Emite Derechos Humanos recomendación a Sedena
MEXICALI — La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 59VG/2022 al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Luis Cresencio Sandoval González, derivada de las violaciones graves a derechos humanos por la privación de la vida en agravio de un elemento de la propia SEDENA.
El militar falleció durante un curso de entrenamiento realizado en Mexicali, Baja California, debido a acciones y omisiones por parte de las personas responsables del adiestramiento, pertenecientes a la misma Secretaría.
El 2 de diciembre de 2020, la Comisión Nacional recibió un escrito en el que la persona que presentaba la queja refirió que, el 24 de noviembre de 2020, le informaron que la víctima había fallecido y su cuerpo se encontraba en Mexicali, Baja California, donde sucedieron los hechos, sin brindarle información referente a las circunstancias que causaron el deceso.
Sin embargo, la necropsia arrojó que la persona había fallecido por asfixia, por lo que presentó la queja solicitando la intervención de la CNDH para aclarar lo ocurrido.
La investigación mostró que el día 24 de noviembre de 2020 se realizó un curso de fuerzas especiales en el desierto.
Cuando los militares cubrían los bunkers que anteriormente habían excavado, el servidor público que fungía como instructor ordenó a la víctima que se introdujera en el búnker número 8, a lo cual obedeció.
Una vez dentro, el instructor ordenó que lo taparan, por lo que arrojaron tierra y lo sepultaron.
Posteriormente, se ordenó a otros cuatro elementos que se introdujeran al mismo búnker y también los enteraron.
Un instructor caminó sobre la tierra que cubría a los militares, indicó la CNDH.
Los testimonios recopilados refieren que los responsables del grupo comenzaron a tomar fotografías riéndose de lo que ocurría y que este tipo de prácticas eran recurrentes por parte de ambos, sin que el responsable principal del grupo se percatara de ello, ya que lo hacían cada vez que se alejaba del lugar.
Auxiliados por compañeros que se encontraban fuera del búnker en ese momento, cuatro de los sepultados lograron salir sin darse cuenta de que la víctima quedó al interior, ni en qué momento fue ingresado al mismo.
Una de las personas que había estado enterrada se percató de que había perdido su cargador, por lo que, al buscarlo al interior del búnker apareció la víctima, quien yacía inconsciente, por lo que fue trasladada a un hospital.
No obstante, al llegar al nosocomio ya se encontraba sin signos vitales.
Las investigaciones de la CNDH evidencian que la víctima fue privada de la vida por acciones y omisiones de quienes estaban a cargo del entrenamiento, elementos adscritos a la SEDENA, con lo cual se violentó el derecho a la vida de la víctima y se alteraron los derechos de los integrantes de su familia.
Las personas servidoras públicas que se encontraban al mando no procuraron cumplir con el deber reforzado del cuidado para garantizar la integridad de los cursantes.
Además, quedó evidenciada la falta de vigilancia respecto a las prácticas irregulares que entre soldados llevan a cabo como “métodos de castigo”.
La comisión solicitó a la SEDENA que se inscriba a las personas afectadas por estos hechos en el Registro Nacional de Víctimas, y que proceda a la inmediata reparación integral del daño ocasionado a las víctimas indirectas, que incluya una compensación justa y suficiente tomando en cuenta la gravedad de los hechos, además de que se les otorgue atención médica integral y psicológica permanente.