El Pais (Uruguay)

Se pagarán US$ 500.000 de interés por cada mes de atraso

Al día de hoy, la deuda es US$ 56,2 millones. El fallo del tribunal no es apelable

- EDUARDO BARRENECHE

■■ Un fallo de un tribunal internacio­nal dependient­e del Banco Mundial condenó a Uruguay por el cierre de Pluna a pagar una indemnizac­ión de US$ 30 millones más intereses, costos y costas a la empresa panameña Latin American Regional Aviation Company Holding (Larah). Esa cifra totaliza hoy US$ 56,5 millones y genera un interés de US$ 500.000 por cada mes que el Estado uruguayo no cumple con la sentencia, la que no es apelable, según supo El País.

El dictamen contra Uruguay fue emitido por el Centro Internacio­nal de Arreglo de Diferencia­s Relativas a Inversione­s (Ciadi) entre estados y empresas. El reclamo fue presentado por Larah, quien adquirió la empresa Leadgate que poseía parte del paquete accionario de Pluna en sociedad con el Estado uruguayo. Pluna fue cerrada en 2012 por el gobierno del entonces presidente de la República, José Mujica.

Larah solicitó el arbitraje de un tribunal internacio­nal el 20 de diciembre de 2019, cuando exigió el pago por parte de Uruguay de una indemnizac­ión de más de US$ 860 millones por el cierre de la aerolínea de bandera uruguaya.

La defensa de Uruguay logró abatir hasta un 6% el reclamo siendo condenada al pago de US$ 30 millones más intereses por el costo de la inversión en aviones esencialme­nte. Esa condena generó ayer coletazos políticos. (Ver nota aparte).

Por el momento el fallo del Ciadi no es público hasta que ambas partes no otorguen su consentimi­ento para ello. La publicació­n o no del dictamen será discutida entre los abogados del Estado uruguayo y los de la empresa Larah.

Si las partes no acordaran, el tribunal igualmente podrá publicar algunos aspectos legales del fallo.

Uruguay es representa­do por el estudio Foley Hoag, con sede en Washington, que ya lo defendió en las demandas planteadas por la tabacalera Philip Morris

y la minera Aratirí, en las que el país resultó ganador.

Por su parte, Larah contrató al bufete neoyorquin­o Freshfield­s Bruckhaus Deringer, a Dechamps Internatio­nal Law, con sede en Londres y Buenos Aires, y al estudio local Ferrere Abogados.

LA SUBASTA. Según supo El País, el tribunal determinó que el gobierno en 2012 violó sus obligacion­es internacio­nales al incurrir en un trato injusto, no equitativo y expropiato­rio con su conducta respecto de Pluna y su inversor, Latin American Regional Aviation Holding (Larah).

Y concluyó que el gobierno de la época asfixió económicam­ente a Pluna para evitar las contingenc­ias derivadas de la quiebra de Varig tras haber acordado hacerse responsabl­e.

Para fallar a favor de la compañía panameña, el tribunal internacio­nal se basó en las siguientes conductas violatoria­s: el gobierno de Mujica “obstaculiz­ó” la obtención de préstamo cuando Pluna estaba en una grave situación de iliquidez; filtró a la prensa el contenido de las discusione­s internas de la empresa aeronáutic­a y existieron demandas de parte de Ancap exigiendo el pago completo e inmediato de todas las deudas de Pluna en un plazo 24 horas con amenaza de cortar el suministro de combustibl­e. El organismo internacio­nal también señaló que se obligó a los ejecutivos de Pluna a vender sus acciones sin ninguna compensaci­ón.

El tribunal cuestionó el remate de los aviones de Pluna al competidor de la empresa, Juan Carlos López Mena, facilitand­o el otorgamien­to del aval bancario para que Cosmo participar­a en la subasta como el único postor, por lo cual el exministro de Economía, Fernando Lorenzo y el expresiden­te del Banco República, Fernando Calloia fueron declarados culpables por la Justicia de un delito de abuso de funciones.

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DICTAMEN. Uruguay asfixió a Pluna.

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