Protección al trabajo
Para Andrade el despido no puede ser libre y pone un ejemplo: si una empresa toma la decisión política empresarial de despedir a la mujer que se embarace tiene que pagarle un despido especial, pero eso no significa que el trabajo esté protegido.“Los trabajadores sostenemos que hay que proteger al trabajador contra el despido. La OIT establece que el despido está prohibido si no es con causa justificada desde el año 1982, y Uruguay todavía no reglamentó dicho Convenio. En referencia a los créditos laborales -Convenio 173 de la OIT- nuestro país aún no los garantiza y los trabajadores uruguayos estamos generando derecho al despido virtualmente, pero si una empresa despide a un trabajador con 30 años de trabajo, y dicha empresa está insolvente jamás cobrará el despido. Esa misma empresa puede tener créditos hipotecarios y de su remate el trabajador no cobrará nada”.
“Desde el punto de vista ético sería más digno proteger el crédito laboral que el hipotecario, porque el más perjudicado en una situación de cierre siempre es el trabajador. Hay que seguir avanzando, el salario mínimo sigue siendo insuficiente, la informalidad a pesar de ser la más baja de AL también es importante. Mucho se mejoró pero no se puede vivir hoy con 12 mil pesos de sueldo y es precisamente en este punto en que debemos seguir haciendo un esfuerzo”agregó.
Afirma que no está agotada la agenda de derechos sociales y laborales, y aunque reconoce los avances, afirma también que los riesgos están sobre la mesa.