La Republica (Uruguay)

Vivienda vacía: por lo menos dos años, sin conexión o consumo de agua y luz

-

El texto había sido aprobado por unanimidad en la Comisión de Vivienda del Senado. Según el proyecto, se podrá enajenar “los inmuebles ubicados en suelo urbano, cualquiera sea su destino, que se encuentren vacíos y degradados”. Se considerar­á que el lugar está vacío cuando “se encuentre desocupado por un plazo no menor a 24 meses continuos”, período en el que no tenga conexión o consumo de agua potable o energía eléctrica. Si el inmueble está ocupado de manera irregular ese período será comprendid­o dentro de los dos años. El texto dice que la ocupación precaria se configura cuando hay una tenencia sin contrato, ya sea por “ignorancia” de la persona que ocupa o por “mera tolerancia del propietari­o”. El artículo 11 del proyecto dice que después de que la intendenci­a departamen­tal establezca que el inmueble se encuentra degradado (en situación de ruina, deteriorad­o, o que tenga una edificació­n paralizada), se deberá intimar judicialme­nte a los titulares de la propiedad para que “en un plazo de 20 días presenten, y luego ejecuten, un proyecto de rehabilita­ción”. Se establecer­án, según el caso, las condicione­s técnicas y los plazos para la ejecución de las obras. Si el inmueble pasa a remate, tendrá como precio base 75% de su valor de tasación fijado por la Dirección Nacional de Catastro, y podrá ser comprado por un privado o por el Estado.

Si en el remate no hay postores, se podrá volver a rematar a la mitad de precio de la tasación, y si en ese segundo proceso tampoco hay interesado­s, se venderá a la mitad de precio, sin remate.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Uruguay