Secretariado del FA rechazó fallo de la SCJ
A propuesta de la Vertiente Artiguista, el Secretariado Ejecutivo del Frente Amplio rechazó por unanimidad, la sentencia de la Suprema Corte de Justicia que establece la inconstitucionalidad de la imprescriptibilidad de los delitos de Lesa Humanidad dispuesta en los artículos 2 y 3 de la Ley 18.831. En la declaración se expresa textualmente: “1.- Que sin perjuicio del respeto a la Institución y al Poder Judicial, la sentencia dictada por la mayoría actual de la Suprema Corte de Justicia desconoce valores desconoce valores básicos universalmente reconocidos así como los antecedentes dictados por unanimidad de la propia institución con distinta integración en la reconocida sentencia 365/2009. 2.- Que resulta claramente establecido por las normas de ius cogens así como por la reiterada e histórica jurisprudencia internacional que los delitos de lesa humanidad deben ser perseguidos en toda instancia por atentar contra los valores básicos del ser humano no importa el momento o el lugar en donde se cometieron. 3.- Que sin perjuicio del rechazo e indignación que genera la impunidad que conlleva la sentencia dictada por la mayoría de la Suprema Corte de Justicia dicha resolución expone sin lugar a duda a nuestro país nuevamente a una eventual condena internacional por parte de los organismos jurisdiccionales internacional reconocidos por nuestro país en los tratados de derechos humanos a los que hemos adherido.
4.- Que los claros fundamentos expresados en las discordias presentadas por los integrantes del organismo, los dres. Felipe Hounie y Bernadette Minvielle, han sido por demas elocuentes y coherente con los antecedentes y las posiciones adoptadas por nuestro país en la materia a los cuales nos remitimos.
5.- Que el Frente Amplio lamenta profundamente esta decisión de la mayoría coyuntural de la Suprema Corte que considera un retroceso grave y peligroso y espera confiado en que un estudio profundo de la realidad universal en esta materia conduzca a un reflexión positiva que provoque un cambio sustancial y permita retornar a la jurisprudencia nacional y universal en la materia recogiendo el principio de imprescriptibilidad de los delitos de Lesa Humanidad que no surge de la jurisdicción doméstica sino de los principios generales y las doctrinas universales de derechos humanos”.