Impuesto fronterizo, error de un trillón de dólares
Continúan sigilosamente los esfuerzos para impulsar el impuesto de ajuste fronterizo, o “border adjustment tax”.
Hay indicios de que líderes de la Cámara no han renunciado al impuesto del 20 por ciento sobre las importaciones. El plan de “ajuste fronterizo” es una pieza central del plan de reforma tributaria del liderato republicano. No es de sorprender que muchos miembros del Congreso estén escuchando de los constituyentes que se oponen a ser “ajustados” al son de un trillón de dólares.
El “ajuste fronterizo” propuesto por el liderazgo republicano suena mucho a lo que United Airlines podría llamar un “realojamiento”. Y, sería inconstitucional.
La Constitución otorgó al Congreso el poder de recaudar impuestos, pero también impuso una restricción importante a esa facultad conocida como la cláusula de prorrateo: Cualquier impuesto “directo” –es decir, cualquier impuesto sobre una persona o sus bienes, en contraposición a Un impuesto sobre una transacción específica– tenía que ser “repartido entre los varios Estados... de acuerdo con su población”.
La Constitución exigía que todos los proyectos de ley relativos a los impuestos se originaran en la Cámara de Representantes y los redactores incluyeran la cláusula de prorrateo. Así, mientras que la Constitución permitía al Congreso elevar la cantidad de dinero que deseaba a través de los impuestos directos, la cláusula de prorrateo obligaba a que cada estado pagara sólo esa parte correspondiente a su porcentaje de la población nacional.
Hace más de un siglo, después de que la Corte Suprema anuló un impuesto sobre la renta federal por violar el requisito de prorrateo, los estados ratificaron la Enmienda 16, que facultó al Congreso para establecer y recaudar impuestos sobre los ingresos... sin reparto entre los varios Estados.
Bajo la propuesta de “ajuste de fronteras”, mientras que a las empresas se les permitiría deducir de los ingresos el costo de las materias primas o componentes comprados en los Estados Unidos, estarían prohibidos deducir los costos de materiales o partes adquiridos en el extranjero. Los estados que utilicen materiales o componentes importados pagarían dos impuestos: un impuesto sobre sus ingresos estadounidenses, sus ingresos estadounidenses menos sus costos de bienes vendidos, y un segundo impuesto sobre el costo de sus materiales y componentes importados. Así, el ajuste fronterizo funcionaría como un impuesto sobre el déficit comercial.
El problema es que el impuesto de ajuste fronterizo no es un impuesto sobre los “ingresos” y por lo tanto no estaría protegido por la Enmienda 16. Los tribunales han sostenido repetidamente que, para calificar como un impuesto sobre la renta, el impuesto debe ser sobre los ingresos –y por lo tanto debe permitir a los contribuyentes deducir el costo total de los bienes vendidos para que el impuesto recaiga solamente sobre la ganancia de los contribuyentes.
El “ajuste de la frontera” niega esta sustracción a las empresas que usan materiales o componentes importados en su fabricación en Estados Unidos.
Si la política minorista no hunde a este impuesto de “ajuste fronterizo”, la Corte Suprema debe hacerlo.