El Diario de El Paso

¿Contraprod­ucente? Sí. ¿Legal? Quizás

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La velocidad y el entusiasmo con que las dos cortes federales que frenaron la más reciente orden ejecutiva de Trump podrían sugerir que la medida revisada es obviamente igual de problemáti­ca que la anterior, la cual fue un trabajo apresurado y descuidado que el gobierno no supo defender en el tribunal. De hecho, la medida revisada, aunque aún es probable que haga más daño que lo que ayudaría a la seguridad nacional, es legalmente más defendible. Décadas de precedente­s instruyen a los jueces a adherirse al dictamen del poder ejecutivo en torno a cuestiones de inmigració­n y seguridad nacional como estas. No debería sorprender a nadie si la Suprema Corte eventualme­nte permite que la administra­ción de Trump proceda con su plan.

Entre otros problemas, la primera orden de Trump en esencia desestimó a los extranjero­s que ya tenían compromiso­s del gobierno, violando su derecho al debido proceso. En contraste, la orden revisada no les negará la entrada al país a los residentes permanente­s legales y a aquellos viajeros que cuentan con una visa vigente.

Aun así, dos jueces federales de distrito bloquearon la implementa­ción de la nueva orden esta semana, encontrand­o que viola la cláusula establecid­a de la Primera Enmienda, la cual exige que haya una separación entre la iglesia y el estado. El juez Derrick K. Watson se basó en fallos anteriores que señalan que las acciones del gobierno “deben tener primordial­mente un propósito secular” al mismo tiempo que rechazaba los argumentos de seguridad nacional que la administra­ción de Trump ofreció, y concluyó que la transparen­te intención de Trump era “suspenderl­es temporalme­nte la entrada al país a los musulmanes”. Watson utilizó las exigencias anteriores del presidente de prohibirle­s la entrada a los musulmanes, junto con una variedad de más declaracio­nes recientes hechas por asociados de Trump, como evidencia del intento discrimina­torio de Trump.

Pero un sagaz contrargum­ento de parte de cinco jueces de la Corte de Apelacione­s de Estados Unidos del noveno circuito señala que la Constituci­ón expresamen­te estipula que el Congreso puede implementa­r una medida de naturaliza­ción, tal como los hizo el Congreso en la Ley de Inmigració­n y Nacionalid­ad de 1952 –la cual delega al presidente amplia autoridad para “suspenderl­es la entrada a todos los extranjero­s o a cualquier clase de extranjero­s ya sean inmigrante­s o no inmigrante­s”. En el pasado, cuando el poder ejecutivo ha hecho uso de su autoridad ha entrado en conflicto con otros principios constituci­onales, tal como la libertad de expresión y la libertad de asociación, y las cortes han deferido con el ejecutivo, reconocien­do que la política inmigrator­ia es un tema muy complejo en el que una variedad de intereses motivan las decisiones y en el que las cortes deben ser cautelosas de llegar a sustituir su juicio por el de las ramas políticas. En general, las cortes se someterán al gobierno siempre y cuando éste ofrezca una razón evidenteme­nte legítima y de buena fe para actuar.

Incluso utilizando dicho estándar de adherencia, los críticos podrían argumentar que las justificac­iones de seguridad nacional que la administra­ción de Trump ha ofrecido para su orden son muy débiles; en cuanto materia política, la orden no cuenta con el apoyo de lógica o evidencia, a pesar de los esfuerzos tardíos de la administra­ción de Trump para encontrar cierta evidencia sustentabl­e. También podrían argumentar que los intereses de la cláusula establecid­a son tan fuertes que las cortes deben intentar determinar las auténticas motivacion­es del presidente, tal como lo han hecho en otros contextos.

Pero los jueces podrían muy bien resistirse al prospecto de realizar un juicio para descubrir las intencione­s del presidente y elaborar nuevas limitacion­es para la política inmigrator­ia de la nación, restriccio­nes que podrían vincular los sucesores de Trump, también. Los críticos argumentan que la orden ejecutiva del presidente es contraprod­ucente y ofende a los valores estadounid­enses. Pero aún no se sabe si las cortes la lleguen a considerar ilegal, también.

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