Inhibir a Murro “por 10 años, seria una cosa casi estrafalaria”
José Korzeniak dijo que la privación a la candidatura del ministro “va contra el sentido de la Constitución”.
El constitucionalista José Korzeniak dijo a LA REPÚBLICA que inhibir a Ernesto Murro para ser candidato a la Presidencia por el Frente Amplio por “10 años, sería una cosa casi estrafalaria”. A su vez señaló que el antecedente de la Corte Electoral en 2004 que indica que no dejaría al ministro “va contra el sentido de la Constitución”, siendo que “no es un letrismo no bien aplicado”.
E l constitucionalista José Korzeniak dijo a LA REPÚBLICA que inhibir a Ernesto Murro para ser candidato a la Presidencia por el Frente Amplio por “10 años, sería una cosa casi estrafalaria”. A su vez señaló que el antecedente de la Corte Electoral en 2004 que indica que no dejaría al ministro “va contra el sentido de la constitución”, siendo que “no es un letrismo no bien aplicado”.
Que si, que no
Entre semana, y después de buscar un candidato independiente a cual respaldar, tanto él como su sector, dejando de lado a aspirantes a ello como Danilo Astori, José Mujica propuso al ministro de Trabajo y Seguridad Social Ernesto Murro. El jerarca aceptó el desafío indican que será“un honor y una emoción” emprender ese camino para ocupar el sillón de Tabaré Vázquez apuntando a un cuarto periodo de gobierno frenteamplista.
Lo que parecía simple, un camino más de un aspirante con el afán de llegar a la presidencia, tuvo piedras en el camino después que el catedrático en derecho constitucional Martín Risso asegurara que el ministro de Trabajo no puede ser candidato a la Presidencia de la República en las próximas elecciones porque el artículo 195 de la Constitución se lo prohibiría. “Un antecedente que hay en la Corte Electoral, del año 2004, en el cual el banco de BPS le hizo una consulta a la Corte Electoral preguntando si los directos sociales, podían ser reelectos. Y la corte dijo que si”, contó el constitucionalista José Korzeniak. A su vez agregó que la Corte hizo un estudio en paralelo pese a que “no siendo este el tema que le consultaban, sobre los otros directores, los políticos” e indicaron que “tenían que dejar pasar un periodo de gobierno, entendiendo por ello hasta que pasaran las otras elecciones”. Esa postura seria negativa a la propuesta que un director que haya sido del BPS tendría que esperar hasta que pasen las próximas elecciones para ser candidato, por ende a los 10 años podría ejercer un cargo público.
Podría ser candidato
El constitucionalista cargó contra la Corte Electoral debido a que la solución que encontró en el antecedente de 2004 no tiene razón de ser. “A mi me parece que la solución de la Corte Electoral en ese punto, que no es el que se le consultaba, me parece que es de un letrismo no bien aplicado” de tal forma que “no lo comparto”. A su vez agregó que “la Corte tuvo un criterio de absoluto contra directores políticos y de un antiletrismo casi absoluto para que los directores sociales pudieran ser reelectos”.
“En lineas generales me parece que el criterio de la Corte Electoral debiera haber sido, primero limitarse a lo que le pidieron, pero que debía ser un criterio amplio”, añadió el constitucionalista José Korzeniak.
“Hay un principio en materia de ciudadanía que en caso de duda, debe optarse por la insistencia derechos y no por la insistencia de no derecho”, comentó a su vez, asegurando que bajo ese principio, en el pasado Mario Carminati (electo intendente de Paysandú), “se presentaba como candida- to a intendente de Montevideo, y la constitución exige ser nativo del departamento o estar radicado en el en los últimos 3 años. Él tenia un estudio jurídico en Montevideo, venia seguido a Montevideo, y por lo tanto opiné con el criterio amplio, en al duda hay que optar por que el ciudadano pueda ejercer su derecho”.
Indicando eso y apuntando al ministro Ernesto Murro que pretende ser candidato a la Presidencia por el Frente Amplio, dijo que “la interpretación letrista tiene que ser en el sentido de que la constitución sea clara y no puedo encontrar que la constitución sea clara inhiba a un ciudadano a desempeñar cargos públicos durante 10 años, seria una cosa casi estrafalaria. La solución tendría que ser la otra”. A su vez señaló que el antecedente de la Corte Electoral en 2004 que indica que no dejaría al ministro “va contra el sentido de la constitución”.
Quien se refirió a la constitucionalidad para ser candidato fue justamente el ministro de Trabajo, que en diálogo con LA REPÚBLICA, rebatió la interpretación del constitucionalista Martín Risso, además de otras que se han hecho y aseguró que aquí lo que se quiere imponer es que “un director del BPS no puede ser candidato a nada por diez años o más después de haber sido director”. “En el caso de lo que se está hablando, de lo que podría ser una limitación Constitucional me gustaría hacer alguna reflexión. Por ejemplo, una de las limitaciones que tiene la constitución, es que el presidente de la República no puede ser reelecto inmediatamente. Y ahí estamos hablando de la máxima autoridad del país y una de las mayores disposiciones que tiene la Constitución”. Recordó que “así ha pasado con Sanguinetti, con Vázquez que aunque lo hubieran deseado no pueden ser reelectos de inmediato. ¿Qué sucede? Dejan de ser presidentes y a los tres o cuatro años ya pueden empezar a proponer su candidatura y a hacer campaña electoral. Pasaron solamente tres o cuatro años después que dejaron de ser presidentes”.