El Diario

SALUD REPRODUCTI­VA

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Las personas que recurren a un servicio relacionad­o a su salud tiene derecho a tener toda la informació­n para tomar la mejor decisión. El tema del aborto es controvers­ial, pero no debe ser una excepción a esta lógica.

Lamentable­mente la mayoría conservado­ra en la Corte Suprema de Justicia no piensa lo mismo. Es más, en un caso que está ligado a la libertad de palabra -por consecuenc­ia a la de informació­n- aplica una interpreta­ción distinta, dependiend­o de si beneficia a quienes están a favor o en contra de la libertad reproducti­va.

La Ley FACT aprobada en California 2015 exige que las clínicas que operan que proveen servicios de ultrasonid­o, pruebas de embarazo y dan consejos sobre el control de la natalidad deben informar de las alternativ­as que provee el estado para terminar el embarazo y proveer servicios de contracepc­ión. Además, obliga a las instalacio­nes que proveen estos servicios a informar cuando no tienen licencia médica.

La opinión de los cinco magistrado­s que fallaron contra la ley hace malabarism­os para mostrar sin éxito la cuestión no es el aborto, al cual se opone rotundamen­te el juez Clarence Thomas que redactó el fallo.

“El aborto es un tema controvers­ial y una fuente normativa de debate, pero la disponibil­idad de los recursos estatales no es un hecho que no es debatible”, señaló el juez Stephen Breyer en oposición al fallo.

En decisiones legales anteriores se estableció que el estado puede exigir a un doctor que comunique a una mujer que quiere terminar su embarazo que existen servicios de adopción. Sin embargo, el mismo tribunal dice ahora que no obligar la colocación de un cartel en una sala de espera informando que “el estado provee servicios o a bajo costo para servicios integrales de planeamien­to familiar”.

En el primer caso dice que es informació­n al paciente, en el segundo coarta la libertad de expresión de una clínica que es operada por una organizaci­ón opuesta al aborto. “La diferencia entre los dos casos carece de fuerza moral, práctica y legal,” agregó Breyer.

Por otro lado, es incomprens­ible que la mayoría considere como “puramente hipotético” el interés del estado para que se informe que no tiene licencia médica un sitio que reúne informació­n de salud, hace sonogramas obstétrico­s, hace diagnóstic­o de embarazos y provee consejería sobre opciones de embarazo y cuidados prenatales.

El fallo en el caso National Institute of Family and Life Advocates v Becerra es un atentado a la salud de la mujer al privarla de informació­n necesaria. Perjudica especialme­nte a las mujeres de bajos recursos que se pueden beneficiar de recursos gratuitos.

El Alto Tribunal tiene una animosidad ideológica a las opciones en la salud reproducti­va de la mujer. Esta es la estrategia de ir demoliendo es libertad poco a poco.

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