La Republica (Uruguay)

Amnistía denunció que Uruguay violó sus obligacion­es

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La oficina en Uruguay de la organizaci­ón Amnistía Internacio­nal (AI) emitió una declaració­n este lunes sobre el reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

“En un fallo reciente de la SCJ del Uruguay, que AI ha podido analizar, ese Alto Tribunal ha reiterado que ‘los delitos cometidos durante la dictadura no constituye­n delitos de lesa humanidad’.

En dicho pronunciam­iento, elTribunal ha hecho lugar a un recurso contra dos artículos de la Ley 18.831, que impiden computar plazo alguno de prescripci­ón para los llamados ‘delitos de terrorismo de estado’ entre 1986 y 2011.

Con ello la SCJ ha puesto prácticame­nte fin a la acción judicial entablada por una víctima de tortura y otros delitos, consagrand­o así la impunidad”, argumenta.

Imprescrip­tibles

AI reitera que“los crímenes cometidos en Uruguay en el período del gobierno militar son imprescrip­tibles ‘cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido’, tal como lo establece la Convención sobre la Imprescrip­tibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, de la que Uruguay es estado parte.

La Corte Interameri­cana de DD.HH. ha refrendado esta postura en el caso Gelman contra Uruguay, sosteniend­o la imprescrip­tibilidad de las ‘graves violacione­s de derechos humanos tales como la tortura, las ejecucione­s sumarias, extralegal­es o arbitraria­s y las desaparici­ones forzadas’”, explica.

AI recuerda a las autoridade­s estatales del Uruguay que, tal como lo determina la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, “no pueden invocar disposicio­nes de su derecho interno como justificac­ión para incumplir un tratado”.

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