Diputados votó desafuero del nacionalista Wilson Ezquerra
Podrá ser juzgado por la Justicia por atropellar a una mujer conduciendo en estado de ebriedad.
Diputados aprobó en la pasada jornada, el desafuero del representante nacionalista Wilson Ezquerra, que atropelló a una mujer al conducir bajo los efectos del alcohol, indicando la espirometría que tenía 0,29 gramos de alcohol en sangre por encima de lo que la ley de Faltas considera sancionable. La pena puede ir de siete a 30 días de trabajo comunitario. El desafuero se votó por 85 diputados de 86.
El nacionalista Wilson Ezquerra fue protagonista de un accidente de transito, encontrándose bajo los efectos del alcohol y ocasionándole lesiones graves a una mujer de 60 años. La solicitud de su desafuero partió del Juzgado de Paz de tercer turno de Maldonado que está tras sus pasos. Dicho organismo analiza si corresponde sancionar al legislador bajo el marco de la Ley de Faltas “vinculado a una omisión de una falta, particularmente a la que está establecida en el numeral tercero del artículo 365 del Código Penal”, informó el nacionalista Pablo Abdala. En la mañana de ayer, en una sesión extraordinaria, se reunió la Comisión de Constitución que tras el análisis de las comparecencias de constitucionalistas en sesiones anteriores, optó por votar de forma unánime la petición del Juzgado de Paz, para posteriormente llegar a la Cámara la cual analizó “este punto básicamente lo que recomienda a la Cámara es que hay lugar a la causa en este asunto 114 de la constitución, y al mismo tiempo propone, como consecuencia natural suspender en el ejercicio a Wilson Ezquerra”, expresó Abdala. El nacionalista señaló que se estaba en un campo de inmunidades, privilegios y prorrogativas, los cuales “son términos que generan irritación en la población, pero son institutos indispensables por la organización de la misma: Hablamos de la irresponsabilidad por votos y opiniones que establece el artículo 112 de la Constitución, estamos hablando de la inmunidad de arresto que establece 103 en cuanto a que los legisladores no pueden ser detenidos, y hablamos del artículo 114 que ejerce una suerte de inmunidad procesal”, lo cual establece que en la medida que un legislador debe ser sometido a un proceso judicial, debe ser el cuerpo, en este caso la Cámara de Representantes, quien debe determinar su desafuero. Abdala señaló que los constitucionalistas expresaron en su comparecencia que“los fueron no son personales, son el cuerpo y por eso son irrenunciables. No se trata de un derecho del legislador, si puede ser un derecho para contar con esta herramienta para cumplir cabalmente con su tarea.
En cuanto a la actitud del diputado Ezquerra, Abdala remarcó que“desde el inicio”el protagonista“tuvo actitud de no ampararse en os fueros, asumió las consecuencias de lo que el catalogó como un error, se hizo cargo del mismo, afrontó las circunstancias que eventualmente podían provenir desde esa actuación”, manifestó, añadiendo que Ezquerra, tras advertir que no podía renunciar a los fueros, mandó una nota a sus pares solicitando que se los quitaran. Pablo Abdala señaló que “la suspensión de los fueros no es un cese, la destitución o la remoción”. “La suspensión es temporal hasta que cese el proceso judicial”, agregó. Los constitucionalistas Correa Freitas y Martín Risso se desencontraron en cuanto a este punto en la Comisión. Correa Freitas entiende que se puede votar el desafuero, pero no podemos poner condiciones. No se puede establecer que sea hasta la duración del proceso o hasta que se expida la justicia, mientras que Martín Risso cree que si se pueden establecer condiciones sobre cómo adoptamos la decisión del desafuero. La Comisión de Ética del Partido Nacional analizó también la situación de Ezquerra.