados.
LA SUBASTA. Según supo El País, el tribunal determinó que el gobierno en 2012 violó sus obligaciones internacionales al incurrir en un trato injusto, no equitativo y expropiatorio con su conducta respecto de Pluna y su inversor, Latin American Regional Aviation Holding (Larah).
Y concluyó que el gobierno de la época asfixió económicamente a Pluna para evitar las contingencias derivadas de la quiebra de Varig tras haber acordado hacerse responsable.
Para fallar a favor de la compañía panameña, el tribunal internacional se basó en las siguientes conductas violatorias: el gobierno de Mujica “obstaculizó” la obtención de préstamo cuando Pluna estaba en una grave situación de iliquidez; filtró a la prensa el contenido de las discusiones internas de la empresa aeronáutica y existieron demandas de parte de Ancap exigiendo el pago completo e inmediato de todas las deudas de Pluna en un plazo 24 horas con amenaza de cortar el suministro de combustible. El organismo internacional también señaló que se obligó a los ejecutivos de Pluna a vender sus acciones sin ninguna compensación.
El tribunal cuestionó el remate de los aviones de Pluna al competidor de la empresa, Juan Carlos López Mena, facilitando el otorgamiento del aval bancario para que Cosmo participara en la subasta como el único postor, por lo cual el exministro de Economía, Fernando Lorenzo y el expresidente del Banco República, Fernando Calloia fueron declarados culpables por la Justicia de un delito de abuso de funciones.