Ministro de la SCJ critica nuevo CPP
El ministro de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Jorge Chediak dijo en Informativo Carve que la aplicación del nuevo Código del Proceso Penal ha llevado a una baja en las penas, y que el sistema es benigno con los delincuentes.
El jerarca judicial afirmó que se le han dado“demasiadas herramientas a los fiscales para hacer acuerdos” que finalizan en juicios abreviados. Este tipo de juicios implican necesariamente una reducción de las penas que deben cumplir los delincuentes.
En este sentido, Chediak afirmó que no se hizo el nuevo Código del Proceso Penal para evitar juicios y opinó que quienes cometieron rapiñas y rapiñas agravadas no pueden tener la posibilidad de juicio abreviado.
El tiempo de demora de los juicios pasó de 15 meses a un mes con el nuevo sistema.
Chediak coincidió con el fiscal en Crimen Organizado, Luis Pacheco, quien criticó duramente al nuevo Código de Proceso Penal implementado el 1° de noviembre de 2017. Según el ministro de la Suprema Corte de Justicia, hay que hacer inevitables ajustes al nuevo Código.
Por otro lado, el jerarca puntualizó que hay que instrumentar medidas de seguridad mayores en los juzgados debido a que se han producido problemas de desacato que no ocurrían con el antiguo sistema.
Finalmente, Chediak indicó que no ha habido una participación importante de las víctimas en los juicios como se preveía, “esto hay que mejorarlo”.
En tanto, la Fiscalía General de la Nación publicó recientemente en su página web la “Instrucción N° 10”dirigida a los fiscales sobre el proceso abreviado y la suspensión condicional del proceso.
El proceso abreviado tiene como base un acuerdo entre el fiscal y el imputado —debidamente asistido por su defensa— en el que el acusado acepta los hechos que se le imputan y los antecedentes de la investigación, a cambio de una rebaja de la pena.
En la suspensión condicional del proceso, el acusado debe cumplir una serie de condiciones en determinado plazo. Durante ese tiempo el proceso penal queda congelado. Por ejemplo, una persona se compromete a pagar una suma de dinero que robó a un comercio. Si no cumple, continúa el juicio. En caso de que sí lo haga, se realiza una audiencia y finaliza el proceso. Finalmente, la Fiscalía General de la Nación el Consejo Honorario de Instrucciones Generales, aprobándose por unanimidad la Instrucción General N° 10, referente a la suspensión condicional del proceso y la aplicación del proceso abreviado. En cuanto al alcance del acuerdo arribado por las partes, los fiscales deberán tener presente que la negociación con el acusado y su defensa pueden alcanzar los siguientes aspectos: calificación jurídica del delito, la pena aplicable (podrá reducirse hasta una tercera parte de aquella aplicable al caso concreto, pudiendo esto implicar la aplicación de una pena inferior a la mínima legal prevista para el delito en cuestión). La pena disminuida no podrá ser inferior al mínimo previsto para los delitos de violación, abuso sexual, atentado violento al pudor y homicidio.
El imputado deberá cumplir de manera efectiva y en todos sus términos con el acuerdo alcanzado con la Fiscalía.