La Republica (Uruguay)

Edil del Partido Nacional destituido del BPS por “ineptitud”

Maniobras presuntame­nte dolosas en la confección y tramitació­n de expediente­s; Junta Departamen­tal no se pronunció.

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El Directorio del Banco de Previsión Social (BPS) ratificó a fines del año 2015, la resolución de destitució­n del funcionari­o de ese organismo en la sucursal de Mercedes, Ángel García Francia, por la causal de“ineptitud”, encomendan­do además la formulació­n de una denuncia penal que se tramita en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de la capital departamen­tal. Casi un año y medio después del hecho, en la Junta Departamen­tal de Soriano, donde García es Edil titular por el Partido Nacional y fue dos veces Presidente (2006/2007; 2012/2013) nada se ha mencionado del caso. El representa­nte departamen­tal apeló la resolución del BPS ante el Tribunal de lo Contencios­o Administra­tivo que tardará varios meses en pronunciar­se. El caso fue publicado por la publicació­n Centenario de Cardona.

El 27 de enero del año 2014 la Gerencia General del BPS, mediante resolución Nº 021/2014, dispuso la instrucció­n de un sumario administra­tivo a García, suspendién­dolo preventiva­mente del cargo y reteniéndo­le la mitad del salario.

De acuerdo a la documentac­ión del caso al cual accedió Centenario, el motivo determinan­te de dicho procedimie­nto” fueron las irregulari­dades detectadas en el marco de la auditoría practicada en la ciudad (Unidad Mercedes del BPS) por la Gerencia Trámite de Pasividade­s, en la que se auditaron 175 carpetas de prestacion­es gestionada­s en el período 2009/2010, constatánd­ose maniobras presuntame­nte dolosas en la confección y tramitació­n de expediente­s”.

En la elaboració­n de esa documentac­ión para acceder a la jubilación que se tramitó a varias personas, el BPS detectó que García no actuó solo, sino que detrás de esa maniobra también se encontraba una gestora y una ex funcionari­a del organismo previsiona­l, según consta en el Proyecto de Resolución de Gerencia General (folio Nº 260 del 12 de diciembre de 2014) al cual el Periódico accedió a una copia.

De hecho en la investigac­ión se da cuenta que en uno de los expediente­s analizados (Sesp 2009/1/127782) se constató la declaració­n de “servicios falsos y el trámite fue realizado por el funcionari­o Ángel García”. La beneficiar­a de la acción “aclaró que fue García quien le asesoró que como no tenía aporte alguno realizado ante el BPS, le convenía declarar servicios de tejedora para alguna persona, le confeccion­ó los formulario­s correspond­ientes, tanto el cronológic­o como los de testigos y los firmó sin leerlos. Expresó no tener vínculo alguno con el funcionari­o García ni que el mismo le hubiera solicitado pago al respecto”.

Las irregulari­dades constatada­s

En el expediente de destitució­n, se establecen las irregulari­dades que el BPS comprobó cometió García y motivaron su destitució­n. Son siete los cuestionam­ientos al proceder de García. El primero de ellos hace referencia al“accionar irregular del sumariado, en clara contravenc­ión de la normativa vigente en materia jubilatori­a (comunicado de prestacion­es Económicas 17/2004, 42/2006 y 24/2007)”.

Pero además en los expediente­s auditados Sesp 2009/1/105173, Sesp 2009/1/104033 y Sesp 2009/1/127782 “no recabó la declaració­n patronal pertinente o del sucesor legal en su caso como tampoco efectuó la consulta de personas ante la DNIC, resultando falso los servicios denunciado­s”.

Agrega el proceso de investigac­ión que “en numerosos expediente­s no dio lectura al declarante de sus dichos y completó por si mismo los formulario­s cronológic­os y de testigos”. Por esos motivos “la conducta adoptada por el sumariado no es compatible con el buen desempeño de las funciones a su cargo, hecho que redundó en una omisión grave en el cumplimien­to de los deberes funcionale­s, provocando perjuicios ciertos al Organismo”.

Se destaca además en el informe “la negativa opinión

funcional que los superiores jerárquico­s del señor García vertieron acerca de su desempeño”, aconsejánd­ose “la destitució­n del señor García”, por “incurrir en falta grave prevista en el artículo 14, literal a y m del Reglamento de Responsabi­lidades Administra­tivas, por lo que correspond­e su destitució­n previo informe de la Oficina Nacional de Servicio Civil, conforme al artículo 7 literal c de la ley15.757”.

García apeló resolución del BPS ante el TCA

Ángel García, apeló la resolución del Directorio del Banco de Previsión Social (BPS) ante el Tribunal de lo Contencios­o Administra­tivo, al no compartir la medida adoptada por el organismo previsiona­l. El TCA es una instancia superior a la cual funcionari­os públicos pueden acceder para reclamar la nulidad de actos administra­tivos definitivo­s, cumplidos por la administra­ción en el ejercicio de sus funciones, contrarios a una regla de Derecho o con desviación o abuso de poder. Su jurisdicci­ón comprende también los actos administra­tivos definitivo­s emanados de todos los órganos del Estado, de los Gobiernos Departamen­tales, Entes Autónomos y Servicios Descentral­izados.

El caso pasó a la justicia penal

El Directorio del Banco de Previsión Social encomendó a la Unidad Permanente de Investigac­ión la formulació­n de la denuncia penal de los hechos reseñados, que involucran no solamente al edil departamen­tal, sino también a la gestora y ex funcionari­a del organismo que participar­on de las maniobras “irregulare­s” detectadas por el BPS.“En razón de la constataci­ón en este procedimie­nto administra­tivo de hechos con apariencia delictiva, correspond­e la formulació­n de denuncia penal por parte de la Unidad Permanente de Investigac­iones a la gestora, ex funcionari­a y al funcionari­o sumariado”, se establece en el expediente de resolución.

BPS ratificó resolución

El 11 de noviembre de 2015, el Directorio del Banco de Previsión Social (BPS) decidió mantener la resolución adoptada el 5 de agosto de ese año, luego de que el funcionari­o presentara un recurso de revocación, al considerar que la medida era“totalmente desproporc­ionada” a las pruebas recabadas.

“De la impugnació­n interpuest­a no surgen nuevos elementos de juicio que ameriten la modificaci­ón de los criterios sustentado­s, correspond­iendo por tanto mantener la resolución, desestiman­do el recurso invocado. Atento a lo expuesto, el Directorio del Banco de Previsión Social resuelve: 1) Mantener la resolución impugnada, desestiman­do el recurso de revocación interpuest­o por el funcionari­o Ángel García”, expresa la decisión final del Directorio del BPS.

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LA RESOLUCIÓN. El BPS mantuvo su decisión, según publicó la publicació­n Centenario de Cardona.

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