Plan de Acción Integral Conjunto (Acuerdo Nuclear de Irán con P5 + 1): El Gran Logro de la Diplomacia Multilateral frente al Unilateralismo
El 14 de julio de 2015 fue un día memorable en la historia de la diplomacia. En este día, el Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) después de 12 años de negociaciones intermitente y 22 meses de diálogos intensivos, fue acordado entre Irán y el P5 + 1 (Estados Unidos, Francia, Reino Unido, Rusia, China y Alemania). Este acuerdo posteriormente el 20 de julio del mismo año fue adoptado por consenso, como un apéndice de la Resolución 2231 del Consejo de Seguridad de la ONU. PAIC fue un ejemplo ilustre de la efectividad de la diplomacia en la solución pacífica de disputas, sin embargo, el presidente de EEUU, Donald Trump, el 8 de mayo de 2018 se retiró ilegalmente de PAIC, violando así la Resolución vinculante 2231. Esto mientras, según El Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), la República Islámica de Irán cumplía plenamente con todas sus obligaciones en el marco del acuerdo. Dadoel lugar de PAIC en el ámbito de la
Diplomacia y el Derecho Internacional, me dedico a explicar en este escrito,la importancia de PAIC; las consecuencias de su violación unilateral;y las medidas adoptadas por Irán a fin de salvar el acuerdo:
La importancia de PAIC
- Promover el papel y elevar el lugar de la diplomacia en la solución pacífica de las controversias;
- Mantener las actividades nucleares de Irán bajo el sistema más fuerte de verificación y supervisión de la OIEA, mientras que en el Oriente Medio y Asia hay países que incluso evitanfirmar el Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP) y han conseguidoarmas nucleares.No obstante en el contexto de dicha verificación, OIEA ha confirmado en 15 informes publicados hasta junio de 2019, el cumplimiento total de Irán con sus obligaciones ante PAIC;
- La implementación voluntaria del Protocolo Adicional de TNP por parte de Irán (que ha sido miembro de OIEA desde 1958 y se ha unido alTNP desde 1970);
- El fin de las incertidumbres infundadas acerca de las actividades nucleares pacíficas de Irán;
Consecuencias de la retirada unilateral de PAIC y violación de la Resolución 2231
- Pérdida decredibilidad de las Naciones Unidas y el Consejo de Seguridad;
- El colapso de la legitimidad técnica de OIEA;
- Debilitaciónde las estructuras de la diplomacia multilateral y el Derecho Internacional;
- El aumento de desconfianza entre los países antelos acuerdos y compromisos que tienen unos con otros en el sistema internacional;
- Disminución del ejercicio de la diplomacia de ganar-ganar en solución de las divergencias;
- Superioridad del unilateralismo subversivo en el sistema internacional;
Los esfuerzos de Irán para salvar a PAIC (después del 8 de mayo de 2018)
- En el marco del artículo 26 de PAIC, Irán en respuesta a la violación unilateral del acuerdo nuclear, podía detener de inmediato el cumplimiento de su obligacióntotal o parcial. No obstante, Teherán prescindióde ejercer de forma rápida su derecho en este caso, y abogó al revés por la contención, dando a la diplomacia una segunda oportunidad; - Activación del artículo 36 de PAIC por parte de Irán a fin de aprovechar el mecanismo de la“Comisión Conjunta para la Resolución de Disputas”con el objeto de tratar las violaciones unilaterales del acuerdo;
- Continuación con la aplicación voluntaria del Protocolo adicional; - Continuación con una cooperación amplia y transparente con la OIEA,a la conformidad con el último informe (el 3 de marzo de 2020) de este organismo que establece:“OIEA sigueverificando la no desviación del material nuclear declarado por Irán, tanto dentro como fuera de las instalaciones nucleares del país persa”;
Como se desprende de las explicaciones anteriores, la República Islámica de Irán, como un actor lógico y confiable en el sistema internacional, a pesar del desequilibrio ocasionado entre sus obligaciones e intereses en PAIC, continúa adhiriéndose de forma responsable a este acuerdo y pide a los demás países miembros que vuelvan a la plena implementación de sus compromisos bajo PAIC en el marco del respeto a la Carta de las Naciones Unidas, el
Derecho Internacional y el Multilateralismo, y que estén seguros que un trato respetuoso hacia el pueblo iraní se enfrentará con una respuesta justa y recíproca, ya que los iraníes, con su antigua cultura y civilización, jamásse rendirán ante la intimidación, la coerción y la injusticia.