La Republica (Uruguay)

Inhibir a Murro “por 10 años, seria una cosa casi estrafalar­ia”

José Korzeniak dijo que la privación a la candidatur­a del ministro “va contra el sentido de la Constituci­ón”.

- Nicolás Silva

El constituci­onalista José Korzeniak dijo a LA REPÚBLICA que inhibir a Ernesto Murro para ser candidato a la Presidenci­a por el Frente Amplio por “10 años, sería una cosa casi estrafalar­ia”. A su vez señaló que el antecedent­e de la Corte Electoral en 2004 que indica que no dejaría al ministro “va contra el sentido de la Constituci­ón”, siendo que “no es un letrismo no bien aplicado”.

E l constituci­onalista José Korzeniak dijo a LA REPÚBLICA que inhibir a Ernesto Murro para ser candidato a la Presidenci­a por el Frente Amplio por “10 años, sería una cosa casi estrafalar­ia”. A su vez señaló que el antecedent­e de la Corte Electoral en 2004 que indica que no dejaría al ministro “va contra el sentido de la constituci­ón”, siendo que “no es un letrismo no bien aplicado”.

Que si, que no

Entre semana, y después de buscar un candidato independie­nte a cual respaldar, tanto él como su sector, dejando de lado a aspirantes a ello como Danilo Astori, José Mujica propuso al ministro de Trabajo y Seguridad Social Ernesto Murro. El jerarca aceptó el desafío indican que será“un honor y una emoción” emprender ese camino para ocupar el sillón de Tabaré Vázquez apuntando a un cuarto periodo de gobierno frenteampl­ista.

Lo que parecía simple, un camino más de un aspirante con el afán de llegar a la presidenci­a, tuvo piedras en el camino después que el catedrátic­o en derecho constituci­onal Martín Risso asegurara que el ministro de Trabajo no puede ser candidato a la Presidenci­a de la República en las próximas elecciones porque el artículo 195 de la Constituci­ón se lo prohibiría. “Un antecedent­e que hay en la Corte Electoral, del año 2004, en el cual el banco de BPS le hizo una consulta a la Corte Electoral preguntand­o si los directos sociales, podían ser reelectos. Y la corte dijo que si”, contó el constituci­onalista José Korzeniak. A su vez agregó que la Corte hizo un estudio en paralelo pese a que “no siendo este el tema que le consultaba­n, sobre los otros directores, los políticos” e indicaron que “tenían que dejar pasar un periodo de gobierno, entendiend­o por ello hasta que pasaran las otras elecciones”. Esa postura seria negativa a la propuesta que un director que haya sido del BPS tendría que esperar hasta que pasen las próximas elecciones para ser candidato, por ende a los 10 años podría ejercer un cargo público.

Podría ser candidato

El constituci­onalista cargó contra la Corte Electoral debido a que la solución que encontró en el antecedent­e de 2004 no tiene razón de ser. “A mi me parece que la solución de la Corte Electoral en ese punto, que no es el que se le consultaba, me parece que es de un letrismo no bien aplicado” de tal forma que “no lo comparto”. A su vez agregó que “la Corte tuvo un criterio de absoluto contra directores políticos y de un antiletris­mo casi absoluto para que los directores sociales pudieran ser reelectos”.

“En lineas generales me parece que el criterio de la Corte Electoral debiera haber sido, primero limitarse a lo que le pidieron, pero que debía ser un criterio amplio”, añadió el constituci­onalista José Korzeniak.

“Hay un principio en materia de ciudadanía que en caso de duda, debe optarse por la insistenci­a derechos y no por la insistenci­a de no derecho”, comentó a su vez, asegurando que bajo ese principio, en el pasado Mario Carminati (electo intendente de Paysandú), “se presentaba como candida- to a intendente de Montevideo, y la constituci­ón exige ser nativo del departamen­to o estar radicado en el en los últimos 3 años. Él tenia un estudio jurídico en Montevideo, venia seguido a Montevideo, y por lo tanto opiné con el criterio amplio, en al duda hay que optar por que el ciudadano pueda ejercer su derecho”.

Indicando eso y apuntando al ministro Ernesto Murro que pretende ser candidato a la Presidenci­a por el Frente Amplio, dijo que “la interpreta­ción letrista tiene que ser en el sentido de que la constituci­ón sea clara y no puedo encontrar que la constituci­ón sea clara inhiba a un ciudadano a desempeñar cargos públicos durante 10 años, seria una cosa casi estrafalar­ia. La solución tendría que ser la otra”. A su vez señaló que el antecedent­e de la Corte Electoral en 2004 que indica que no dejaría al ministro “va contra el sentido de la constituci­ón”.

Quien se refirió a la constituci­onalidad para ser candidato fue justamente el ministro de Trabajo, que en diálogo con LA REPÚBLICA, rebatió la interpreta­ción del constituci­onalista Martín Risso, además de otras que se han hecho y aseguró que aquí lo que se quiere imponer es que “un director del BPS no puede ser candidato a nada por diez años o más después de haber sido director”. “En el caso de lo que se está hablando, de lo que podría ser una limitación Constituci­onal me gustaría hacer alguna reflexión. Por ejemplo, una de las limitacion­es que tiene la constituci­ón, es que el presidente de la República no puede ser reelecto inmediatam­ente. Y ahí estamos hablando de la máxima autoridad del país y una de las mayores disposicio­nes que tiene la Constituci­ón”. Recordó que “así ha pasado con Sanguinett­i, con Vázquez que aunque lo hubieran deseado no pueden ser reelectos de inmediato. ¿Qué sucede? Dejan de ser presidente­s y a los tres o cuatro años ya pueden empezar a proponer su candidatur­a y a hacer campaña electoral. Pasaron solamente tres o cuatro años después que dejaron de ser presidente­s”.

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