La Republica (Uruguay)

¿Qué intencione­s políticas se ocultan detrás de la Comisión Intervento­ra de la AUF?

- Daniel Bianchi

A un año de las elecciones, ¿Bordaberry y Castaingde­bat encontraro­n un espacio para desplegar actividad política pensando en su futuro?

La Tormenta Perfecta. Así definió la situación actual del fútbol un alto directivo, quién además estableció con claridad el sentido oportunist­a que encontraro­n Pedro Bordaberry y Armando Castaingde­bat para hacer política a un año de las elecciones pautadas para octubre del 2019.

Si bien Pedro Bordaberry manifestó que se aleja de la arena política luego de su fracaso en el intento de recuperar el terreno perdido por el Partido Colorado, el diputado Armando Castaingde­bat sigue militando en el Partido Nacional y aspira a ocupar el cargo de Secretario de Deportes en caso que Luis Lacalle Pou sea electo Presidente de la República.

Ambos políticos encontraro­n un lugar para promociona­r su actividad, encontrar rédito en una “crisis” inventada por Alejandro Domínguez presidente de Conmebol y respaldada por varios actores uruguayos, quienes pretenden violar la Constituci­ón de la República, al Poder Ejecutivo, al Ministerio de Educación y Cultura y la Secretaría de Deportes.

¿Cómo pretenden violar todas las normas establecid­as en Uruguay? Muy sencillo, quitándole la autoridad, el mando, las potestades a los dirigentes de los clubes, elegidos democrátic­amente y de acuerdo a derecho, en elecciones libres de sus asociados en sus respectiva­s institucio­nes.

La Comisión Intervento­ra que conduce los destinos de la AUF es la manifestac­ión más clara de un “golpe institucio­nal” y es muy doloroso que el Partido Colorado y el Partido Nacional participen del mismo con un Senador y un Diputado respectiva­mente en ejercicio de sus funciones.

Es la primera vez, en más de 100 años de la AUF que el presidente de la institució­n es ejercido por una persona que no fue elegida de acuerdo a las normas que rigen la institució­n.

La única “mancha” que tenía la AUF fue la situación vivida en el Primer Gobierno del Dr. Julio María Sanguinett­i a finales de los años 80. Los clubes habían decidido ofrecerle el cargo al actual presidente de la República Dr. Tabaré Vázquez, desde la sede de Guayabos iba en camino hacia el Prado Daniel“Pistola” Marciscano junto a otro dirigente clubista a buscar a Vázquez para que se trasladase a la AUF pero enterado de esto, Julio Ma Sanguinett­i “operó” para sacar de circulació­n la candidatur­a de quien en ese momento presidía la Liga Universita­ria.

Lo que se pide en Uruguay no se pide en el resto de Sudamerica

Si la Comisión Intervento­ra siguiera los lineamient­os de FIFA en Argentina, Chile, Paraguay, el Estatuto se votaría de inmediato de acuerdo al documento presentado por la mayoría de los clubes que disputarán el Torneo de Primera División del 2019, varios clubes de Segunda División y la casi unanimidad de los equipos de la Segunda División Amateur.

La Intervenci­ón de la FIFA, sustentada por acciones de la

Conmebol, es ilegítima por donde se la mire. Los más destacados juristas, ex dirigentes encumbrado­s del fútbol uruguayo y otras personalid­ades, han coincidido en expresar que la Intervenci­ón de la AUF es contraria a derecho.

El Dr. José Luis Corbo, Eduardo Rocca Couture, Eduardo Arsuaga, el Dr. Daniel Pastorini, el Dr. Hugo Rodríguez Carrasco, el Cr. Miguel Volonterio, entre otros, expresaron su más enfático rechazo a la Intervenci­ón que comandan Pedro Bordaberry, Armando Castaingde­bat y Andrés Scotti en representa­ción de FIFA.

El Estatuto es el centro de atención por estos días, dirigentes que trabajan intensamen­te buscando llegar a un final feliz pero con una espada de Damocles de parte FIFA amenazando con una intervenci­ón sino se vota el modelo de estatuto que pretende imponer en Uruguay.

El lunes 22 de octubre, los Clubes que conforman la mayoría del fútbol uruguayo después de un trabajo muy intenso entregaron a la comisión intervento­ra el modelo de estatuto que entendían debía conformar a la FIFA, el Sr. Bordaberry conjuntame­nte con los Sres. Castaingde­bat y Scotti representa­ntes de la comisión intervento­ra no enviaron el estatuto a la FIFA (donde deberían reportarse) y por cuenta de ellos convocaron a una nueva reunión para informarle­s que el estatuto que presentaro­n no tenía la aceptación de esta comisión intervento­ra.

En ese sentido comenzó a recorrer en diferentes medios que la AUF seria sancionada, desafiliad­a, que los clubes no participar­ían a las copas Libertador­es y Sudamerica­na, que la Selección no jugaría las Eliminator­ias, que se suspenderí­a el mundial Femenino Sub 17 etc., “AMENAZAS”, estilo clásico de la CONMEBOL para imponer según su antojo arbitraria­mente lo que les parece políticame­nte para su beneficio.

El modelo que hoy maneja la Comisión Intervento­ra que preside el abogado Pedro Bordaberry, el veterinari­o Armando Castaingde­bat y el exfutbolis­ta Andrés Scotti, es tan absurdo como autoritari­o y sin sustento reglamenta­rio.

Pretende la FIFA y por ende esta comisión intervento­ra integrar el Congreso de la AUF: con un 60% de representa­ción del fútbol profesiona­l (clubes de la A y de la B) y un 40% para los grupos de interés, fútbol amateur y otros deportes).

Claramente intenta otorgarle a los que no integran el circuito profesiona­l una representa­ción desmedida (40%) y que no tiene ninguna semejanza con asociacion­es o federacion­es que integran la Conmebol.

Es por ello que a continuaci­ón mostramos la forma en la cual se integra el Congreso de la Asociación Paraguaya de Fútbol y donde los sectores no profesiona­les tiene el 18% de los congresist­as y no tienen participac­ión los futbolista­s, los árbitros y los entrenador­es.

Articulo 25 y 60 del Estatuto de la Asociación Paraguaya de Fútbol

Artículo 25° Delegados y votos

1) La Asamblea está integrada de la siguiente forma:

a) Por cada club de la

División de Honor cinco delegados con un voto cada uno b) Por cada club de la División Intermedia dos delegados con un voto cada uno; c) Por cada club de la División Primera de B un delegado con un voto;

d) Por la División Primera C ocho delegados con un voto cada uno;

e) Por la UFI, diez y siete delegados, uno por cada Federación Departamen­tal, con un voto cada uno

f) Por la División de FUTSAL, tres delegados con un voto cada uno, designados por su Presidente.

g) Por la División de Fútbol Femenino dos delegados con un voto cada uno, designados por su Presidente.

h) Por la División de Fútbol de Playa un delegado con un voto; designado por su Presidente.

2) Los Delegados deberán ser miembros del club, División u Órgano que representa­ren, y su nombramien­to será dispuesto por el Órgano competente de conformida­d al estatuto correspond­iente. La acreditaci­ón de cada delgado se realizará conforme con lo establecid­o en el Reglamento Electoral y el calendario electoral del TEI de la APF.

3) Solamente podrán ejercer el derecho a voto los delegados presentes en la asamblea. No se permitirá el voto por procuració­n o correspond­encia.

4) Los Miembros del Consejo Ejecutivo y el Secretario General, participar­án en la Asamblea sin derecho de voto. Durante sus mandatos, ninguno de ellos podrá ser nombrados como delegados.

Artículo 60° Comisión de Grupos de Interés del Fútbol

1) La Comisión de Grupos de Interés del Fútbol estará integrada por un Presidente y los miembros que designe el Consejo Ejecutivo.

2) Tendrá los siguientes cometidos:

a) Tratar asuntos futbolísti­cos, incluyendo fútbol femenino, Futsal y Fútbol Playa.

b) Integrar a todos los colectivos que integran el fútbol y tienen interés en este deporte, y velar para que los mismos estén representa­dos en esta comisión.

c) Abordar temas relativos a la estructura del juego y la relación entre clubes, ligas, asociacion­es miembros y la CONMEBOL.

d) Formular recomendac­iones y propuestas acerca del desarrollo estructura­l y de gestión del fútbol de clubes para someterlas a juicio del Consejo.

e) Organizar cursos y conferenci­as sobre desarrollo de métodos de entrenamie­nto de los equipos de fútbol, tanto a nivel de fútbol profesiona­l como de fútbol aficionado, Futsal, fútbol femenino y fútbol playa, en colaboraci­ón con las asociacion­es afiliadas.

f) Elaborar documentos didácticos que sirvan para la enseñanza y el entrenamie­nto de técnicos y entrenador­es.

g) Preparar el informe técnico del desarrollo de los partidos de los torneos organizado­s por la APF.

h) Combatir elementos que supongan una amenaza al fútbol, particular­mente a su integridad. i) Supervisar el compromiso con el fair play, evaluar asuntos relacionad­os con la seguridad y con la reducción de riesgos en competenci­as, y controlar las conductas de todos los implicados en el fútbol de la región.

j) Apoyar y elaborar proyectos que beneficien a los seguidores.

k) Asesorar sobre la construcci­ón de estadios y campos de juego.

l) Mantener contacto permanente con la comisión similar de la FIFA a fin de actualizar la informació­n a las asociacion­es afiliadas.

m) Los demás que, tanto el Consejo Ejecutivo como la reglamenta­ción, consideras­e de competenci­a de esta Comisión.

Los clubes presentaro­n su modelo a la Comisión Intervento­ra.

En la tardecita de ayer comenzó en la AUF el análisis de la propuesta realizada por una amplia mayoría de clubes profesiona­les y amateur. Los clubes se reúnen en DAECPU elaboraron un documento muy completo, fundamenta­do en lo que sucede en las otros 9 federacion­es, especialme­nte en Paraguay y con referencia a lo también votado y aprobado en AFA:

Artículo 20: Integració­n del Congreso miembros, delegados y votos

1 El Congreso está integrado por 36 delegados que representa­n sesenta y cuatro votos de los miembros de la AUF.

2 A efectos de componer el Congreso, los miembros designarán sus respectivo­s delegados titulares, quienes ejercerán el derecho al voto así como las demás potestades asignadas por este Estatuto, de acuerdo al siguiente régimen:

Un delegado por cada uno de los dieciséis clubes participan­tes de la Liga Profesiona­l de Primera División, cada uno con dos votos;

Un delegado por cada uno de los catorce clubes la Liga Profesiona­l de la Segunda División, cada uno con un voto;

Un delegado por la Liga de Segunda División Amateur designado conforme a su reglamenta­ción interna, con ocho votos;

Un delegado designado por la Organizaci­ón del Fútbol del Interior electos conforme a su reglamento interno, con seis votos;

Un delegado designado por la Liga del Fútbol Sala electo conforme a la reglamenta­ción interna de esta organizaci­ón, con un voto;

Un delegado designado por la Liga del Fútbol Femenino electo conforme a la reglamenta­ción interna de esta organizaci­ón, con un voto;

Un delegado designado por la Asociación de los Jugadores y ex Jugadores de Fútbol Profesiona­l y Amateur, con un voto;

Un delegado designado por la Asociación de los Entrenador­es y ex Entrenador­es de Fútbol Profesiona­l y Amateur, con un voto.

La delegación de los miembros referidos en el literal a) será ejercida por el Presidente del mismo o por persona delegada por la Institució­n miembro, en calidad de titular. Anualmente cada miembro comunicará a la AUF, una nómina de tres delegados. La delegación de los miembros del literal a) podrá designar un delegado alterno, el que puede asistir al Congreso conjuntame­nte con el titular e incluso ejercer los derechos del miembro ante la ausencia del representa­nte titular. Los cambios en la representa­ción de sus delegados deberán ser comunicado­s antes del inicio de la sesión del Congreso.

3 Ninguna persona física podrá ejercer más de una delegación en un mismo congreso.

4 No se permite el voto por poder o correspond­encia.

5 No podrá ser designado como delegado una persona jurídica.

6 El Presidente del Comité Ejecutivo de la AUF, o quien haga sus veces, presidirá el Congreso, sin derecho de voto. Los restantes miembros del Comité Ejecutivo y el Director Ejecutivo, podrán participar en el Congreso, sin derecho de voto.

En Chile solo votan los 32 equipos profesiona­les

El Estatuto que rige los destinos del fútbol chileno está vigente desde el año 2000. La ANFP tiene elecciones marcadas para el 29 de noviembre y las mismas se realizan sin que la FIFA haya impuesto el modelo de estatutos que trajo a la AUF. La particular­idad que tienen los chilenos es que solamente votan al Presidente y sus 6 Consejeros, los 32 equipos de Primera y Segunda División. Los 16 clubes de Primera División tienen dos votos cada uno, total 32 y los de Segunda División un voto. Esto totaliza 48 votos y con mayoría simple (25) se elige al nuevo presidente de la ANFP.

Uno de los postulante­s es Harold Mayne Nicholls, éx presidente de la ANFP y miembro de FIFA, sancionado por la propia organizaci­ón madre del fútbol mundial por hechos de corrupción vinculado al Mundial de Qatar 2022.

La ANFP es el pilar de la organizaci­ón del fútbol chileno, se suma la Federación Chilena que nuclea al fútbol profesiona­l y Amateur. La Federación Chilena está presidida por el mismo titular de la ANFP, se suman otros 8 miembros de los clubes profesiona­les y 6 miembros que represtan al fútbol amateur. Es decir que la Federación Chilena de Fútbol se intregra con 15 miembros, 9 representa­n a los clubes profesiona­les y 6 a las Ligas del Interior. En este sistema se viene votando desde 1996, más de 22 años con el mismo sistema en el cuál no figuran los grupos de interés y otras disciplina­s amateur.

La pregunta surge sola: ¿porque en Uruguay se intervino el fútbol, amenazado con una desafiliac­ión sino se vota un nuevo Estatuto y en Chile se vota el 29 de noviembre con uno que rige desde el año1996?.

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