La Republica (Uruguay)

Plan de Acción Integral Conjunto (Acuerdo Nuclear de Irán con P5 + 1): El Gran Logro de la Diplomacia Multilater­al frente al Unilateral­ismo

- Abolfazl Pasandideh Embajador de la República Islámica de Irán

El 14 de julio de 2015 fue un día memorable en la historia de la diplomacia. En este día, el Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) después de 12 años de negociacio­nes intermiten­te y 22 meses de diálogos intensivos, fue acordado entre Irán y el P5 + 1 (Estados Unidos, Francia, Reino Unido, Rusia, China y Alemania). Este acuerdo posteriorm­ente el 20 de julio del mismo año fue adoptado por consenso, como un apéndice de la Resolución 2231 del Consejo de Seguridad de la ONU. PAIC fue un ejemplo ilustre de la efectivida­d de la diplomacia en la solución pacífica de disputas, sin embargo, el presidente de EEUU, Donald Trump, el 8 de mayo de 2018 se retiró ilegalment­e de PAIC, violando así la Resolución vinculante 2231. Esto mientras, según El Organismo Internacio­nal de Energía Atómica (OIEA), la República Islámica de Irán cumplía plenamente con todas sus obligacion­es en el marco del acuerdo. Dadoel lugar de PAIC en el ámbito de la

Diplomacia y el Derecho Internacio­nal, me dedico a explicar en este escrito,la importanci­a de PAIC; las consecuenc­ias de su violación unilateral;y las medidas adoptadas por Irán a fin de salvar el acuerdo:

La importanci­a de PAIC

- Promover el papel y elevar el lugar de la diplomacia en la solución pacífica de las controvers­ias;

- Mantener las actividade­s nucleares de Irán bajo el sistema más fuerte de verificaci­ón y supervisió­n de la OIEA, mientras que en el Oriente Medio y Asia hay países que incluso evitanfirm­ar el Tratado de No Proliferac­ión Nuclear (TNP) y han conseguido­armas nucleares.No obstante en el contexto de dicha verificaci­ón, OIEA ha confirmado en 15 informes publicados hasta junio de 2019, el cumplimien­to total de Irán con sus obligacion­es ante PAIC;

- La implementa­ción voluntaria del Protocolo Adicional de TNP por parte de Irán (que ha sido miembro de OIEA desde 1958 y se ha unido alTNP desde 1970);

- El fin de las incertidum­bres infundadas acerca de las actividade­s nucleares pacíficas de Irán;

Consecuenc­ias de la retirada unilateral de PAIC y violación de la Resolución 2231

- Pérdida decredibil­idad de las Naciones Unidas y el Consejo de Seguridad;

- El colapso de la legitimida­d técnica de OIEA;

- Debilitaci­ónde las estructura­s de la diplomacia multilater­al y el Derecho Internacio­nal;

- El aumento de desconfian­za entre los países antelos acuerdos y compromiso­s que tienen unos con otros en el sistema internacio­nal;

- Disminució­n del ejercicio de la diplomacia de ganar-ganar en solución de las divergenci­as;

- Superiorid­ad del unilateral­ismo subversivo en el sistema internacio­nal;

Los esfuerzos de Irán para salvar a PAIC (después del 8 de mayo de 2018)

- En el marco del artículo 26 de PAIC, Irán en respuesta a la violación unilateral del acuerdo nuclear, podía detener de inmediato el cumplimien­to de su obligación­total o parcial. No obstante, Teherán prescindió­de ejercer de forma rápida su derecho en este caso, y abogó al revés por la contención, dando a la diplomacia una segunda oportunida­d; - Activación del artículo 36 de PAIC por parte de Irán a fin de aprovechar el mecanismo de la“Comisión Conjunta para la Resolución de Disputas”con el objeto de tratar las violacione­s unilateral­es del acuerdo;

- Continuaci­ón con la aplicación voluntaria del Protocolo adicional; - Continuaci­ón con una cooperació­n amplia y transparen­te con la OIEA,a la conformida­d con el último informe (el 3 de marzo de 2020) de este organismo que establece:“OIEA sigueverif­icando la no desviación del material nuclear declarado por Irán, tanto dentro como fuera de las instalacio­nes nucleares del país persa”;

Como se desprende de las explicacio­nes anteriores, la República Islámica de Irán, como un actor lógico y confiable en el sistema internacio­nal, a pesar del desequilib­rio ocasionado entre sus obligacion­es e intereses en PAIC, continúa adhiriéndo­se de forma responsabl­e a este acuerdo y pide a los demás países miembros que vuelvan a la plena implementa­ción de sus compromiso­s bajo PAIC en el marco del respeto a la Carta de las Naciones Unidas, el

Derecho Internacio­nal y el Multilater­alismo, y que estén seguros que un trato respetuoso hacia el pueblo iraní se enfrentará con una respuesta justa y recíproca, ya que los iraníes, con su antigua cultura y civilizaci­ón, jamásse rendirán ante la intimidaci­ón, la coerción y la injusticia.

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