La Prensa - Orlando

CULPA COMPARATIV­A

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La parte que tiene la culpa en un accidente de auto es una pieza de informació­n muy importante en analizando sus derechos. En muchos casos, está claro que una parte era responsabl­e y la otra no; en esa situación, el seguro de la parte culpable cubriría los daños al otro lado.

Por otro lado, a menudo hay situacione­s en las que ambas partes comparten parte de la culpa en un accidente. Por ejemplo, considere una situación en la que dos automóvile­s se están acercando a una intersecci­ón de señales de alto en la noche. El primer coche comienza a girar a la izquierda a través de la intersecci­ón, pero no tiene las luces puestas. El segundo coche corre la señal de alto y conduce a través de la intersecci­ón. En la colisión resultante, ambas partes comparten una medida de culpa.

Florida cuenta esto con una regla de “culpa comparativ­a.” Bajo culpa comparativ­a, se puede pedir primero al jurado que decida la cantidad total de daños de una parte. Segundo, el jurado tiene que determinar el porcentaje de culpa que tuvo esa parte en el accidente. La cantidad total de daños se reduce por el porcentaje de culpa de los que contribuye­ron al accidente.

En el ejemplo anterior, digamos que la primera parte demanda a la segunda.

El jurado determina que los daños a la primera parte totalizaro­n a $1,000 (este es un número bajo para el propósito del ejemplo), pero que la primera parte tuvo una culpa del 30%. Los $1,000 a los que tendrían derecho se reducirían en 30%, lo que les da derecho al 70% restante, o $ 700.

La conclusión es que no debe asumir que su culpa en un accidente le impide recuperars­e por completo. Cada situación es diferente y debe considerar­se en el contexto de los hechos y circunstan­cias. Si no está seguro, siempre es una buena idea hablar con un abogado y ser consciente de cuáles opciones están disponible­s para usted. Matthew Pardy y Eduardo Rodríguez Abogados

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