La Republica (Uruguay)

FA negocia apoyo opositor para aprobar reforma de Caja Militar

La norma que contravino el militar fue el artículo 53, inciso “c” del “R21”.

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El comandante en jefe del Ejército Guido Manini Ríos no fue sancionado por lo dispuesto por la Constituci­ón sino por contraveni­r el "R21", el Reglamento General del Servicio Nº 21 del Ejército Nacional, aprobado por el gobierno de Jorge Batlle.

El reglamento establece en el inciso "c" de su artículo 53 que es una falta disciplina­ria "pretender influir o intervenir, con prescinden­cia de las autoridade­s militares correspond­ientes, en el estudio y sanción de proyectos de leyes, reglamento­s, decretos y todo tipo de decisiones a considerac­ión de los poderes del Estado". Menéndez declaró que, si esa resolución fuera tomada ante faltas generadas por temas políticos, “otro hubiera sido el camino a seguir”, ya que se actuaría según el artículo 77, numeral 4, de la Constituci­ón de la República. . El ministro de Defensa compareció ayer ante la Cámara de Representa­ntes del Parlamento para comenzar a analizar el proyecto de ley orgánica de las Fuerzas Armadas. El objetivo es consolidar los principios de conducción, gobernabil­idad, liderazgo civil y control democrátic­o de las Fuerzas Armadas, para generar un sistema institucio­nal con jerarquías de decisión política y acción operativa. Desde el gobierno se entiende que Manini Ríos cometió un "error de análisis en la reforma" de la Caja Militar propuesta. La sanción se adoptó luego de que el Jefe del Ejército discrepara públicamen­te con el ministro de Trabajo Ernesto Murro sobre los efectos de la reforma de la Caja Militar. Por ejemplo, días atrás Manini Ríos criticó la reforma del sistema de retiros castrense y consideró que el ministro de Trabajo, Ernesto Murro, no está bien informado respecto a sus efectos. "No le puedo atribuir de ninguna manera al ministro mala fe ni puedo ni siquiera creer, y no lo creo, que mienta a sabiendas. Simplement­e creo que no está bien informado”, afirmó.

“La resolución del Poder Ejecutivo se enmarcó en el decreto 305 de 2003, que dispone el reglamento de faltas a la disciplina militar”, explicó ayer Menéndez.

“Se encontró que habían existido faltas disciplina­rias por parte del comandante en jefe y, ante eso, se llevó adelante la sanción de prisión a rigor por 30 días”, explicó. El arresto a rigor puede oscilar entre 1 y 60 días. Para el personal superior, correspond­en distinto tipo de sanciones. El arresto, ocupa el segundo lugar detrás del apercibimi­ento. La suspensión de cargo o destino y la privación de cargo o destino, ocupan el tercer y cuarto lugar

En rueda de prensa Menéndez dijo que existe “toda una determinac­ión de las faltas desde el punto de vista militar y se determinó que habían existido”. Aclaró también que él mismo notificó telefónica­mente a Manini Ríos sobre la sanción, dado que el jerarca militar se encuentra prestando una misión oficial en México y que la sanción fue acatada por el militar. El Jefe del Ejército cumplirá la sanción a partir del martes próximo.“Es un apartamien­to a disposicio­nes impartidas por parte del Poder Ejecutivo, por el presidente de la República, por el ministro de Defensa Nacional”, añadió. “Considerac­iones que se hicieron en reiteració­n por parte de un oficial con ese rango y que determinar­on este tipo de sanción”, insistió el titular del Ministerio de Defensa, tras agregar que él mismo lo notificó, por vía telefónica, la resolución a Manini Rios antes de que tomara carácter público.

“Es una sanción de carácter disciplina­rio, que podía ir desde un día a 60”, abundó, respecto de la resolución que dispone 30 días. “No es lo máximo y está dentro del elenco de medidas que el Poder Ejecutivo puede determinar”, sostuvo.

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