SUS DERECHOS CUANDO SE LASTIMA EN EL TRABAJO
Sabía que la Ley de Compensación de los Trabajadores en el estado de Illinois es aplicable a las personas que se han lesionado en su trabajo? Si usted es empleado o su empresa está en Illinois, es probable que esta Ley lo proteja, incluso si el lugar del accidente esta fuera del Estado. Si el trabajo que realiza le provocó una enfermedad, puede ser cubierto bajo la Ley de las Enfermedades Laborales.
Todas las lesiones o enfermedades relacionadas con su empleo, con pocas excepciones, son protegidas por la Ley de la Compensación de los Trabajadores. Muy importante, después de lesionarse, reporte la lesión a su patrón o supervisor dentro de los primeros 45 días posteriores a la fecha del incidente. Por ley su patrón tiene que pagar por toda la asistencia médica necesaria que se requiera para atender lesiones y usted puede escoger su propio doctor. A menudo, esto FUHD FRQÁLFWRV GHELGR D OD asistencia médica necesaria o los costos de tratamiento, sin embargo se puede resolver en una audiencia formal a través de un Árbitro en la Comisión Industrial.
Bajo la Ley de Compensación a los Trabajadores H[LVWHQ WUHV EHQHÀFLRV SULQcipales: costos médicos; beQHÀFLRV SRU LQFDSDFLGDGHV totales (TTD) y por incapacidades parciales permanenWHV 33' /RV EHQHÀFLRV SRU TTD se pagan al trabajador durante el período en que el trabajador está ausente recuperándose de la lesión, no hay límite para recibir GLFKR EHQHÀFLR 6LQ HPEDUgo, cuando un doctor indica que el trabajador puede regresar a su empleo se detendrán los pagos por concepto TTD. Por otro lado, los EHQHÀFLRV 33' VRQ SDUD ORV empleados que han sufrido la pérdida total o parcial de una parte del cuerpo. La ley tiene una tabla que especiÀFD HO Q~PHUR GH VHPDQDV GH FRPSHQVDFLyQ VHJ~Q OD pérdida del uso total de cada parte del cuerpo y las cantidades máximas y mínimas.
Tome en cuenta que inmediatamente después de una lesión, usted estará involu- crado en un proceso legal que posiblemente no pueda entender. Por esa razón, hable con un abogado especialista. Para mayor información y ayuda por accidentes en el trabajo, llame al Departamento de Protección del Consulado General de México al (312) 738-2023 o a la organización Farmworkers & Landscaper Advocacy Project (FLAP) al (847)
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