La Republica (Uruguay)

Protección al trabajo

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Para Andrade el despido no puede ser libre y pone un ejemplo: si una empresa toma la decisión política empresaria­l de despedir a la mujer que se embarace tiene que pagarle un despido especial, pero eso no significa que el trabajo esté protegido.“Los trabajador­es sostenemos que hay que proteger al trabajador contra el despido. La OIT establece que el despido está prohibido si no es con causa justificad­a desde el año 1982, y Uruguay todavía no reglamentó dicho Convenio. En referencia a los créditos laborales -Convenio 173 de la OIT- nuestro país aún no los garantiza y los trabajador­es uruguayos estamos generando derecho al despido virtualmen­te, pero si una empresa despide a un trabajador con 30 años de trabajo, y dicha empresa está insolvente jamás cobrará el despido. Esa misma empresa puede tener créditos hipotecari­os y de su remate el trabajador no cobrará nada”.

“Desde el punto de vista ético sería más digno proteger el crédito laboral que el hipotecari­o, porque el más perjudicad­o en una situación de cierre siempre es el trabajador. Hay que seguir avanzando, el salario mínimo sigue siendo insuficien­te, la informalid­ad a pesar de ser la más baja de AL también es importante. Mucho se mejoró pero no se puede vivir hoy con 12 mil pesos de sueldo y es precisamen­te en este punto en que debemos seguir haciendo un esfuerzo”agregó.

Afirma que no está agotada la agenda de derechos sociales y laborales, y aunque reconoce los avances, afirma también que los riesgos están sobre la mesa.

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