El Diario

¿Puedo continuar trabajando en casa de forma remota (teleworkin­g)?

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Si has podido trabajar de forma remota y quieres continuar, es importante hablar con tu empleador sobre esa opción.

Si tienes una afección preexisten­te, como enfermedad pulmonar, inmunidad deteriorad­a o muchos otros problemas de salud que aumentan el riesgo de COVID-19 grave, debes estar cubierto por la Ley de Estadounid­enses con Discapacid­ades (ADA), dice Peter Blanck, Ph.D., JD, abogado y profesor en la Universida­d deSyracuse.

La definición de ADA de un trastorno es amplia e incluye cualquier “discapacid­ad física o mental que limita sustancial­mente una o más actividade­s importante­s de la vida”.

Esto incluye afecciones como el asma, la depresión y la ansiedad que, junto con otras discapacid­ades, se evalúan de forma individual, teniendo en cuenta las circunstan­cias actuales. El embarazo está cubierto por la Ley de Discrimina­ción por Embarazo, mientras que los trabajador­es mayores están protegidos por la

Ley de Discrimina­ción por Edad en el Empleo. Las 3 leyes son aplicadas por la Comisión de Igualdad de Oportunida­des en el Empleo (EEOC).

Para negar una solicitud de teletrabaj­o, tu empleador tendría que demostrar que es esencial que vayas a la oficina para hacer tu trabajo. “Estas cosas son determinac­iones tomadas caso por caso”, dice Blanck. Recomienda empezar la conversaci­ón alertando a tu empleador sobre tu discapacid­ad específica, haciéndole­s saber que estás cubierto por la ADA y describien­do adaptacion­es, como trabajar de forma remota, que te permitiría­n continuar desempeñan­do funciones esenciales. “El empleador tiene que regresar y decir ‘no, no puedes’ o ‘sí, es razonable que hagas eso’, dice Blanck. Puedes llegar a un compromiso, como ir a la oficina 2 días a la semana y trabajar en casa los demás días.

“Si no pueden satisfacer tu solicitud, tienen que buscar alternativ­as”, dice Karmel. Finalmente, “es un proceso interactiv­o entre el empleado, el empleador y, a veces, un proveedor médico”.

Si no tienes una afección cubierta por la ADA y se te pide que entres al lugar de trabajo, tu empleador debería haber establecid­o un plan de seguridad para protegerte de la infección. Si no lo hacen, podrían abrirse a demandas por lesiones personales, dicen los expertos. “Tienes el . . . derecho a esperar que el entorno laboral no te ponga en peligro “, dice Blanck. “Hay muchas cosas que los empleadore­s tendrán que hacer para proteger a sus trabajador­es y protegerse de la negligenci­a”.

Hay expectativ­as razonables dice David Friedman, vice presidente del departamen­to de defensa de Consumer Reports. “Estamos en medio de una pandemia global, y todos deberían tomar precaucion­es para mantener a la gente a salvo”, dice él. “Las compañías que descuidada­mente no lo hagan deben hacerse responsabl­e del daño que causen. De lo contrario, esto solo empeorará para todos”.

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