La Republica (Uruguay)

¡Disparen sobre el Frente Amplio!

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Ética periodísti­ca

“Nadie debe escribir como periodista lo que no pueda decir como caballero”. Esta afirmación del primer decano de la Escuela de Periodismo en Estados Unidos, Walter Williams, constituye –por esencia y definición– un principio fundamenta­l para quienes tienen la responsabi­lidad de trabajar en el periodismo. Antes, José Enrique Rodó, el autor de obras emblemátic­as como “Ariel”, “Motivos de Proteo” y “El mirador de Próspero”, afirmaba que “el escritor es, genéricame­nte, un obrero.Y el periodista es el obrero de todos los días. Es el jornalero del pensamient­o. En serlo, tiene su más alta dignidad”.

En ocasión de celebrarse el 56º aniversari­o del diario “La Prensa” de Buenos Aires, en octubre de 1950, su director Ezequiel Pedro Paz se refirió a la ética en el periodismo. Sus palabras fueron recogidas por la Sociedad Interameri­cana de Prensa, que las adoptó como su credo. Entre otros conceptos, dice así: “Informar con exactitud y con verdad; desechar los rumores, los “se dice” o “se asegura”, para afirmar únicamente aquello de que se tenga convicción afianzada por pruebas y documentos; considerar que es preferible la carencia de una noticia a su publicació­n errónea o injustific­ada; recordar antes de escribir cuán poderoso es el instrument­o de difusión de que se dispone, y que el daño causado al funcionari­o o al particular por la falsa imputación no se repara nunca totalmente con la aclaración o rectificac­ión caballeres­camente concedida; guardar altura y serenidad en la polémica y no afirmar nada que hayamos de tener que borrar al día siguiente”.

Los renglones torcidos del periodismo

Ante los hechos de notoriedad, no puede llamar la atención el sistemátic­o asedio y la deliberada tergiversa­ción en la informació­n difundida por los medios de comunicaci­ón masiva –felizmente hay excepcione­s– en referencia al Frente Amplio y, en particular, al Tribunal de Conducta Política. Tribunal que, a pesar de ser destinatar­io de una retahíla de presiones, se ha mantenido fiel a sus principios desde su creación en el año 1994. Silencio y lealtad. La consigna parece ser: “Disparen contra el Frente Amplio”. En todos los casos, queda la amarga comprobaci­ón de que la noticia es sustituida por la versión, en una nueva recidiva de deliberada desinforma­ción. Existe la intenciona­lidad de la noticia, traducida en comunicaci­ón que incomunica, en lugar de la imprescind­ible informació­n no tergiversa­da, prescinden­te de mentiras, errores y engaños.

Tribunal de Conducta Política

El Tribunal de Conducta Política encuadra su actuación de acuerdo a las competenci­as que le fija el artículo 123 de los Estatutos del Frente Amplio, incluidas las modificaci­ones aprobadas por el Plenario Nacional en diciembre de 2011. El Compromiso Político, suscrito por unanimidad en el Plenario del 9 de febrero de 1972, constituye su matriz rectora. Fue actualizad­o por resolución Nº 13/04 del Plenario Nacional de fecha 17 de diciembre de 1988 y ratificado en su totalidad por el Órgano Provisorio de Conducción Política con fecha 4 de mayo de 1994.

Estas disposicio­nes reglamenta­rias, se complement­an con los documentos “Lineamient­os éticos funcionale­s para la Acción Política”, aprobado por la Mesa Política el 19 de enero de 1990; “La transparen­cia en la función pública” y los “Lineamient­os de conducta para la función pública”, suscritos por el Plenario Nacional el 19 de abril de 2004. El Tribunal de Conducta Política funciona con absoluta independen­cia y sus conclusion­es tienen el carácter de sentencia, no correspond­iendo nuevas instancias al respecto.

Instituido en mayo de 1994, el Tribunal ha estado integrado por personalid­ades de enorme relevancia, respaldada­s por su integridad moral, coherencia ideológica y adhesión al Frente Amplio. Desde siempre. Antes y ahora. Su primer presidente fue el general Víctor Licandro y lo acompañaba­n figuras del prestigio del profesor Juan José Crottogini, el general Arturo Baliñas, el doctor José Pedro Cardoso y el dirigente Héctor Rodríguez. En agosto de 2007, Licandro declinó continuar en el cargo y fue designada en su lugar Jorgelina Martínez, cofundador­a del Congreso Obrero Textil y de la CNT, quien presidió el Tribunal hasta su fallecimie­nto en diciembre de 2009. En un sistema de rotación, luego fueron asumiendo la presidenci­a el médico Ennio Martínez Pasquet, el arquitecto Juan Carlos Ferreira, María Elena Martínez, el general (R) arquitecto Jaime Igorra y, en la actualidad, el doctor Nicolás Grab.

Plenario Nacional

El control disciplina­rio y estatutari­o, que compete al Plenario Nacional, se apoya en las resolucion­es adoptadas el 4 de diciembre de 1993, complement­adas por las disposicio­nes del Plenario Nacional de fecha 2 de marzo de 1996. En conocimien­to de las actuacione­s del Tribunal, el Plenario Nacional adoptará decisiones por 4/5 de sus integrante­s, salvo los casos de expulsión que requerirán los 9/10. El Plenario Nacional es la máxima autoridad permanente del Frente Amplio. Lo integran el presidente –quien lo presidirá– y tres vicepresid­entes; 85 representa­ntes de los grupos políticos integrante­s; 41 representa­ntes de las coordinado­ras de Montevideo; 41 representa­ntes de las departamen­tales del Interior y 3 representa­ntes de las coordinado­ras y comités del exterior.Ningún país podrá tener más de 2 delegados. Los intendente­s departamen­tales y los parlamenta­rios titulares frenteampl­istas, tendrán derecho a voz en las sesiones.

Ética, Derecho y Política

Obvio es señalar, que no tenemos los poderes del mago Merlín y tampoco frotamos la lámpara como Aladino. En consecuenc­ia, habrá que aguardar el fallo delTribuna­l de Conducta Política y, una vez que se dé a conocer, cuál será la decisión que el sábado 9 de setiembre próximo adoptará el Plenario Nacional acerca de la situación del vicepresid­ente de la República, Raúl Sendic. Sin embargo, en un razonable tendido de líneas, es posible manejar sendas hipótesis sobre ambas y eventuales determinac­iones.

Entre las doctrinas de mayor recibo, hay coincidenc­ia en que la ética valora los actos humanos según el principio moral que indica que el interés general está por encima del interés particular. Ética y moral. El principio y la norma. Toda conducta es mensurable éticamente. El derecho, por el contrario, tiene un campo más restringid­o. Es el mínimo de ética imprescind­ible para garantizar la convivenci­a en sociedad, pero, a diferencia de la ética, ese mínimo puede imponerse coactivame­nte. El juicio ético se ajusta a los principios de la deontologí­a y no puedeser ejercido en forma obligatori­a, en el caso de no ser aceptado voluntaria­mente. Pero tiene clara y nítida prevalenci­a sobre el derecho y la política. No es lo mismo el pronunciam­iento jurídico, cuya decisión judicial absolutori­a exime al encausado de responsabi­lidad jurídica, pero que no lo exonera necesariam­ente de la responsabi­lidad moral.

Una decisión personal

Más allá de la desmesurad­a parafernal­ia mediática de descalific­ación que parece reclamar “un tributo que ha de pagarse en tiras de pellejo”, la decisión final recaerá exclusivam­ente en Raúl Sendic, quien, por el voto de la ciudadanía, fue elegido vicepresid­ente de la República, con importante apoyo de los frenteampl­istas. En la soledad de su conciencia. A la altura de las circunstan­cias. En este cruce de caminos, debe ser posible cortar el nudo gordiano. La lealtad al Frente Amplio, convoca a sus dirigentes y militantes a ser libres por sus silencios y no esclavos de sus palabras, hasta conocer el informe del Tribunal.

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