La Justicia decidió que la niña María vuelva a España
En octubre de 2017, la madre de la niña había pedido a la Justicia que revisara el caso.
Suprema Corte de Justicia (SCJ) desestimó este jueves el recurso de revisión interpuesto por la defensa de la madre de una niña que debía ser restituida a España por disposición del Tribunal de Apelaciones de Familia de 1° Turno y el Juzgado Letrado de Familia de 8° Turno.
Esto se da luego de dos años de idas y vueltas, en los que la madre de María, de 6 años, acusó sistemáticamente al padre de la pequeña de haber abusado de la menor luego de notar comportamientos extraños en ella tras un viaje a Uruguay en 2016.
Cabe destacar que la decisión de la SCJ no podrá ser apelada, por lo que María deberá viajar a ‘la madre patria’, donde vive su padre y allí, la Justicia decidirá sobre las denuncias que realizó la mujer.
Según explicó a Telenoche uno de los abogados de la madre, Carlos Beceiro, lo que se desestimó fue el recurso de revisión que se planteó en octubre "porque no encontraron caudal probatorio suficiente".
En tanto, otra de las abogadas, Eugenia Cal, dijo que la niña volverá con las medidas de seguridad que habían sido impuestas por el tribunal de apelaciones. "Esto tiene que ver con las medidas de no acercamiento, de no comunicación y la tenencia por parte de la madre, además de que no hayan medidas penales contra ella", agregó.
Ya La integrante de la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica, Teresa Herrera, dijo tras conocer el fallo que este jueves "debe ser uno de los más terribles días para los Derechos Humanos de las niñas, niños, adolescentes y mujeres en Uruguay":
"No solo tenemos este tremendo fallo que obliga a una niña que ya está radicada en nuestro país, con todo lo que ya ha pasado, a volver al desarraigo, irse a un país al que ella no quiere volver y al cual le tiene miedo", señaló.
Además, dijo que la Ley Integral contra la Violencia de Género "no se va a poner en vigencia porque votaron letra muerta, no le van a dar recursos, no es prioridad para lo que significa la Rendición de Cuentas".
"Hoy es un día de luto para todas nosotras, hoy es un día terrible porque la vida y la felicidad de niños, niñas, adolescentes y mujeres no es una prioridad y no se lo contempla tampoco en los fallos judiciales", agregó.
El caso
María, de nacionalidad uruguaya, vino al país con su hija en abril de 2016 con un pasaje de vuelta a España, donde convivía con el padre de la pequeña.
Una vez en Uruguay, la mujer empezó a notar comportamientos extraños en la niña de cuatro años y por ello decidió llevarla al psicólogo.
La perito psicóloga forense, Ana Nin, que vio a la pequeña explicó que a través del juego "expresa miedos a la figura masculina que representa un rol paterno ausente o agresivo".
"La niña ha sido espectadora de situaciones de violencia doméstica y protagonista de conductas inadecuadas y violentas por parte de su padre", agregó.
Además, señaló que a través "del material lúdico evidencia un apego seguro con su madre y ve a la figura del padre como agresivo y distante".
Desde esa fecha hasta ahora ni madre e hija regresaron a España pese a los reiterados intentos del padre, quien presentó ante la Justicia española un recurso de restitución.
En ese año, un juez de Familia resolvió que la niña debía regresar a su país natal y meses más tarde, un tribunal de apelaciones confirmó esa sentencia. En octubre de 2017, madre e hija debían viajar pero la defensa de la mujer solicitó que la SCJ revisara el caso
El 3 de octubre de 2017, la SCJ dio lugar al recurso de revisión presentado por la defensa de la madre de la menor y dispuso, entonces, la suspensión de la restitución internacional.
El presidente de este órgano, Jorge Chediak, señaló en ese momento, que no se trataba de una negativa a la orden de restitución, sino de una suspensión provisoria a efectos de analizar la solicitud.
Chediak explicó que esta decisión se tomó en base al miedo que dice sentir la niña de volver al país donde reside su padre a quien "ve como una amenaza". De todas formas, sostuvo que las pericias realizadas por el Instituto Técnico Forense no arrojaron pruebas concluyentes sobre un abuso y que "se negó la eventualidad de una contradicción entre sentencias".