¿Contraproducente? Sí. ¿Legal? Quizás
La velocidad y el entusiasmo con que las dos cortes federales que frenaron la más reciente orden ejecutiva de Trump podrían sugerir que la medida revisada es obviamente igual de problemática que la anterior, la cual fue un trabajo apresurado y descuidado que el gobierno no supo defender en el tribunal. De hecho, la medida revisada, aunque aún es probable que haga más daño que lo que ayudaría a la seguridad nacional, es legalmente más defendible. Décadas de precedentes instruyen a los jueces a adherirse al dictamen del poder ejecutivo en torno a cuestiones de inmigración y seguridad nacional como estas. No debería sorprender a nadie si la Suprema Corte eventualmente permite que la administración de Trump proceda con su plan.
Entre otros problemas, la primera orden de Trump en esencia desestimó a los extranjeros que ya tenían compromisos del gobierno, violando su derecho al debido proceso. En contraste, la orden revisada no les negará la entrada al país a los residentes permanentes legales y a aquellos viajeros que cuentan con una visa vigente.
Aun así, dos jueces federales de distrito bloquearon la implementación de la nueva orden esta semana, encontrando que viola la cláusula establecida de la Primera Enmienda, la cual exige que haya una separación entre la iglesia y el estado. El juez Derrick K. Watson se basó en fallos anteriores que señalan que las acciones del gobierno “deben tener primordialmente un propósito secular” al mismo tiempo que rechazaba los argumentos de seguridad nacional que la administración de Trump ofreció, y concluyó que la transparente intención de Trump era “suspenderles temporalmente la entrada al país a los musulmanes”. Watson utilizó las exigencias anteriores del presidente de prohibirles la entrada a los musulmanes, junto con una variedad de más declaraciones recientes hechas por asociados de Trump, como evidencia del intento discriminatorio de Trump.
Pero un sagaz contrargumento de parte de cinco jueces de la Corte de Apelaciones de Estados Unidos del noveno circuito señala que la Constitución expresamente estipula que el Congreso puede implementar una medida de naturalización, tal como los hizo el Congreso en la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952 –la cual delega al presidente amplia autoridad para “suspenderles la entrada a todos los extranjeros o a cualquier clase de extranjeros ya sean inmigrantes o no inmigrantes”. En el pasado, cuando el poder ejecutivo ha hecho uso de su autoridad ha entrado en conflicto con otros principios constitucionales, tal como la libertad de expresión y la libertad de asociación, y las cortes han deferido con el ejecutivo, reconociendo que la política inmigratoria es un tema muy complejo en el que una variedad de intereses motivan las decisiones y en el que las cortes deben ser cautelosas de llegar a sustituir su juicio por el de las ramas políticas. En general, las cortes se someterán al gobierno siempre y cuando éste ofrezca una razón evidentemente legítima y de buena fe para actuar.
Incluso utilizando dicho estándar de adherencia, los críticos podrían argumentar que las justificaciones de seguridad nacional que la administración de Trump ha ofrecido para su orden son muy débiles; en cuanto materia política, la orden no cuenta con el apoyo de lógica o evidencia, a pesar de los esfuerzos tardíos de la administración de Trump para encontrar cierta evidencia sustentable. También podrían argumentar que los intereses de la cláusula establecida son tan fuertes que las cortes deben intentar determinar las auténticas motivaciones del presidente, tal como lo han hecho en otros contextos.
Pero los jueces podrían muy bien resistirse al prospecto de realizar un juicio para descubrir las intenciones del presidente y elaborar nuevas limitaciones para la política inmigratoria de la nación, restricciones que podrían vincular los sucesores de Trump, también. Los críticos argumentan que la orden ejecutiva del presidente es contraproducente y ofende a los valores estadounidenses. Pero aún no se sabe si las cortes la lleguen a considerar ilegal, también.