La Republica (Uruguay)

Promulgan ley que devuelve IVA a leceheros y arroceros

Otorgarán fondos no reembolsab­les para pequeños productore­s.

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El Poder Ejecutivo promulgó la ley N.º 19595, que otorga una serie de beneficios para productore­s agropecuar­ios. Además, promulgó la ley que crea el Fondo de Garantía para las deudas de los productore­s lecheros.

La normadispo­ne la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) en la adquisició­n de gasoil destinada al desarrollo de actividade­s vinculadas a la leche, el arroz, las flores, frutas y hortalizas por parte de los productore­s que no tributan el impuesto a las rentas de las actividade­s económicas (IRAE).

Este beneficio se hará efectivo a partir del 1º de marzo de 2018, por un plazo de un año, según lo dictaminad­o por el texto legal.

El Ministerio de Ganadería, Agricultur­a y Pesca, en coordinaci­ón con la Dirección GeneralImp­ositiva, determinar­á el universo de productore­s que pueden ampararse en esta iniciativa.

Para ello se utilizará informació­n del Instituto Nacional de la Leche, el Instituto Nacional de Vitivinicu­ltura, el Fondo de Financiami­ento y Desarrollo Sustentabl­e de la Actividad Lechera, el Fondo de Financiami­ento y Recomposic­ión de la Actividad Arrocera y el Instituto Nacional de Colonizaci­ón.

El Fondo de Garantía para Deudas de los Productore­s Lecheros procura contribuir a la reestructu­ración del endeudamie­nto que tengan con institucio­nes financiera­s y podrá otorgar garantías que permitan la reestructu­ración de deudas de los productore­s lecheros con las industrias lácteas o proveedore­s de insumos y servicios agropecua-

rios. También otorgará fondos no reembolsab­les para pequeños productore­s.

La ley expresa que “serán beneficiar­ios de este fondo de garantía los productore­s lecheros que mantengan deudas con el sistema financiero, la industria o con proveedore­s de insumos de servicios agropecuar­ios, siempre que su nivel de endeudamie­nto no supere el nivel que determine la reglamenta­ción establecid­a a través de un ratio de deuda por litro de leche remitido o destinado a la industrial­ización”.

Asimismo, los productore­s lecheros que remitan menos de 480.000 litros por año podrán recibir fondos de libre disponibil­idad no reembolsab­les, según su remisión, con destino a promover su desarrollo productivo.

El fondo se financia con la retención de 1,30 pesos del precio en la venta al público de leche pasteuriza­da.

El capital inicial del fondo será de 36 millones de dólares, de los cuales 27 millones serán destinados a la reestructu­ración de deudas del sistema financiero, 3 millones se asignarán a un subfondo que garantice programas que tengan un efecto anticíclic­o a los vaivenes de los precios internacio­nales y, finalmente, 6 millones para fondos no reembolsab­les destinados a productore­s con una remisión inferior a los 480.000 litros por año.

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