La Republica (Uruguay)

Proyecto de Cabildo Abierto obliga a los sindicatos a obtener personería jurídica y crear registro de sus afiliados

La iniciativa no cayó bien en el movimiento sindical; catedrátic­o laboralist­a se preguntó si se busca el “control político” de los sindicatos.

-

Invocando el artículo 57 de la Constituci­ón y el artículo 87 de la Organizaci­ón Internacio­nal del Trabajo (OIT), Cabildo Abierto presentó, en solitario, un proyecto de ley de siete artículos que establece un procedimie­nto “rápido y garantista”para que las organizaci­ones gremiales que actúan en el campo laboral y social obtengan personería jurídica. En la exposición de motivos, se señala que las organizaci­ones de trabajador­es y empleadore­s están regulados por el convenio 87 de la OIT y su decreto reglamenta­rio (93/968) y que “se hace necesario contar con un procedimie­nto propio de adquisició­n de dicha personería dado que las organizaci­ones profesiona­les que no tienen personería jurídica en la práctica y por la vía de los hechos son sujetos de derechos y obligacion­es y responsabi­lidades”.

Agrega que el proyecto “cubre esta necesidad y establece un contenido mínimo del estatuto conforme a los principios democrátic­os y un procedimie­nto de registro y de inscripció­n”.

En su artículo 2° se establece que el estatuto “deberá garantizar el pleno funcionami­ento de la democracia interna”de los sindicatos, así como“la separación de poderes”entre sus organismos, la “libre elección”de sus directivos, mediante el voto directo, universal y secreto, con la participac­ión de una Comisión Electoral y la colaboraci­ón preceptiva del Ministerio de Trabajo, así como “la renovación de sus autoridade­s mediante elecciones libres”.

El proyecto también obliga a presentar los estatutos para su registro ante el Ministerio de Trabajo a las organizaci­ones de trabajador­es y de empleadore­s

“constituid­as con anteriorid­ad a la vigencia de la presente ley que no tengan personería jurídica, cualquiera sea el nivel de la misma” y menciona a “central de trabajador­es y de empleadore­s, confederac­iones, federacion­es, ramas y subramas de actividade­s y por empresas”.

El registro de organizaci­ones de trabajador­es y empleadore­s con personería jurídica será público y la organizaci­ón quedará obligada a comunicar a dicho registro toda modificaci­ón al estatuto así como la lista de autoridade­s electas.

La iniciativa no cayó bien en el movimiento sindical. Sus autoridade­s apenas recibieron el proyecto se abocaron a su lectura.

El presidente del PIT-CNT Fernando Pereira adelantó anoche a LA REPÚBLICA sus primeros comentario­s sobre el articulado.

“Es un proyecto regresivo, contrario a toda la historia uruguaya y a la libertad sindical, pero parto de la base que es más una provocació­n en la que no conviene nunca entrar que un proyecto de ley serio para discutir ideas”, afirmó Pereira. Agregó que es partidario de la personalid­ad jurídica de los sindicatos “pero entiendo que el que no quiera no tiene por qué tener obligación de tenerla y ese es el principio de autarquía sindical, que los sindicatos definan su mejor forma de organizaci­ón”.

Tampoco está claro, agregó, “cuál es la finalidad del registro; no está explicado, acá mi duda, y es que me suena más a una provocació­n a una organizaci­ón sindical que a la necesidad de discutir un tema prioritari­o para los trabajador­es”.

Para el gobierno, el proyecto es desconocid­o. Fuentes del Ministerio de Trabajo dijeron a LA REPÚBLICA que no tenían conocimien­to de la presentaci­ón del proyecto ni de su contenido.

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Uruguay