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- Redacción

Los contribuye­ntes que se encuentran en el proceso de divorcio o se divorciaro­n recienteme­nte, deben considerar el impacto que el divorcio o la separación puede tener en sus impuestos. La pensión alimentici­a pagada conforme a un fallo de divorcio o separación, es deducible para el pagador y el beneficiar­io debe incluirla en los ingresos. Los cambios de nombre o de dirección y las deduccione­s individual­es de la cuenta de ahorros para el retiro, son otros elementos a considerar.

IRS.gov/espanol ofrece recursos que pueden ayudar, además de estos consejos claves: l Los pagos de manutenció­n infantil no son pensión alimentici­a. Los pagos de manutenció­n infantil no son deducibles ni ingresos tributable­s para ningún padre. l Deduzca la pensión alimentici­a pagada. Los contribuye­ntes pueden deducir la pensión alimentici­a pagada conforme a un decreto de divorcio o separación, sin importar si detallan o no sus deduccione­s en sus declaracio­nes. Los contribuye­ntes tienen que presentar el Formulario 1040; ingresar la cantidad de pensión alimentici­a pagada y el número de seguro social o Número de Identifica­ción Personal del Contribuye­nte (ITIN) de su excónyuge. l Declare los pagos de pensión alimentici­a recibidos. Para obtener más informació­n acerca de este tema, consulte la Publicació­n 504, Personas divorciada­s o separadas, en inglés. Está disponible en IRS.gov/forms en cualquier momento.

Los contribuye­ntes deben declarar la pensión alimentici­a recibida como ingresos en el Formulario 1040 en el año recibido. La pensión alimentici­a no está sujeta a la retención de impuestos, por lo que puede ser necesario aumentar el impuesto que paga durante el año para evitar una multa. Para hacerlo, puede efectuar los pagos del impuesto estimado o aumentar la cantidad del impuesto retenido de los salarios. l Considerac­iones de IRA. Un decreto final de divorcio o un acuerdo separado de manutenció­n al final del año tributario, significa que los contribuye­ntes no pueden deducir las aportacion­es realizadas a una Cuenta de Ahorros para el Retiro (IRA) tradiciona­l de un excónyuge. Solo pueden deducir las aportacion­es realizadas a su propia IRA tradiciona­l. l Informe los cambios en el nombre. Informe a la Administra­ción de Seguro Social (SSA), de cualquier cambio de nombre después de un divorcio. Visite www.segurosoci­al. gov para más informació­n. El nombre en la declaració­n de impuestos debe coincidir con los archivos de la SSA.l

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