Edil del Partido Nacional destituido del BPS por “ineptitud”
Maniobras presuntamente dolosas en la confección y tramitación de expedientes; Junta Departamental no se pronunció.
El Directorio del Banco de Previsión Social (BPS) ratificó a fines del año 2015, la resolución de destitución del funcionario de ese organismo en la sucursal de Mercedes, Ángel García Francia, por la causal de“ineptitud”, encomendando además la formulación de una denuncia penal que se tramita en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de la capital departamental. Casi un año y medio después del hecho, en la Junta Departamental de Soriano, donde García es Edil titular por el Partido Nacional y fue dos veces Presidente (2006/2007; 2012/2013) nada se ha mencionado del caso. El representante departamental apeló la resolución del BPS ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo que tardará varios meses en pronunciarse. El caso fue publicado por la publicación Centenario de Cardona.
El 27 de enero del año 2014 la Gerencia General del BPS, mediante resolución Nº 021/2014, dispuso la instrucción de un sumario administrativo a García, suspendiéndolo preventivamente del cargo y reteniéndole la mitad del salario.
De acuerdo a la documentación del caso al cual accedió Centenario, el motivo determinante de dicho procedimiento” fueron las irregularidades detectadas en el marco de la auditoría practicada en la ciudad (Unidad Mercedes del BPS) por la Gerencia Trámite de Pasividades, en la que se auditaron 175 carpetas de prestaciones gestionadas en el período 2009/2010, constatándose maniobras presuntamente dolosas en la confección y tramitación de expedientes”.
En la elaboración de esa documentación para acceder a la jubilación que se tramitó a varias personas, el BPS detectó que García no actuó solo, sino que detrás de esa maniobra también se encontraba una gestora y una ex funcionaria del organismo previsional, según consta en el Proyecto de Resolución de Gerencia General (folio Nº 260 del 12 de diciembre de 2014) al cual el Periódico accedió a una copia.
De hecho en la investigación se da cuenta que en uno de los expedientes analizados (Sesp 2009/1/127782) se constató la declaración de “servicios falsos y el trámite fue realizado por el funcionario Ángel García”. La beneficiara de la acción “aclaró que fue García quien le asesoró que como no tenía aporte alguno realizado ante el BPS, le convenía declarar servicios de tejedora para alguna persona, le confeccionó los formularios correspondientes, tanto el cronológico como los de testigos y los firmó sin leerlos. Expresó no tener vínculo alguno con el funcionario García ni que el mismo le hubiera solicitado pago al respecto”.
Las irregularidades constatadas
En el expediente de destitución, se establecen las irregularidades que el BPS comprobó cometió García y motivaron su destitución. Son siete los cuestionamientos al proceder de García. El primero de ellos hace referencia al“accionar irregular del sumariado, en clara contravención de la normativa vigente en materia jubilatoria (comunicado de prestaciones Económicas 17/2004, 42/2006 y 24/2007)”.
Pero además en los expedientes auditados Sesp 2009/1/105173, Sesp 2009/1/104033 y Sesp 2009/1/127782 “no recabó la declaración patronal pertinente o del sucesor legal en su caso como tampoco efectuó la consulta de personas ante la DNIC, resultando falso los servicios denunciados”.
Agrega el proceso de investigación que “en numerosos expedientes no dio lectura al declarante de sus dichos y completó por si mismo los formularios cronológicos y de testigos”. Por esos motivos “la conducta adoptada por el sumariado no es compatible con el buen desempeño de las funciones a su cargo, hecho que redundó en una omisión grave en el cumplimiento de los deberes funcionales, provocando perjuicios ciertos al Organismo”.
Se destaca además en el informe “la negativa opinión
funcional que los superiores jerárquicos del señor García vertieron acerca de su desempeño”, aconsejándose “la destitución del señor García”, por “incurrir en falta grave prevista en el artículo 14, literal a y m del Reglamento de Responsabilidades Administrativas, por lo que corresponde su destitución previo informe de la Oficina Nacional de Servicio Civil, conforme al artículo 7 literal c de la ley15.757”.
García apeló resolución del BPS ante el TCA
Ángel García, apeló la resolución del Directorio del Banco de Previsión Social (BPS) ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, al no compartir la medida adoptada por el organismo previsional. El TCA es una instancia superior a la cual funcionarios públicos pueden acceder para reclamar la nulidad de actos administrativos definitivos, cumplidos por la administración en el ejercicio de sus funciones, contrarios a una regla de Derecho o con desviación o abuso de poder. Su jurisdicción comprende también los actos administrativos definitivos emanados de todos los órganos del Estado, de los Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados.
El caso pasó a la justicia penal
El Directorio del Banco de Previsión Social encomendó a la Unidad Permanente de Investigación la formulación de la denuncia penal de los hechos reseñados, que involucran no solamente al edil departamental, sino también a la gestora y ex funcionaria del organismo que participaron de las maniobras “irregulares” detectadas por el BPS.“En razón de la constatación en este procedimiento administrativo de hechos con apariencia delictiva, corresponde la formulación de denuncia penal por parte de la Unidad Permanente de Investigaciones a la gestora, ex funcionaria y al funcionario sumariado”, se establece en el expediente de resolución.
BPS ratificó resolución
El 11 de noviembre de 2015, el Directorio del Banco de Previsión Social (BPS) decidió mantener la resolución adoptada el 5 de agosto de ese año, luego de que el funcionario presentara un recurso de revocación, al considerar que la medida era“totalmente desproporcionada” a las pruebas recabadas.
“De la impugnación interpuesta no surgen nuevos elementos de juicio que ameriten la modificación de los criterios sustentados, correspondiendo por tanto mantener la resolución, desestimando el recurso invocado. Atento a lo expuesto, el Directorio del Banco de Previsión Social resuelve: 1) Mantener la resolución impugnada, desestimando el recurso de revocación interpuesto por el funcionario Ángel García”, expresa la decisión final del Directorio del BPS.