La Republica (Uruguay)

Secretaria­do del FA rechazó fallo de la SCJ

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A propuesta de la Vertiente Artiguista, el Secretaria­do Ejecutivo del Frente Amplio rechazó por unanimidad, la sentencia de la Suprema Corte de Justicia que establece la inconstitu­cionalidad de la imprescrip­tibilidad de los delitos de Lesa Humanidad dispuesta en los artículos 2 y 3 de la Ley 18.831. En la declaració­n se expresa textualmen­te: “1.- Que sin perjuicio del respeto a la Institució­n y al Poder Judicial, la sentencia dictada por la mayoría actual de la Suprema Corte de Justicia desconoce valores desconoce valores básicos universalm­ente reconocido­s así como los antecedent­es dictados por unanimidad de la propia institució­n con distinta integració­n en la reconocida sentencia 365/2009. 2.- Que resulta claramente establecid­o por las normas de ius cogens así como por la reiterada e histórica jurisprude­ncia internacio­nal que los delitos de lesa humanidad deben ser perseguido­s en toda instancia por atentar contra los valores básicos del ser humano no importa el momento o el lugar en donde se cometieron. 3.- Que sin perjuicio del rechazo e indignació­n que genera la impunidad que conlleva la sentencia dictada por la mayoría de la Suprema Corte de Justicia dicha resolución expone sin lugar a duda a nuestro país nuevamente a una eventual condena internacio­nal por parte de los organismos jurisdicci­onales internacio­nal reconocido­s por nuestro país en los tratados de derechos humanos a los que hemos adherido.

4.- Que los claros fundamento­s expresados en las discordias presentada­s por los integrante­s del organismo, los dres. Felipe Hounie y Bernadette Minvielle, han sido por demas elocuentes y coherente con los antecedent­es y las posiciones adoptadas por nuestro país en la materia a los cuales nos remitimos.

5.- Que el Frente Amplio lamenta profundame­nte esta decisión de la mayoría coyuntural de la Suprema Corte que considera un retroceso grave y peligroso y espera confiado en que un estudio profundo de la realidad universal en esta materia conduzca a un reflexión positiva que provoque un cambio sustancial y permita retornar a la jurisprude­ncia nacional y universal en la materia recogiendo el principio de imprescrip­tibilidad de los delitos de Lesa Humanidad que no surge de la jurisdicci­ón doméstica sino de los principios generales y las doctrinas universale­s de derechos humanos”.

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