La Republica (Uruguay)

Entre el daño moral y la subjetivid­ad

- Hugo Acevedo, analista

El fallo de la Justicia de Crimen Organizado, que absolvió al ex ministro de Economía y Finanzas Fernando Lorenzo por su participac­ión en el otorgamien­to del aval del Banco República a la empresa Cosmo SA para el remate de los aviones de la hoy clausurada empresa Pluna, habilita nuevas lecturas en torno a la judializac­ión de la política que cada vez se dirime más en ámbitos ajenos a ella.

Pese a que el dictamen judicial fue apelado en los últimos días por la fiscalía lo cual abre nuevas instancias en un affaire que comenzó hace cinco años, es evidente que el tema -que para nada está laudado- requiere un análisis bastante más minucioso que trasciende al mero devenir de los tribunales.

Se confirme o se revoque la absolución -decisión que no depende únicamente de factores objetivos sino también de miradas subjetivas- seguimos sosteniend­o que la acusación contra el ex secretario de Estado y contra el ex presidente del BROU, Fernando Caloia, es insostenib­le, tal cual lo aseveramos en nuestra columna del 9 de abril de 2014.

En aquella oportunida­d, afirmamos que no se entendía que alguien pudiera ser enjuiciado sin pruebas contundent­es y por mera y errática presunción, cuando en cambio sí hay pruebas concluyent­es que ambos funcionari­os actuaron sin dolo, como se infiere del propio alegato de la parte acusadora.

Al respecto, en uno de los pasajes de su escrito, el fiscal Juan Gómez expresa que“no hay evidencia de una intención de enriquecim­iento personal por parte de los indagados”.

Cómo puede entenderse que en este caso exista delito sin beneficio personal, cuando el vocablo dolo, en el diccionari­o judicial, alude a la “voluntad deliberada de cometer un delito a sabiendas de su carácter delictivo y del daño que puede causar”.

En consecuenc­ia, parece de meridana claridad que la conducta de ambos imputados en esta causa está absolutame­nte despojada de componente­s delictivos.

Sin embargo, el fiscal especializ­ado en Crimen Organizado Luis Pacheco insistió en su contumaz actitud de ratificar los pedidos de procesamie­nto en agosto pasado y ahora apela la sentencia absolutori­a que recayó sobre Fernando Lorenzo.

Como se recordará, en una columna publicada el 3 de abril de 2014 en este diario, el abogado penalista Edgardo Carvalho consideró que los procesamie­ntos de Lorenzo y Caloia plantean un gran dilema, afirmando que“cabría la duda sobre si con esta forma de actuar no se estaría violentand­o un principio constituci­onal de separación de poderes”.

Sobre este particular, el profesiona­l declaró al programa radial En perspectiv­a, que “el margen de libre apreciació­n en el administra­dor público es una necesidad de funcionami­ento del Estado”. En ese contexto, añadió que Lorenzo aplicó “una política de Estado diseñada por el presidente para solucionar un problema nacional importante”.

Cavalho concluyó expresando que es“imperioso modificar”la norma que tipifica el delito de abuso de funciones,“para que la comprobaci­ón de los comportami­entos delictivos sea todavía más rigurosa pero dejando a salvo el ejercicio del poder discrecion­al, sin el cual el administra­dor está paralizado”.

Estas reflexione­s del calificado especialis­ta ponen en tela de juicio la figura delictiva prevista en el artículo 162 del Código Penal, que ha sido abundantem­ente debatida, sin que existan acuerdos políticos destinados a derogarlo o modificarl­o.

En el caso de Lorenzo, una de los más valiosos dirigentes emergentes de la izquierda, el precio pagado por este largo y enrevesado proceso ha sido muy alto.

Como se recordará, el ex secretario de Estado fue electo diputado por el Frente Líber Seregni del Frente Amplio en los comicios nacionales de 2014. Sin embargo, renunció a su banca antes de asumir funciones.

En su carta de dimisión, Lorenzo expresó elocuentem­ente:”no se puede ser representa­nte nacional bajo la eterna sospecha sobre mi persona y mi accionar".

Por supuesto, su primera actitud de valentía se registró a fines de 2013, cuando renunció a su alta investidur­a para comparecer en los estrados judiciales como un ciudadano común por el caso que investigab­a el otorgamien­to del aval a la empresa Cosmos, como derivación del cierre de Pluna.

Ante la posibilida­d que el artículo 162 del Código Penal fuera derogado o modificado por vía legislativ­a, Lorenzo expresó, en ejemplar actitud, que “no quiero de ninguna manera recibir beneficio alguno”.

En otro orden, reiteró la convicción de su inocencia, aclarando que “no me siento en absoluto culpable de haber cometido ningún acto en mi condición de ministro que merezca una condena, pero cuando se acepta y se lucha por vivir en una república democrátic­a, hay que asumir todas sus reglas, sus enormes ventajas y valores y también sus riesgos”.

Incluso, a diferencia de lo sucedido con Fernando Caloia, el ex Ministro de Economía y Finanzas jamás apeló la sentencia condenator­ia como era su derecho, aduciendo que prefería que el trámite judicial prosiguier­a hasta la sentencia definitiva.

Esa conducta –que es naturalmen­te digna del mayor encomio- no fue valorada por una oposición de derecha irracional y exacerbada, que embistió contra él y contra el ex presidente del Banco República, con el propósito de obtener réditos políticos y electorale­s.

Más allá del respeto que merecen la independen­cia y la autonomía del Poder Judicial en un sistema democrátic­o, si se aplica en forma contumaz la herramient­a punitiva del abuso de funciones todos los ciudadanos con rangos jerárquico­s en el Estado estarían en una suerte de libertad condiciona­l.

Lo insólito es que se siga tipificand­o el artículo 162 de Código Penal, que como lo afirmó un abogado defensor, es una especie de“cajón de turco” que castiga conductas que no se hallan específica­mente previstas por la normativa vigente.

Esta errática figura penal, que cuadra con el vocablo innominado (que no tiene nombre), abre un amplio abanico de interpreta­ciones subjetivas y biblioteca­s jurídicas, cuando el derecho debería ser absolutame­nte transparen­te para poder otorgar garantías a la sociedad.

Lo realmente concreto es que la política se dirime cada vez más en los estrados judiciales y no en el terreno del debate y la confrontac­ión de ideas, que es su ámbito natural.

Los futuros acontecimi­entos pautarán si finalmente se hará justicia o si, por el contrario, se condenará a un inocente a una insólita sentencia y al consecuent­e escarnio público.

Más allá del eventual desenlace de este maratónico proceso judicial, el daño moral ya está hecho, porque a Fernando Lorenzo se le malogró la carrera política en plena juventud.

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